Señal marítima OMI estación de incendios conforme a la Resolución IMO A.760(18), ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Fabricada en materiales resistentes al entorno naval — vinilo fotoluminiscente, PVC rígido o aluminio — para señalizar de forma inmediata y universal los puntos de alarma manual y acción contra incendios a bordo.
A bordo de buques mercantes, pesqueros y embarcaciones de pasaje, localizar una estacion de incendios en segundos puede ser decisivo. Esta señal OMI indica el punto exacto donde se concentran los medios de accion contra incendios: pulsadores manuales de alarma, mandos de sistemas de extincion automatica y equipos de primera intervencion. La señalizacion debe ser fotoluminiscente, de aplicacion simple y resistente a la corrosion marina, conforme a la Resolucion IMO A.760(18), el RD 513/2017 art. 11 y los criterios de supervision de la ITC-MAB 6. Los pictogramas OMI siguen una cromatica estandarizada internacionalmente — fondo rojo para medios de lucha contra incendios — lo que facilita la identificacion inmediata por tripulaciones de cualquier nacionalidad, sin depender del idioma.
|
⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
|
✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
|
NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
|
Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
Una estación de incendios es el punto de un buque donde se concentran los elementos de acción manual contra el fuego: pulsador de alarma, llamada de emergencia o acceso al sistema de extinción. La señal OMI (pictograma normalizado por la Resolución IMO A.760(18)) indica su ubicación exacta para que tripulantes y pasajeros puedan notificar y activar la respuesta de forma inmediata, incluso en condiciones de baja visibilidad.
La ITC-MAB 6 y los criterios de instalación derivados del Convenio SOLAS Cap. II-2 indican que las señales deben colocarse a una altura que garantice su visibilidad desde los pasillos y cubiertas de acceso, en coherencia con la altura a la que se instala el propio dispositivo manual. Como referencia general, se sitúan entre 1,4 m y 1,8 m sobre el nivel del suelo, aunque la posición definitiva la determina el proyecto de señalización aprobado por la Capitanía Marítima.
La señalización de sistemas contra incendios a bordo se rige por la Resolución IMO A.760(18) (pictogramas y colores), la ITC-MAB 6 (criterios técnicos para la flota española) y el Convenio SOLAS Cap. II-2 (requisitos de seguridad contra incendios en buques). El incumplimiento es verificado por la Capitanía Marítima en cada despacho e inspección de seguridad.
Dentro de la categoría de señalización OMI contra incendios, los pictogramas más habituales identifican: la estación de incendios (alarma manual), el extintor portátil, la manguera contra incendios, el punto de llamada o acción, y los sistemas de supervisión y detección. Todos deben seguir los pictogramas normalizados de la Resolución IMO A.760(18) para garantizar la lectura universal por tripulaciones de cualquier nacionalidad.
Los carteles OMI para uso naval se fabrican en materiales que resisten la humedad, salinidad y vibraciones propias del entorno marino: vinilo fotoluminiscente (para visibilidad en emergencias con corte de luz), PVC rígido de alta resistencia y aluminio tratado. La elección depende de la zona de instalación (cubierta exterior, interior de cámara de máquinas, pasillo de pasaje) y de los requisitos concretos de la ITC-MAB 6 y el proyecto de seguridad del buque.