Señal OMI marítima para la identificación de extintor de polvo químico seco (PQS) de 6 kg a bordo de buques. Fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Disponible en materiales homologados — fotoluminiscente, rígido o adhesivo — para uso en ambientes marinos con alta humedad y exposición a agentes corrosivos.
El extintor portátil de polvo ABC de 6 kilos es el formato mínimo recomendado por la ITC-MAB 6 para embarcaciones de recreo pequeñas-medianas (6-9 m de eslora) y como segundo extintor en barcos mayores donde se necesita uno adicional en cabina secundaria. Peso compacto (~9 kg total), autonomía ~15-20 segundos, alcance 3-5 m. Su señal OMI-9765 fotoluminiscente garantiza visibilidad en apagón. Cubre fuegos clase A+B+C versátil para uso náutico general.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.
Un extintor de polvo ABC de 6 kg tiene habitualmente una eficacia de 27A 183B C, lo que lo hace apto para fuegos de clase A (sólidos), clase B (líquidos inflamables) y clase C (gases). En el entorno marítimo, esta eficacia debe estar indicada en la etiqueta del equipo conforme a normativa. La señal OMI identifica visualmente su ubicación a bordo, complementando la información técnica del propio extintor.
El extintor de polvo químico seco (PQS) de 6 kg actua por sofocación e inhibición química y es eficaz en fuegos A, B y C; deja residuo en la zona. El extintor de CO2 no deja residuo y es recomendado para equipos eléctricos y fuegos de clase B, pero con menor eficacia en clase A. A bordo, ambos tipos requieren señal OMI homologada conforme a la Resolución IMO A.760(18) e ITC-MAB 6 que identifique correctamente cada equipo en su ubicacion.
El precio de un extintor de polvo ABC de 6 kg varia según fabricante y homologacion, situandose habitualmente en un rango de mercado que puede consultarse en distribuidores especializados. Esta ficha corresponde exclusivamente a la señal OMI marítima de identificacion del equipo, no al extintor en sí. La señal es un elemento independiente, obligatorio conforme a IMO A.760(18) e ITC-MAB 6, que debe instalarse junto al soporte o gabinete donde se aloja el extintor a bordo.
La señal se instala en el soporte o punto de ubicacion del extintor portátil de 6 kg, a una altura y posicion que garantice su visibilidad desde los accesos a la zona protegida. El Convenio SOLAS Cap. II-2 y la ITC-MAB 6 exigen que los medios de extincion sean facilmente identificables mediante pictogramas IMO A.760(18). En mamparos o pañoles, la señal se fija junto a la carga del extintor; en cubiertas exteriores, se recomienda material resistente a la corrosión y con propiedades fotoluminiscentes.
Sí. La etiqueta del fabricante del extintor identifica sus caracteristicas tecnicas (tipo, carga, eficacia clase 27A 183B C…), pero la señal OMI tiene una funcion diferente: indica la ubicacion del equipo y permite localizarlo visualmente a distancia conforme a los pictogramas normalizados de la Resolución IMO A.760(18). La ITC-MAB 6 exige ambos elementos de forma independiente. La ausencia de la señal OMI constituye deficiencia en inspección y puede impedir el despacho del buque.