La señal OMI marítima número 7 es un pictograma de seguridad naval homologado según la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Fabricada en materiales fotoluminiscentes o rígidos de alta resistencia, garantiza la identificación inequívoca de equipos y vías de evacuación a bordo, cumpliendo los estándares internacionales de señalización marítima.
El pictograma OMI número 7 forma parte del sistema internacional de iconos de seguridad marítima establecido por la Resolución IMO A.760(18), adoptada por la Organización Marítima Internacional para unificar la señalización a bordo de buques de todo el mundo. En España, su instalación obligatoria en embarcaciones de bandera española está regulada por la ITC-MAB 6 y las prescripciones del Convenio SOLAS Capítulo II-2, que exigen que cada señal sea perfectamente legible, esté correctamente ubicada y fabricada con materiales que aseguren su visibilidad incluso en condiciones de emergencia. Estas señales utilizan materiales fotoluminiscentes o plástico rígido ABS con impresión resistente a la humedad y a la corrosión marina, garantizando durabilidad en entornos de alta salinidad. Su correcto uso contribuye a la seguridad de la tripulación, los pasajeros y la carga, facilitando una respuesta eficaz ante cualquier situación de riesgo a bordo.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En el contexto de la señalización marítima, el número 7 es el identificador asignado a un pictograma concreto dentro del catálogo oficial de la Resolución IMO A.760(18). A diferencia de su uso en numerología o simbolismo espiritual, aquí su función es puramente técnica: permite localizar, catalogar y solicitar la señal correcta según el inventario de seguridad exigido por la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2 a bordo de buques de bandera española.
La ubicación de cada señal OMI, incluida la número 7, viene determinada por el plan de señalización del buque conforme a la ITC-MAB 6 y las indicaciones del Convenio SOLAS Cap. II-2. En términos generales, los pictogramas deben instalarse en zonas visibles, a la altura adecuada para su lectura inmediata, y cerca del equipo o vía de evacuación que identifican. La Capitanía Marítima verifica su correcta instalación en cada inspección de despacho.
Las señales OMI homologadas, como la número 7, se fabrican habitualmente en PVC rígido, aluminio o policarbonato con impresión resistente a la humedad y la corrosión salina, o bien en material fotoluminiscente que garantiza visibilidad en ausencia de luz, requisito clave de la Resolución IMO A.760(18). La elección del material depende de la zona de instalación a bordo y de las condiciones ambientales del entorno marítimo.
Si. La señalización OMI es obligatoria en buques de bandera española que queden dentro del ámbito de aplicación del Convenio SOLAS Cap. II-2 y la ITC-MAB 6. La ausencia o deterioro de pictogramas requeridos puede impedir el despacho por parte de la Capitanía Marítima y derivar en sanciones económicas conforme a la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011). Se recomienda revisar el inventario de señales antes de cada inspección.
Una señal OMI autentica debe reproducir fielmente el pictograma definido en la Resolución IMO A.760(18): iconografia estandarizada, colores normalizados y dimensiones reglamentarias. Las señales homologadas suelen incluir referencia al numero de pictograma IMO y cumplen los criterios de visibilidad y durabilidad de la ITC-MAB 6. Adquirir señales sin homologar supone riesgo de incumplimiento normativo y puede invalidad la inspección de seguridad del buque.