Señal marítima EXIT con figura escalera arriba fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capítulo II-2. Diseño normalizado en fotoluminiscente o rígido, con pictograma de escape hacia arriba claramente visible en pasamanos, escaleras y vías de evacuación de buques. Obligatoria para el despacho en Capitanía Marítima en embarcaciones de bandera española.
En los buques sujetos al Convenio SOLAS Capítulo II-2, la correcta señalización de las vías de evacuación no es opcional: la Resolución IMO A.760(18) define pictogramas normalizados —entre ellos el de EXIT con figura y escalera arriba— que deben colocarse en pasillos, puertas de escape y arranques de escalera para guiar a tripulantes y pasajeros hacia cubierta. La ITC-MAB 6 complementa esta exigencia en la flota de bandera española, estableciendo materiales, dimensiones y condiciones de visibilidad en espacios pequeños o de escasa iluminación. Esta señal, de diseño sobrio y lectura inmediata, indica la dirección de escape hacia arriba mediante una figura humana en movimiento ascendente junto a una escalera, eliminando la ambigüedad en situaciones de emergencia. Su instalación correcta —incluyendo la ubicación en pasamanos y rellanos intermedios— es requisito previo para el despacho de la Capitanía Marítima y para superar las inspecciones del Port State Control.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
Según la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18), las señales de evacuación deben instalarse en cada rellano y en los arranques de tramo de escalera, a una altura que garantice visibilidad incluso con humo bajo. Se recomienda fijar la señal EXIT con figura escalera arriba en la cara frontal del pasamanos o en el mamparo contiguo, a entre 1,0 y 1,6 m del suelo, asegurando la línea de visión desde ambos sentidos de circulación.
Las señales de EXIT maritimas siguen la Resolución IMO A.760(18), que establece pictogramas, cromatismo y materiales específicos para entornos náuticos (humedad, vibración, iluminación reducida). Las señales terrestres se rigen por la UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997 Anexo III. Aunque el pictograma de figura en movimiento es visualmente similar, la homologación OMI es la única válida para el despacho de buques en Capitanía Marítima.
El Convenio SOLAS Cap. II-2 clasifica las zonas del buque según riesgo y complejidad de evacuación. En espacios de diseño complejo o de pequeñas dimensiones (camarotes, gambuza, sala de máquinas), la señalización debe ser más densa y con mayor contraste. La ITC-MAB 6 exige materiales fotoluminiscentes cuando la iluminación de emergencia no garantiza una lectura inmediata, siendo la señal EXIT escalera arriba obligatoria en cada vía de escape vertical.
Un cartel EXIT a bordo es una señal normalizada que indica la salida o vía de evacuación más próxima. Es obligatorio en todos los buques sujetos al Convenio SOLAS y, en España, en la flota regulada por la ITC-MAB 6. La variante EXIT con figura escalera arriba (SKU OMI-2330) se instala específicamente cuando la evacuación discurre en sentido ascendente, garantizando orientación inequívoca durante una emergencia nocturna o con visibilidad reducida.
La señal actua como guia visual continua: el pictograma de la figura humana en movimiento hacia arriba junto a la escalera indica al usuario que debe ascender para alcanzar cubierta o el punto de reunion. Conforme a la Resolución IMO A.760(18), estas señales deben formar una cadena ininterrumpida desde cualquier punto habitable del buque hasta la salida, con distancias maximas entre señales definidas por el plan de seguridad aprobado por la Administración Maritima.