Señal marítima OMI carro extintor de agua conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capítulo II-2. Fabricada en materiales fotoluminiscentes de alta duración, identifica de forma inequívoca la ubicación de extintores móviles hídricos a bordo, facilitando la actuación inmediata ante incendios.
El carro extintor de agua (típicamente 45-100 L sobre ruedas) es equipo de PCI obligatorio en buques mercantes ≥ 500 GT, ferries de pasaje grandes y plataformas offshore donde existen grandes zonas de carga de fuegos clase A (mercancías secas, bodega, almacenes de provisiones, zonas habitacionales). La Resolución IMO A.760(18) y la ITC-MAB 6 exigen señalizar su ubicación con pictograma fotoluminiscente que permanece visible durante apagón. NO usar sobre electricidad en tensión, líquidos inflamables, ni metales reactivos. Ideal para incendios en bodegas con carga seca, cabinas habitacionales, almacenes de provisiones, salas de pasaje.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.
El extintor de agua actua sobre fuegos de clase A (materiales solidos combustibles como madera, papel o tejidos). El agente hidrico enfria el combustible por debajo de su temperatura de ignicion. En version con aditivos mejora la penetracion y puede cubrir fuegos A de mayor envergadura. No debe usarse en fuegos electricos ni en liquidos inflamables (clase B) sin espumogeno. A bordo, la Resolucion IMO A.760(18) exige identificar el tipo de agente extintor mediante la señal especifica para evitar un uso incorrecto en emergencia.
Los carros extintores moviles pueden contener distintos agentes: agua con aditivos, polvo ABC, espuma o CO2. Las capacidades mas habituales a bordo son 25 kg / 25 litros y 50 kg / 50 litros. La señal OMI especifica para cada tipo permite distinguirlos de forma inmediata. En espacios de maquinas de buques sujetos al Convenio SOLAS Cap. II-2, el carro de agua o espuma es uno de los equipos de intervencion previstos, y su señalizacion con pictograma normalizado IMO A.760(18) es obligatoria.
En el ambito maritimo se emplean habitualmente cuatro agentes extintores: agua o agua con aditivos (fuegos clase A), espuma (fuegos A y B), polvo ABC (fuegos A, B y C) y CO2 (fuegos B y equipos electricos). Cada uno cuenta con su propio pictograma segun la Resolucion IMO A.760(18). La correcta identificacion visual a bordo es un requisito del Convenio SOLAS Capitulo II-2 y es verificada en las inspecciones de la Capitania Maritima antes del despacho del buque.
El peso total depende de la capacidad del deposito y del material de la estructura. Un carro extintor de agua de 25 litros puede alcanzar aproximadamente 35-40 kg en operacion, mientras que uno de 50 litros puede superar los 70 kg con el agente y el gas propelente a presion. Estos datos los facilita el fabricante en la documentacion tecnica del equipo. La señal OMI no indica peso, pero permite localizar el equipo con rapidez para una intervencion eficaz.
Segun la ITC-MAB 6 y la Resolucion IMO A.760(18), la señal debe instalarse en el punto de ubicacion del equipo o en el acceso al espacio donde este estibado, a una altura visible desde el pasillo de circulacion. En espacios de maquinas y cubiertas de carga, se recomienda complementar con señales direccionales. El material fotoluminiscente garantiza la visibilidad sin luz electrica, requisito critico bajo el Convenio SOLAS Cap. II-2 en situaciones de emergencia con fallo de alimentacion.