Señal maritima EXIT / SALIDA conforme a la Resolucion IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Fabricada en materiales fotoluminiscentes de alta durabilidad para entornos navales exigentes, garantiza la identificacion inmediata de las vias de evacuacion a bordo en situaciones de emergencia.
La señal EXIT / SALIDA es un elemento obligatorio en la señalizacion de evacuacion de buques sujetos al Convenio SOLAS Capitulo II-2. Su diseño, cromatismo y fotoluminiscencia estan estrictamente regulados por la Resolucion IMO A.760(18), que unifica los simbolos de seguridad maritima a escala internacional, y por la ITC-MAB 6 en el ambito de la flota española. A diferencia de los carteles de uso terrestre, estas señales deben soportar ambientes de alta humedad, vibracion y exposicion a agentes quimicos propios del entorno naval, por lo que su sustrato y la capa fotoluminiscente deben cumplir los requisitos de resistencia y duracion establecidos en la normativa. Una correcta instalacion en puertas, pasillos y escaleras de emergencia es decisiva para que la tripulacion y los pasajeros puedan localizar las salidas de evacuacion con rapidez, incluso con visibilidad reducida por humo o fallo electrico.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
Las señales OMI fotoluminiscentes son obligatorias según el Convenio SOLAS para buques que transportan más de 36 pasajeros y según las inspecciones de bandera para el resto. Consulta el plan de seguridad del buque.
Material fotoluminiscente conforme UNE 23035-4 mantiene visibilidad superior al umbral de seguridad durante al menos 60 minutos en ausencia total de luz. Se recarga con luz ambiental (natural o artificial).
PVC adhesivo: limpiar con alcohol isopropílico, secar y pegar presionando 10-15 segundos. PVC rígido: tornillería inox A2/A4 con arandela o cinta de doble cara industrial marina.
Sí — el material está formulado para resistir spray salino, temperaturas -20°C a +60°C y radiación UV. Vida útil superior a 10 años en uso normal a bordo.
Sí, también 150×75 mm para señales rectangulares (letras, números, EXIT) y 300×100 mm para señales direccionales de evacuación EXIT. Otras medidas a consulta.
En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.
La señal EXIT maritima sigue el simbolo y cromatismo definidos por la Resolucion IMO A.760(18), disenada especificamente para entornos navales: mayor resistencia a la humedad, la sal y las vibraciones. Las señales de salida terrestres se rigen por la UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997, con requisitos de sustrato y fotoluminiscencia distintos. Usar una señal terrestre en un buque SOLAS no cumple la normativa y puede impedir el despacho de Capitania Maritima.
Conforme a la ITC-MAB 6 y las directrices del SOLAS Cap. II-2, la señal EXIT / SALIDA debe instalarse en todas las puertas de emergencia, accesos a cubiertas de evacuacion, escaleras y pasillos que formen parte de las vias de escape del buque. La altura de colocacion y la distancia maxima de visibilidad deben garantizar su lectura tanto con iluminacion normal como con la fotoluminiscencia activa en caso de fallo electrico o presencia de humo.
Si. La Resolucion IMO A.760(18) exige que los simbolos de evacuacion, incluida la señal EXIT / SALIDA, incorporen material fotoluminiscente homologado para que sigan siendo visibles tras un corte de suministro electrico. Este requisito es complementario a la señalizacion electrica de emergencia y resulta especialmente critico en situaciones de incendio o inundacion a bordo donde la visibilidad se reduce drasticamente.
La ausencia de señales EXIT / SALIDA conformes a la ITC-MAB 6 y a la Resolucion IMO A.760(18) constituye una deficiencia que la Capitania Maritima detecta en la inspeccion previa al zarpe. Ademas de la imposibilidad de despacho, la infraccion queda amparada por la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011), con sanciones economicas que pueden alcanzar los 300.000 EUR segun la gravedad.
El simbolo EXIT / SALIDA IMO es obligatorio en buques sujetos al Convenio SOLAS, incluyendo mercantes, ferris y plataformas offshore. En instalaciones portuarias fijas, la normativa aplicable es el RD 485/1997 junto con la UNE-EN ISO 7010:2020, que utiliza el simbolo E001 para salidas de emergencia. No obstante, algunas terminales maritimas optan por señalizacion IMO para mantener coherencia visual con la flota que opera en sus muelles.