Señal marítima OMI «Arranquen Motor» fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capítulo II-2. Disponible en materiales rígidos de alta resistencia al entorno marino (vinilo náutico, aluminio anodizado y fotoluminiscente) para cumplir la normativa de seguridad marítima en buques de bandera española e internacional.
La señal «Arranquen Motor» forma parte del sistema de señalización de mando y seguridad operacional a bordo regulado por la Resolución IMO A.760(18) y desarrollado en España a través de la ITC-MAB 6. Su función es indicar de forma inequívoca la orden de puesta en marcha del motor en maniobras de emergencia o de gobierno del buque, garantizando una respuesta rápida y segura de la tripulación. El Convenio SOLAS Capítulo II-2 exige que toda la señalización de a bordo sea normalizada, legible en condiciones de baja visibilidad y resistente al entorno marino. Para ello, los materiales admitidos incluyen aluminio anodizado, vinilo náutico laminado y fotoluminiscente homologado, garantizando la visibilidad incluso ante un corte de energía eléctrica. La correcta instalación y mantenimiento de estas señales es condición indispensable para el despacho por parte de la Capitanía Marítima.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
Esta señal indica a la tripulacion la orden de puesta en marcha del motor durante maniobras de emergencia o de gobierno del buque. Forma parte del sistema de señalizacion normalizado por la Resolucion IMO A.760(18), que exige pictogramas estandarizados para garantizar una respuesta rapida e inequivoca independientemente del idioma de la tripulacion.
La señal se instala en los puestos de mando, salas de maquinas y puntos de control donde se ejecuta la orden de arranque del motor principal o auxiliar. Segun la ITC-MAB 6, debe colocarse en zona visible, a la altura de los ojos y en condiciones de iluminacion adecuadas. Los materiales fotoluminiscentes permiten su lectura incluso ante fallo de la energia electrica a bordo.
El Convenio SOLAS Capitulo II-2 y la Resolucion IMO A.760(18) aceptan materiales rigidos resistentes al entorno marino: aluminio anodizado, vinilo nautico laminado y fotoluminiscente homologado. Todos deben mantener la legibilidad del pictograma ante humedad, salinidad y variaciones termicas propias del uso maritimo.
La ausencia de señalizacion OMI obligatoria impide el despacho por la Capitania Maritima y constituye infraccion de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011), con multas de 60 a 300.000 euros segun la gravedad y prohibicion de zarpe hasta subsanar la deficiencia. La ITC-MAB 6 especifica las señales minimas exigibles a bordo.
La obligatoriedad depende del tipo y eslora del buque segun el Convenio SOLAS Capitulo II-2 y la ITC-MAB 6. En terminos generales, los buques de bandera española sujetos a inspeccion de la Capitania Maritima deben disponer de toda la señalizacion de mando y seguridad normalizada por la Resolucion IMO A.760(18), incluidas las señales de arranque de maquinas.