Señal marítima OMI de traje protector fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capítulo II-2. Disponible en materiales rígidos y fotoluminiscentes para indicar la ubicación y el uso obligatorio del equipo de protección personal a bordo de buques y embarcaciones.
La señal OMI de traje protector es un elemento de seguridad marítima obligatorio en zonas de acceso restringido, espacios de máquinas y áreas de riesgo químico o de partículas a bordo, donde la normativa exige la indicación visual del equipo de protección individual requerido. Fabricada según la Resolución IMO A.760(18) y la ITC-MAB 6, garantiza una identificación inmediata del pictograma estandarizado internacionalmente. Su diseño cumple los requisitos cromáticos y dimensionales del Convenio SOLAS Capítulo II-2, siendo imprescindible para el despacho ante la Capitanía Marítima. Los materiales disponibles — desde PVC rígido hasta aluminio fotoluminiscente — aseguran resistencia frente a líquidos, ambientes salinos y condiciones de visibilidad reducida propias del entorno marino.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En el contexto maritimo y de seguridad industrial, se denominan genéricamente trajes de protección o EPI de protección del cuerpo. Según el tipo de riesgo pueden clasificarse como trajes químicos tipo 1 a 6 (frente a líquidos y partículas químicas), trajes NBQ (nuclear, biológico y químico) o simples monos desechables. La señal OMI indica al personal de a bordo qué prenda protectora es obligatoria en esa zona concreta del buque.
EPI son las siglas de Equipo de Protección Individual. En el ámbito marítimo, los trajes protectores se clasifican por niveles de protección: desde monos desechables frente a partículas hasta trajes herméticos frente a agentes químicos agresivos. La señal OMI de traje protector (IMO A.760(18)) identifica visualmente la obligación de usar dicho EPI en la zona señalizada, independientemente del tipo o nivel concreto de la prenda.
Sí. La ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18), en concordancia con el Convenio SOLAS Capítulo II-2, obligan a señalizar con pictogramas OMI homologados las zonas donde se requiere el uso de equipo de protección personal. La ausencia de esta señalización constituye una deficiencia detectable en inspecciones de la Capitanía Marítima y puede impedir el despacho del buque.
La señal se fabrica en distintos materiales adaptados al entorno marino: PVC rígido para interiores de bajo impacto, aluminio para zonas expuestas a humedad y agentes químicos, y materiales fotoluminiscentes que garantizan la visibilidad en situaciones de corte de luz o emergencia. Todos los soportes respetan las especificaciones cromáticas y dimensionales de la Resolución IMO A.760(18).
Cuando a bordo se almacenan o manipulan sustancias que exigen el uso de trajes de protección química tipo 1 (herméticos al gas) u otros niveles superiores, la normativa SOLAS y la ITC-MAB 6 requieren señalizar claramente los puntos de acceso y equipamiento con el pictograma OMI correspondiente. La señal de traje protector facilita la localización rápida del equipo y refuerza los protocolos de seguridad frente a líquidos y partículas peligrosas.