Señal marítima OMI espacio protegido por agua (SKU OMI-9215) fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Indica las zonas de proteccion contraincendios mediante sistemas de agua a bordo de buques. Disponible en materiales rigidos de alta resistencia marina para garantizar durabilidad en ambientes salinos y condiciones adversas.
A diferencia de las señales de espacios naturales protegidos en tierra, esta señal pertenece al sistema de señalizacion de seguridad maritima OMI y cumple una funcion critica en la lucha contra incendios a bordo: identifica visualmente las zonas o compartimentos protegidos mediante agentes de extincion por agua (diluvio, rociadores o sistemas equivalentes) exigidos por el Convenio SOLAS Capitulo II-2. Su colocacion es obligatoria en buques sujetos a la ITC-MAB 6 y debe respetar los criterios graficos y cromaticos de la Resolucion IMO A.760(18), que unifica la señalizacion de seguridad en toda la flota internacional. El incumplimiento bloquea el despacho de la Capitania Maritima e impide el zarpe del buque. Fabricada en materiales resistentes a la corrosion y a la exposicion marina prolongada, esta señal garantiza la correcta identificacion de los espacios de proteccion ante tripulaciones, inspectores y equipos de rescate en cualquier condicion de visibilidad.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En contexto maritimo, un espacio protegido por agua es un compartimento o zona del buque dotado de un sistema fijo de extincion de incendios que utiliza agua como agente supresor (rociadores, diluvio o equivalentes). La señal OMI-9215 identifica visualmente ese espacio segun la Resolucion IMO A.760(18) y el Convenio SOLAS Cap. II-2, facilitando la actuacion rapida de la tripulacion y los equipos de emergencia. No debe confundirse con la proteccion de zonas acuaticas o habitats naturales protegidos en tierra.
En el ambito maritimo, la designacion de los espacios que requieren proteccion contraincendios —y por tanto la señalizacion obligatoria— corresponde al proyecto de construccion o modificacion del buque, supervisado por la Sociedad de Clasificacion y validado por la Administracion Maritima (en España, la Capitania Maritima). La ITC-MAB 6 establece los criterios tecnicos para la colocacion de señales OMI en estos espacios. El armador es responsable de mantener la señalizacion en vigor.
La señalizacion de espacios protegidos por agua a bordo se rige por tres niveles normativos: la Resolucion IMO A.760(18) (simbolos graficos y cromaticos internacionales), el Convenio SOLAS Capitulo II-2 (requisitos de sistemas de extincion y su señalizacion) y la ITC-MAB 6 (transposicion española que determina tipos, ubicacion y mantenimiento de señales maritimas). El incumplimiento de cualquiera de estos niveles puede derivar en paralización del buque por la Capitania Maritima.
La señal OMI espacio protegido por agua se instala en la entrada o acceso a cualquier compartimento dotado de un sistema fijo de agua: salas de maquinas, bodegas, espacios de carga ro-ro, pasillos con rociadores automaticos y otras zonas definidas en el plan contraincendios del buque. Su posicion debe ser visible incluso en condiciones de baja visibilidad o humo, cumpliendo los requisitos de altura y contraste cromatico de la Resolucion IMO A.760(18).
Son conceptos completamente distintos. Las señales OMI maritimas como esta (OMI-9215) son elementos de seguridad a bordo regulados por IMO A.760(18) y SOLAS, diseñadas para identificar sistemas de extincion de incendios en buques. Las señales de zonas o espacios naturales protegidos (parques nacionales, habitats acuaticos, especies protegidas) son señaletica ambiental terrestre regulada por legislacion de medio ambiente. Ambas comparten el termino ‘protegido’ pero tienen origen normativo, formato y funcion completamente diferentes.