Señal marítima OMI teléfono de emergencia fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), ITC-MAB 6 y Convenio SOLAS Cap. II-2. Indica de forma clara el número de teléfono de emergencia disponible a bordo, garantizando una respuesta rápida ante cualquier situación crítica. Disponible en fotoluminiscente, PVC rígido y aluminio náutico, con pictograma normalizado de alta legibilidad.
En los buques sujetos al Convenio SOLAS Cap. II-2, la señalización de los teléfonos de emergencia no es opcional: la Resolución IMO A.760(18) y la ITC-MAB 6 exigen que los números de guardia civil, policía, emergencias médicas y servicio de salvamento marítimo queden visualmente identificados en los puestos clave de la embarcación. Este cartel OMI cumple ese requisito con un pictograma normalizado que cualquier tripulante puede localizar e interpretar en segundos, incluso en situaciones de estrés. El diseño respeta los colores, proporciones y zona de seguridad definidos por la IMO, y los materiales — fotoluminiscente, PVC rígido o aluminio — están seleccionados para resistir la humedad, la salinidad y la luz solar directa propias del entorno náutico. Mantener este cartel colocado y legible es condición indispensable para el despacho por Capitanía Marítima y para la seguridad real de todas las personas a bordo.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
La Resolución IMO A.760(18) y la ITC-MAB 6 no fijan un único número, sino que obligan a indicar los contactos de emergencia aplicables en el área de navegación: en España, el 112 es el número de emergencias universal que centraliza policía, guardia civil, emergencias médicas y salvamento. El cartel debe reflejar el número o los números operativos en la zona de operación del buque, garantizando que cualquier tripulante o pasajero pueda llamar de inmediato ante cualquier incidente a bordo.
El 112 es el número de emergencias único europeo, operativo en España para cualquier situación que requiera intervención urgente: accidentes, incendios, emergencias médicas o rescate marítimo. En el entorno naval, una llamada al 112 activa la coordinación con Salvamento Marítimo y demás servicios de emergencia. La señal OMI de teléfono de emergencia (SKU OMI-9070) facilita que esta información esté siempre visible a bordo, cumpliendo SOLAS Cap. II-2 y la normativa de Capitanía Marítima.
El 091 conecta directamente con la Policía Nacional y no gestiona coordinación marítima. El 112, en cambio, es el número de emergencias multiservicio que canaliza la llamada hacia policía, guardia civil, emergencias médicas o Salvamento Marítimo según la situación. Desde un buque, el 112 es el contacto prioritario a señalizar. La ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) exigen que este tipo de información quede rotulada con pictograma normalizado en los puntos clave de la embarcación.
En toda España —incluidas Cataluña, Madrid y Andalucía— el número de emergencias unificado es el 112, operativo las 24 horas para cualquier servicio urgente (policía local, guardia civil, emergencias médicas, bomberos o salvamento). Algunas comunidades mantienen líneas complementarias, pero el 112 es el número que la normativa OMI recomienda señalizar prioritariamente a bordo de buques que operen en aguas españolas, conforme a la Resolución IMO A.760(18).
El cartel OMI de teléfono de emergencia (SKU OMI-9070) se fabrica en fotoluminiscente (máxima visibilidad en condiciones de baja iluminación), PVC rígido y aluminio náutico, todos resistentes a la humedad y la salinidad. Debe colocarse en zonas de paso frecuente, junto a puestos de mando o estaciones de emergencia, de modo que resulte visible sin esfuerzo. La ITC-MAB 6 establece los requisitos de ubicación; el cumplimiento es condición para el despacho por Capitanía Marítima.