Señal marítima OMI cierre de ventilación de espacios de carga fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Disponible en 150×150 mm con pictograma normalizado sobre soporte rígido de alta resistencia, para instalación en bodegas, muelles y zonas de control de aire a bordo.
En los buques sujetos al Convenio SOLAS Cap. II-2, mantener los espacios de carga correctamente señalizados no es opcional: la Resolución IMO A.760(18) exige pictogramas normalizados en todos los dispositivos de cierre de ventilación, rejillas y conductos de entrada de aire para garantizar una actuación rápida en caso de emergencia o control de incendios. La señal OMI-9520 indica visualmente la ubicación del cierre de ventilación de espacios de carga, facilitando al personal de a bordo el bloqueo inmediato del flujo de aire hacia las bodegas. Su formato 150×150 mm, colores contrastados y pictograma estandarizado cumplen los requisitos de la ITC-MAB 6, que regula la señalización de seguridad en buques de bandera española. Resulta imprescindible en zonas de carga ventiladas, muelles cubiertos y cualquier espacio donde el control de la ventilacion sea critico para la seguridad de la carga y la tripulacion.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.
La ventilación de espacios de carga es el sistema que regula el flujo de aire dentro de las bodegas para evitar la acumulacion de gases inflamables, humedad o calor excesivo que puedan dañar la carga o crear riesgo de incendio. El Convenio SOLAS Cap. II-2 establece que estos conductos y rejillas deben disponer de dispositivos de cierre identificados mediante señales normalizadas IMO A.760(18) para su localizacion inmediata.
Las bodegas de carga suelen ventilarse mediante conductos de entrada y salida de aire equipados con rejillas regulables o compuertas. En caso de emergencia, el cierre rapido de estos dispositivos impide que el oxigeno alimente un posible incendio. La señal OMI cierre de ventilacion de espacios de carga (formato 150×150 mm) marca exactamente donde se encuentran esos dispositivos de control, conforme a la ITC-MAB 6.
Para espacios confinados como bodegas cerradas se recomienda ventilacion forzada mecanica antes de la entrada del personal, asegurando niveles seguros de oxigeno y ausencia de gases toxicos. Una vez realizada la tarea, los conductos deben quedar correctamente señalizados con pictogramas OMI normalizados, incluyendo el de cierre de ventilacion, tal como exige la Resolucion IMO A.760(18) y la normativa de espacios confinados aplicable a buques.
La ventilacion forzada es obligatoria antes de acceder a una bodega que haya permanecido cerrada, cuando se transporten mercancias que emitan gases o cuando la temperatura interior supere limites seguros. El SOLAS Cap. II-2 vincula directamente el uso de estos sistemas con la señalizacion de sus dispositivos de cierre y control de aire, por lo que la señal OMI-9520 debe estar presente y visible en todo momento.
En señalizacion maritima, la ventilacion de compartimentos hace referencia al control del flujo de aire en zonas cerradas del buque, incluyendo bodegas, zonas de maquinas y espacios auxiliares. La Resolucion IMO A.760(18) define pictogramas especificos para cada dispositivo de cierre, permitiendo que cualquier tripulante, independientemente de su idioma, localice e identifique el cierre de ventilacion de forma rapida y segura.