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OMI-9605

Señal / cartel OMI marítima — Instalación contra incendios de CO2

SKU: OMI-9605

Señal marítima homologada para identificar instalaciones fijas de extinción por CO2 a bordo de buques. Fabricada según los requisitos fotométricos y cromáticos de la Resolución IMO A.760(18), cumple con la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capítulo II-2. Disponible en materiales rígidos de alta resistencia al entorno marino: vinilo náutico, poliestireno y aluminio anodizado.

1.34 +IVA
Material
En stock
SEÑAL OMI · FIRE CONTROL
Pictograma rojo sobre fondo amarillo (UNE-EN ISO 17631)
Señalización marítima OMI · Fire control plans
Instalación contra incendios de CO2
OMI-9605 · 150×150 mm

¿Por qué señalizar tu sistema fijo de CO2?

Los sistemas fijos de extinción por CO2 son uno de los medios de protección contra incendios más exigentes a bordo: actúan mediante alta presión y desplazamiento de oxígeno, lo que hace imprescindible que la tripulación y el personal de salvamento identifiquen al instante la ubicación de cada dispositivo de disparo, difusor y zona protegida. La señal OMI SKU OMI-9605 cubre exactamente esa necesidad: indica de forma inequívoca la presencia de una instalación fija de detección y extinción gaseosa, cumpliendo los requisitos de visibilidad, color y pictograma establecidos por la Resolución IMO A.760(18). Su instalación es obligatoria en todos los espacios donde existan sistemas fijos de CO2 bajo el ámbito del Convenio SOLAS Cap. II-2 y la ITC-MAB 6, aplicable a buques de bandera española inspeccionados por la Capitanía Marítima. Usar esta señal correctamente no es solo una exigencia documental: es el primer eslabón de la cadena de extinción de incendios a bordo.

Clase A vs Clase B vs No fotoluminiscente

⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
💡 ¿Cuál elegir?

Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.

Aplicaciones a bordo

  • Buques de pasaje y ferries — Clase A obligatorio en vías de evacuación.
  • Buques de carga, portacontenedores, mercantes — Clase B para señalización general SOLAS.
  • Pesqueros — Clase B en castillete, cubierta y zona de bote.
  • Embarcaciones de recreo — Clase B o PVC blanco según tamaño y autoridad.
  • Plataformas offshore, FSO/FPSO — Clase A en evacuación y zonas de seguridad.

Materiales disponibles

  • PVC adhesivo Clase A o B — Adhesivo industrial para pegado directo sobre superficies lisas (mamparos, puertas, escotillas).
  • PVC rígido / plancha 1 mm Clase A o B — Sustrato semi-rígido para fijación mecánica o adhesivo de doble cara.
  • PVC adhesivo blanco intemperie no fotoluminiscente — Económico, exterior, para identificación que no requiera luminancia residual.

Normativa aplicable

  • IMO A.760(18) — Resolución sobre símbolos relacionados con dispositivos y medios de salvamento
  • IMO A.952(23) — Símbolos gráficos para planos de control de incendios a bordo (fire control)
  • UNE-EN ISO 17631 — Buques y tecnología marina. Símbolos para planos de control de incendios
  • UNE-EN ISO 24409 — Buques y tecnología marina. Diseño y colocación de signos de seguridad
  • UNE 23035-4 — Señalización fotoluminiscente. Productos fotoluminiscentes
  • SOLAS — Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar

Preguntas frecuentes

¿Que son los sistemas contra incendios con CO2 en buques?

Son sistemas fijos de extincion por agentes extintores gaseosos que proyectan dioxido de carbono a alta presion sobre el foco de incendio, desplazando el oxigeno y sofocando las llamas sin dañar equipos electricos ni maquinaria. En el ambito maritimo, el Convenio SOLAS Cap. II-2 exige su instalacion en salas de maquinas, bodegas de carga y otros espacios cerrados de riesgo elevado, debiendo estar correctamente señalizados con pictogramas OMI segun la Resolucion IMO A.760(18).

¿Donde se colocan las señales OMI en instalaciones de CO2 a bordo?

Las señales deben situarse en cada punto de acceso al espacio protegido, junto a los dispositivos de disparo manual (cilindros piloto y valvulas de seccionamiento) y en las rutas de evacuacion proximas al area cubierta por el sistema. La ITC-MAB 6 establece que la señalizacion ha de ser visible desde cualquier angulo de aproximacion, a la altura de los ojos, y resistente a la corrosion y humedad propias del entorno marino.

¿Cuando es obligatorio señalizar una instalacion fija de CO2 en un buque?

La señalizacion es obligatoria desde el momento en que el sistema fijo de CO2 queda operativo y el buque entra en regimen de inspeccion por la Capitania Maritima. La ITC-MAB 6 y la Resolucion IMO A.760(18) exigen que la señal este instalada antes del despacho del buque; su ausencia bloquea la salida a puerto y puede derivar en sancion conforme al RDL 2/2011. Aplica tanto a buques nuevos como a los sometidos a renovacion del Certificado de Seguridad del Buque.

¿Cual es la diferencia entre un sistema de FM-200 y uno de CO2 en señalizacion OMI?

Ambos son sistemas fijos de extincion por agentes gaseosos, pero el CO2 requiere señalizacion adicional de peligro de asfixia por su efecto letal en concentraciones de extincion, mientras que el FM-200 (HFC-227ea) actua a concentraciones seguras para personas. En señalizacion OMI, los pictogramas de disparo de CO2 deben complementarse obligatoriamente con señales de advertencia de gas segun la Resolucion IMO A.760(18), requisito que no siempre aplica con igual rigor a agentes alternativos.

¿Los sistemas fijos de extincion por CO2 necesitan detectores asociados?

Si. El Convenio SOLAS Cap. II-2 exige que los espacios con sistemas fijos de CO2 cuenten con detectores de incendio homologados que activen la alarma antes del disparo automatico o manual del agente extintor. La señalizacion OMI debe reflejar tanto la ubicacion de los detectores como la de los dispositivos de activacion, garantizando que la tripulacion pueda identificar y operar el sistema de deteccion y extincion incluso en condiciones de escasa visibilidad o estres.

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