Señal marítima EXIT con flecha abajo homologada según la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capítulo II-2. Fabricada en materiales fotoluminiscentes de alta persistencia para garantizar la visibilidad de las vías de evacuación en condiciones de emergencia a bordo. Disponible en distintos tamaños normalizados para mamparos y puertas de buques.
En la señalización de emergencia marítima, indicar con precisión la dirección de evacuación hacia abajo puede ser determinante en una situación crítica. Esta señal EXIT con flecha apuntando hacia abajo identifica salidas o tramos de escalera descendentes en los itinerarios de evacuación del buque, cumpliendo íntegramente con la Resolución IMO A.760(18) —que establece el diseño gráfico y cromático obligatorio para la señalética OMI— y con la ITC-MAB 6, que regula su instalación en embarcaciones de bandera española. La fabricación en material fotoluminiscente asegura la visibilidad del icono de salida incluso con corte de energía, requisito exigido por el Convenio SOLAS Capítulo II-2. La correcta señalización de vías de evacuación en buques no es opcional: las Capitanías Marítimas verifican la presencia y el estado de estos carteles en cada inspección, y su ausencia bloquea el despacho de zarpe.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En señalización marítima, el cartel EXIT con flecha apuntando hacia abajo indica que la salida o la vía de evacuación se encuentra descendiendo desde la posición del observador —habitualmente hacia una escalera o trampilla inferior—. Su diseño sigue el icono normalizado por la Resolución IMO A.760(18), reconocible por tripulaciones de cualquier nacionalidad sin necesidad de texto en un idioma concreto.
Las señales de evacuación a bordo se rigen por tres marcos normativos complementarios: la Resolución IMO A.760(18) fija el diseño gráfico obligatorio; el Convenio SOLAS Capítulo II-2 exige su instalación en rutas de evacuación; y la ITC-MAB 6 concreta los requisitos de colocación, fotoluminiscencia y mantenimiento para buques con bandera española. El incumplimiento puede impedir el zarpe.
Las señales de emergencia terrestres siguen la norma UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997 Anexo III, mientras que las señales marítimas responden a la Resolución IMO A.760(18), con un pictograma de figura humana y fondo verde ligeramente distinto, pensado para entornos navales. No son intercambiables: instalar señalética terrestre en un buque no cumple la normativa SOLAS y puede generar infracción en inspección de Capitanía.
Sí. Tanto la ITC-MAB 6 como el Convenio SOLAS Capítulo II-2 exigen que las señales de evacuación mantengan visibilidad ante un corte de suministro eléctrico. El material fotoluminiscente absorbe luz ambiente y la emite en la oscuridad, garantizando que el icono de salida con flecha sea identificable durante una evacuación nocturna o en condiciones de humo sin necesidad de iluminación de emergencia adicional.
Cuando la ruta de evacuación desciende y gira hacia la izquierda, se debe instalar la señal EXIT con flecha abajo-izquierda, que combina ambas direcciones en un único pictograma conforme a la Resolución IMO A.760(18). Si el recorrido desciende en línea recta, se emplea la señal EXIT con flecha abajo (este modelo, SKU OMI-2390). Elegir el cartel correcto para cada tramo es requisito de cumplimiento del plan de evacuación exigido por SOLAS Capítulo II-2.