Señal marítima OMI ‘Espacio protegido por espuma’ fabricada según la Resolución IMO A.760(18), el Convenio SOLAS Capítulo II-2 y la ITC-MAB 6. Indica con claridad qué compartimentos o zonas del buque disponen de un sistema de extinción de incendios por espuma, facilitando la actuación de la tripulación y el cumplimiento de la inspección de Capitanía Marítima. Disponible en distintos tamaños y materiales fotoluminiscentes o rígidos.
El cartel OMI ‘Espacio protegido por espuma’ identifica visualmente los espacios del buque —bodegas de carga, salas de máquinas o cubiertas de vehículos— donde está instalado un sistema fijo de extinción de incendios por espuma. La Resolución IMO A.760(18) establece los símbolos, colores y proporciones que deben respetar estas señales marítimas, mientras que el Convenio SOLAS Capítulo II-2 obliga a señalizar con claridad todos los medios contra incendios a bordo. La ITC-MAB 6 concreta los requisitos de colocación para buques de bandera española. Gracias a su pictograma normalizado, cualquier miembro de la tripulación o servicio de emergencias puede identificar de inmediato el grupo de protección activa de ese espacio, reduciendo el tiempo de respuesta ante un incendio y garantizando el despacho en las inspecciones de Capitanía Marítima.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
Un sistema de extinción por espuma es una instalación fija de lucha contra incendios que proyecta espuma sobre el combustible o la superficie en llamas para sofocarlo y enfriarlo simultáneamente. El Convenio SOLAS Capítulo II-2 exige su instalación en determinados espacios de carga, salas de máquinas y cubiertas de vehículos. La señal OMI ‘Espacio protegido por espuma’ indica exactamente qué zona del buque está cubierta por este sistema, facilitando la actuación de la tripulación y de los servicios de emergencia en caso de incendio a bordo.
En el contexto de la señalización OMI, un ‘espacio protegido’ es cualquier compartimento o zona del buque donde existe un sistema activo de extinción de incendios —en este caso, por espuma— instalado de forma permanente. La Resolución IMO A.760(18) define el pictograma normalizado que debe emplearse para identificar estos espacios, asegurando que el significado sea reconocible de manera universal por cualquier tripulante, independientemente de su idioma o nacionalidad.
La señalización marítima contra incendios en buques está regulada principalmente por la Resolución IMO A.760(18), que fija los símbolos gráficos y requisitos cromáticos, y por el Convenio SOLAS Capítulo II-2, que establece la obligación de señalizar todos los medios de lucha contra incendios. En España, la ITC-MAB 6 concreta dónde y cómo deben colocarse estas señales en buques de bandera española. El incumplimiento de esta normativa puede impedir el despacho por parte de Capitanía Marítima.
La señal OMI ‘Espacio protegido por espuma’ debe colocarse en los accesos y dentro de cualquier espacio del buque que cuente con un sistema fijo de espuma: habitualmente bodegas de carga, cubiertas para vehículos, salas de máquinas y locales de almacenamiento de líquidos inflamables. La posición exacta debe cumplir las indicaciones de la ITC-MAB 6 y ser visible desde los puntos de entrada, garantizando que la tripulación pueda leer el cartel marítimo antes de acceder al compartimento en emergencia.
Las señales OMI de extinción por espuma se fabrican en múltiples tamaños —desde 100×100 mm hasta 300×300 mm— para adaptarse al espacio disponible a bordo. Los materiales más comunes son fotoluminiscente (obligatorio en zonas sin iluminación de emergencia independiente), PVC rígido, aluminio y poliestireno de alta resistencia marina. La Resolución IMO A.760(18) exige que los colores y el contraste se mantengan dentro de las tolerancias cromáticas establecidas, independientemente del soporte elegido.