Señal marítima OMI — Cañón de Agua homologada según la Resolución IMO A.760(18), el Convenio SOLAS Capítulo II-2 y la ITC-MAB 6. Fabricada en materiales fotoluminiscentes o rígidos de alta resistencia para entornos navales. Garantiza la localización inmediata del equipo de lucha contra incendios a bordo y es exigida en la inspección de Capitanía Marítima para el despacho del buque.
A bordo de cualquier buque sujeto al Convenio SOLAS Capítulo II-2, la identificación visual de los equipos contraincendios es un requisito de seguridad no negociable. La señal OMI de cañón de agua indica la posición exacta de este sistema de alta presión, permitiendo que la tripulación —y los equipos de emergencia— lo localicen en segundos en condiciones de humo o visibilidad reducida. Su diseño respeta los pictogramas estandarizados por la Resolución IMO A.760(18), cuya implementación en España se articula a través de la ITC-MAB 6. Los materiales homologados —vinilo fotoluminiscente, aluminio marino o PVC rígido— aseguran la legibilidad tanto en instalación interior como en cubierta, resistiendo presión, humedad salina y ciclos térmicos extremos propios del entorno marítimo. Incluir esta señalización correctamente es condición indispensable para superar la inspección de Capitanía Marítima y obtener el despacho de zarpe sin incidencias.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En náutica, un cañón de agua (water cannon) es un sistema de alta presión montado en cubierta o superestructura que proyecta un chorro de agua a gran alcance para combatir incendios a bordo o en instalaciones portuarias cercanas. No debe confundirse con sistemas de riego agrícola: el cañón naval opera con presión y caudal muy superiores y se encuadra dentro del equipamiento contraincendios regulado por el Convenio SOLAS Capítulo II-2 y la Resolución IMO A.760(18).
La señal es obligatoria desde el momento en que el buque disponga de un cañón de agua a bordo y esté sujeto al Convenio SOLAS. La ITC-MAB 6 establece que toda instalación de lucha contra incendios debe identificarse con la pictografía normalizada de la Resolución IMO A.760(18). Su ausencia se detecta en las inspecciones periódicas de Capitanía Marítima y puede impedir el zarpe del buque hasta subsanar la deficiencia.
El precio varía según el material (vinilo adhesivo, PVC rígido o aluminio marino), el tamaño y si incorpora capa fotoluminiscente. En Serior encontrarás la referencia OMI-9210 con precio actualizado en ficha. Adquirir la señalización correcta es una inversión mínima comparada con las consecuencias de una paralización de zarpe o una multa de hasta 300.000 € por incumplimiento de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011).
Debe instalarse en la proximidad inmediata del equipo, en un plano visible desde los accesos principales a la zona. La ITC-MAB 6 y las directrices de la Resolución IMO A.760(18) exigen que el pictograma sea legible de frente y no quede obstruido por mangueras, cables u otros equipos. En cubiertas expuestas se recomienda material de aluminio marino con impresión resistente a la corrosión salina; en interiores es válido el vinilo fotoluminiscente para garantizar visibilidad con luz de emergencia.
Son pictogramas completamente distintos. La señal de agua potable identifica tomas o puntos de consumo humano, mientras que la de cañón de agua localiza un sistema activo de extinción de incendios de alta presión. Ambas están normalizadas en la Resolución IMO A.760(18) con pictogramas y colores de seguridad diferentes, por lo que no son intercambiables. Usar una señal incorrecta equivale a no señalizar, y tiene las mismas consecuencias ante una inspección de Capitanía Marítima.