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OMI-9600

Señal / cartel OMI marítima — Instalación contra incendios de gas

SKU: OMI-9600

Señal maritima OMI para identificar la instalacion contra incendios de gas a bordo. Fabricada segun la Resolucion IMO A.760(18) y los requisitos de la ITC-MAB 6, con materiales fotoluminiscentes o rigidos homologados que garantizan visibilidad en condiciones de emergencia exigidas por el Convenio SOLAS Capitulo II-2.

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Material
En stock
SEÑAL OMI · FIRE CONTROL
Pictograma rojo sobre fondo amarillo (UNE-EN ISO 17631)
Señalización marítima OMI · Fire control plans
Instalación contra incendios de gas
OMI-9600 · 150×150 mm

¿Por que es obligatoria esta señal a bordo?

Los sistemas fijos de extincion por gas — CO2, Novec 1230, FM-200 u otros gases limpios — deben identificarse con señalizacion normalizada en todos los buques sujetos al Convenio SOLAS Capitulo II-2. La señal OMI Instalacion contra incendios de gas informa a la tripulacion y al personal de inspeccion sobre la ubicacion exacta del sistema de extincion automatica, los paneles de deteccion y los proyectos de accionamiento manual, reduciendo el tiempo de respuesta en una emergencia. Su instalacion y mantenimiento estan regulados por la Resolucion IMO A.760(18) y la ITC-MAB 6 del Reglamento de Seguridad de Buques, que fijan las dimensiones minimas, la cromatica y la fotoluminiscencia requeridas para garantizar la seguridad incluso con iluminacion de emergencia reducida.

Clase A vs Clase B vs No fotoluminiscente

⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
💡 ¿Cuál elegir?

Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.

Aplicaciones a bordo

  • Buques de pasaje y ferries — Clase A obligatorio en vías de evacuación.
  • Buques de carga, portacontenedores, mercantes — Clase B para señalización general SOLAS.
  • Pesqueros — Clase B en castillete, cubierta y zona de bote.
  • Embarcaciones de recreo — Clase B o PVC blanco según tamaño y autoridad.
  • Plataformas offshore, FSO/FPSO — Clase A en evacuación y zonas de seguridad.

Materiales disponibles

  • PVC adhesivo Clase A o B — Adhesivo industrial para pegado directo sobre superficies lisas (mamparos, puertas, escotillas).
  • PVC rígido / plancha 1 mm Clase A o B — Sustrato semi-rígido para fijación mecánica o adhesivo de doble cara.
  • PVC adhesivo blanco intemperie no fotoluminiscente — Económico, exterior, para identificación que no requiera luminancia residual.

Normativa aplicable

  • IMO A.760(18) — Resolución sobre símbolos relacionados con dispositivos y medios de salvamento
  • IMO A.952(23) — Símbolos gráficos para planos de control de incendios a bordo (fire control)
  • UNE-EN ISO 17631 — Buques y tecnología marina. Símbolos para planos de control de incendios
  • UNE-EN ISO 24409 — Buques y tecnología marina. Diseño y colocación de signos de seguridad
  • UNE 23035-4 — Señalización fotoluminiscente. Productos fotoluminiscentes
  • SOLAS — Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar

Sanciones por no señalizar correctamente

En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.

Preguntas frecuentes

¿Que es un sistema contra incendios a base de gas en buques?

Es una instalacion fija de extincion automatica que descarga un agente gaseoso — CO2, Novec 1230, FM-200 u otros gases limpios — para sofocar el incendio sin danar equipos electronicos ni estructuras. En buques, estos sistemas estan regulados por el Convenio SOLAS Capitulo II-2 y requieren señalizacion OMI conforme a la Resolucion IMO A.760(18) para identificar el equipo, las zonas protegidas y los puntos de accionamiento manual.

¿Que diferencia hay entre extincion por CO2 y extincion por Novec en buques?

El CO2 es eficaz y economico pero peligroso para la tripulacion por desplazamiento de oxigeno; exige evacuar el espacio antes de la descarga. El Novec 1230 es un gas limpio con potencial de calentamiento global muy bajo y menor riesgo para personas, aunque su coste inicial es mas elevado. En ambos casos, la señal OMI de instalacion contra incendios de gas es obligatoria segun la ITC-MAB 6 para identificar claramente el sistema instalado a bordo.

¿Que elementos lleva una instalacion contra incendios de gas a bordo?

Una instalacion tipica incluye: detectores de humo o calor, central de deteccion e incendios, cilindros con el agente extintor, red de tuberias y toberas de descarga, panel de accionamiento manual con retardo y señalizacion OMI normalizada. Todos estos componentes deben identificarse con carteles conformes a la Resolucion IMO A.760(18) y cumplir los requisitos del Convenio SOLAS Cap. II-2 para superar las inspecciones de la Capitania Maritima.

¿Cuales son los tipos de instalaciones de proteccion contra incendios en buques?

El SOLAS Capitulo II-2 contempla principalmente: sistemas de rociadores automaticos de agua, extincion por agua nebulizada, sistemas fijos de extincion automatica por gas (CO2, gases limpios), espuma y polvo quimico. Cada tipo requiere señalizacion OMI especifica; la señal Instalacion contra incendios de gas (SKU OMI-9600) identifica exclusivamente los sistemas de agente gaseoso segun la ITC-MAB 6.

¿Cuando hay que renovar o sustituir la señalizacion OMI a bordo?

La ITC-MAB 6 exige que las señales se mantengan legibles, sin decoloracion ni daños fisicos, y que cumplan las especificaciones fotoluminiscentes de la Resolucion IMO A.760(18). Deben revisarse en cada inspeccion periodica y sustituirse si han perdido luminancia, contraste o integridad. Ademas, cualquier modificacion en el sistema de extincion por gas (cambio de agente, ampliacion de zona protegida) obliga a actualizar la señalizacion afectada antes del siguiente despacho de la Capitania Maritima.

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