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OMI-9770

Señal / cartel OMI marítima — Extintor de polvo de 9 Kg

SKU: OMI-9770

Señal OMI maritima para identificar extintores de polvo quimico seco de 9 kg a bordo. Fabricada con materiales resistentes a la intemperie y ambientes marinos, cumple la Resolucion IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capitulo II-2. Garantiza la localizacion rapida del agente extintor en situaciones de emergencia y permite el despacho ante Capitania Maritima.

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Material
En stock
SEÑAL OMI · FIRE CONTROL
Pictograma rojo sobre fondo amarillo (UNE-EN ISO 17631)
Señalización marítima OMI · Fire control plans
Extintor de polvo de 9 Kg
OMI-9770 · 150×150 mm

¿Por qué el extintor de polvo 9Kg es el más usado en embarcaciones?

El extintor portátil de polvo ABC de 9 kilos es la dotación más habitual en embarcaciones de recreo medianas (8-15 m) y pesqueros pequeños-medianos según la ITC-MAB 6. Combate eficazmente fuegos clase A (sólidos), B (líquidos inflamables) y C (gases) — el agente más versátil para a bordo. Peso manejable (~14 kg total), autonomía ~20-25 segundos, alcance 4-6 m. La señal OMI-9770 fotoluminiscente lo identifica en apagón. Ubicación recomendada: cocina, sala motor, acceso a tanque combustible, junto a cuadro eléctrico (con precaución).

Clase A vs Clase B vs No fotoluminiscente

⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
💡 ¿Cuál elegir?

Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.

Aplicaciones a bordo

  • Buques de pasaje y ferries — Clase A obligatorio en vías de evacuación.
  • Buques de carga, portacontenedores, mercantes — Clase B para señalización general SOLAS.
  • Pesqueros — Clase B en castillete, cubierta y zona de bote.
  • Embarcaciones de recreo — Clase B o PVC blanco según tamaño y autoridad.
  • Plataformas offshore, FSO/FPSO — Clase A en evacuación y zonas de seguridad.

Materiales disponibles

  • PVC adhesivo Clase A o B — Adhesivo industrial para pegado directo sobre superficies lisas (mamparos, puertas, escotillas).
  • PVC rígido / plancha 1 mm Clase A o B — Sustrato semi-rígido para fijación mecánica o adhesivo de doble cara.
  • PVC adhesivo blanco intemperie no fotoluminiscente — Económico, exterior, para identificación que no requiera luminancia residual.

Normativa aplicable

  • IMO A.760(18) — Resolución sobre símbolos relacionados con dispositivos y medios de salvamento
  • IMO A.952(23) — Símbolos gráficos para planos de control de incendios a bordo (fire control)
  • UNE-EN ISO 17631 — Buques y tecnología marina. Símbolos para planos de control de incendios
  • UNE-EN ISO 24409 — Buques y tecnología marina. Diseño y colocación de signos de seguridad
  • UNE 23035-4 — Señalización fotoluminiscente. Productos fotoluminiscentes
  • SOLAS — Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar

Sanciones por no señalizar correctamente

En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.

Preguntas frecuentes

¿Que eficacia tiene un extintor de polvo de 9 kg a bordo?

Un extintor de polvo quimico seco tipo ABC de 9 kg suele alcanzar una eficacia tipica de 34A-144B C, aunque algunos modelos llegan a 43A-233B C segun fabricante y formulacion del agente. Esto lo hace apto para fuegos de solidos, liquidos inflamables y gases, los riesgos mas frecuentes en espacios de maquinas y cubierta. La señal OMI (SKU OMI-9770) identifica visualmente este tipo y capacidad para que la dotacion seleccione el medio correcto sin perder tiempo.

¿Cuanto dura un extintor de 9 kg y cuando hay que revisarlo?

La vida util y los plazos de revision de los extintores a bordo se rigen por el Convenio SOLAS Cap. II-2 y la normativa del estado de abanderamiento; en buques españoles aplica ademas el Reglamento de Instalaciones de Proteccion contra Incendios (RD 513/2017). Con cargas de polvo seco, se recomienda revision anual y retimbrado segun indicaciones del fabricante. La señal OMI debe permanecer legible durante toda la vida del extintor; sustituyala si presenta deterioro visible.

¿Que significa la clasificacion 34A-144B en un extintor de polvo?

Los codigos alfanumericos como 34A o 144B son indices de eficacia normalizados: la letra indica la clase de fuego (A = solidos, B = liquidos) y el numero el tamaño del foco de prueba que el extintor debe extinguir segun norma UNE-EN 3. A mayor numero, mayor capacidad extintura. En un extintor de 9 kg de polvo ABC, estos valores confirman que el agente y la carga son suficientes para los riesgos tipicos de a bordo exigidos por SOLAS Cap. II-2.

¿Cuanto cuesta un extintor de polvo de 9 kg?

El precio de un extintor de polvo quimico seco de 9 kg varia segun fabricante, eficacia y certificacion, situandose habitualmente entre 35 € y 80 € en el mercado español. Serior no comercializa el extintor en si, sino la señal OMI obligatoria que lo identifica a bordo segun la Resolucion IMO A.760(18) e ITC-MAB 6. Contacta con nosotros para pedidos de señalizacion maritima completa para tu buque.

¿Es obligatoria esta señal OMI en todos los buques?

Si el buque esta sujeto al Convenio SOLAS — mercantes, pasaje, pesqueros de eslora superior a la establecida y embarcaciones de recreo en ciertos ambitos — la señalizacion de los medios de PCI es obligatoria conforme al SOLAS Cap. II-2 y la Resolucion IMO A.760(18). En España, la ITC-MAB 6 concreta los requisitos para buques de bandera española. La ausencia de señales impide el despacho por Capitania Maritima e implica sanciones economicas directas al armador.

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