La señal OMI marítima letra D es el cartel de identificación alfanumérico normalizado conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Fabricada en materiales fotoluminiscentes o reflectantes de alta durabilidad apta para entornos marinos, garantiza la legibilidad del abecedario náutico a bordo y facilita el despacho ante Capitanía Marítima.
En el abecedario OMI normalizado por la Resolución IMO A.760(18), cada letra del alfabeto tiene un valor fonético y visual estrictamente codificado para garantizar la comunicación inequívoca a bordo. La letra D corresponde a la voz «Delta» en el código fonético OACI/IMO y, en el contexto de la señalización marítima de emergencia y evacuación, identifica rutas, puestos de reunión o equipos de salvamento en buques sujetos al Convenio SOLAS Cap. II-2. La correcta instalación de estos iconos alfanuméricos OMI conforme a la ITC-MAB 6 es condición indispensable para superar las inspecciones de Capitanía Marítima y evitar la paralización del zarpe. Los carteles se fabrican en materiales fotoluminiscentes certificados que mantienen la señal visible tras un corte de luz, cumpliendo los requisitos fotométricos exigidos por la normativa internacional para señales de seguridad en buques de bandera española.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En el alfabeto fonético IMO/OACI, la letra D recibe el nombre de «Delta». Este código se usa en comunicaciones radiofonía entre buques y estaciones costeras para evitar confusiones acústicas. En señalización a bordo, el cartel de letra D identifica un elemento o zona específica (puesto de reunión, equipo, ruta de evacuación) dentro del sistema alfanumérico exigido por la Resolución IMO A.760(18) y el Convenio SOLAS Cap. II-2.
Las señales alfanuméricas OMI a bordo de buques de bandera española están reguladas por la Resolución IMO A.760(18), que define grafismo, colores y fotoluminiscencia; la ITC-MAB 6 del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, que establece la colocación y mantenimiento; y el Convenio SOLAS Cap. II-2, de aplicación obligatoria a buques de arqueo igual o superior al umbral definido. El incumplimiento bloquea el despacho por Capitanía Marítima.
La señal OMI letra D se suministra en material fotoluminiscente (acumula luz y emite en la oscuridad), vinilo reflectante y soporte rígido de PVC o aluminio marino. La fotoluminiscencia es el acabado exigido con mayor frecuencia por la Resolución IMO A.760(18) para garantizar visibilidad en situaciones de emergencia con pérdida de iluminación principal a bordo.
La ITC-MAB 6 indica que las señales OMI deben colocarse en superficies limpias, sin obstáculos visuales y a la altura de lectura adecuada para los usuarios del espacio. Deben evitarse zonas con humedad extrema que degraden el adhesivo. Tras la instalación, el oficial responsable de seguridad debe registrar la señal en el cuaderno de mantenimiento de medios contra incendios exigido por el Convenio SOLAS, revisando su estado en cada inspección periódica.
La señalización alfanumérica OMI normalizada por la Resolución IMO A.760(18) es de aplicación en buques de pasaje, carga, ro-ro y embarcaciones de recreo profesional sujetos al Convenio SOLAS Cap. II-2. Para embarcaciones de recreo no sujetas a SOLAS, la normativa nacional puede exigir carteles equivalentes según la categoría de diseño y zona de navegación. Consulta con Capitanía Marítima o tu sociedad de clasificación para confirmar la obligatoriedad en tu caso concreto.