Señal marítima OMI para bomba de sentina fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18) y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Disponible en fotoluminiscente, vinilo y aluminio, identifica con claridad el equipo de achique a bordo de cualquier embarcación o buque. Obligatoria según la ITC-MAB 6 para el despacho en Capitanía Marítima.
La bomba de sentina es el equipo encargado de extraer el agua acumulada en la parte más baja del casco de un barco — la sentina — ya sea de forma manual o automática, incluidas variantes de 12 V sumergibles habituales en veleros y embarcaciones de recreo. Por ello, su correcta identificación visual no es opcional: la Resolución IMO A.760(18) establece el símbolo normalizado, y la ITC-MAB 6 exige que cada equipo de achique quede señalizado de manera visible y permanente a bordo. Esta señal debe ubicarse junto al accionamiento o mamparo más próximo al equipo, garantizando que cualquier tripulante — incluso en situación de emergencia con baja visibilidad — localice la bomba de achique de forma inmediata. Los materiales disponibles (fotoluminiscente, aluminio o vinilo rígido) permiten adaptarse a las condiciones de humedad y vibración propias del entorno marino, en línea con los requisitos del Convenio SOLAS Cap. II-2.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
La bomba de sentina es el dispositivo que extrae el agua acumulada en la sentina, la zona más baja del casco de una embarcación donde drenan filtraciones, condensaciones y agua de lluvia. Puede ser manual o automática (frecuentemente de 12 V en barcos de recreo) y su funcionamiento correcto es crítico para la flotabilidad y seguridad del buque. El Convenio SOLAS Cap. II-2 y la ITC-MAB 6 exigen que este equipo esté debidamente señalizado con el símbolo OMI normalizado.
Una bomba de sentina automática incorpora un sensor de nivel o flotador que activa el equipo en cuanto el agua supera un umbral predefinido, sin intervención de la tripulación. Las versiones sumergibles de 12 V son las más extendidas en veleros y embarcaciones de recreo. Para que la tripulación identifique de inmediato el punto de accionamiento manual de emergencia, la Resolución IMO A.760(18) obliga a colocar la señal normalizada junto al equipo o su panel de control.
Bombear la sentina es la operación de evacuar el agua acumulada en la zona inferior del casco mediante la bomba de achique. Es una maniobra rutinaria de mantenimiento y, en situaciones de emergencia, puede ser determinante para la seguridad del buque. La señal OMI de bomba de sentina — exigida por la ITC-MAB 6 — garantiza que cualquier tripulante localice el equipo sin demora, incluso en condiciones de baja visibilidad o en una primera singladura a bordo.
En la práctica náutica española ambos términos se usan de forma intercambiable: la bomba de achique (o de sentina) designa cualquier equipo destinado a extraer agua no deseada del interior del casco. Técnicamente, ‘achique’ hace referencia a la operación y ‘sentina’ al espacio del que se extrae el agua. La señalización OMI SKU OMI-9345 identifica este equipo con el símbolo normalizado IMO A.760(18), válido para cualquier tipo o modelo de bomba instalada a bordo.
Sí. La ITC-MAB 6 extiende la obligación de señalización OMI a las embarcaciones de recreo sujetas a inspección, incluidos los veleros. La ausencia de la señal normalizada conforme a la Resolución IMO A.760(18) puede motivar observaciones en la inspección periódica e impedir el despacho en Capitanía Marítima. Para embarcaciones bajo bandera española, esta señal debe estar colocada de forma visible y permanente junto a la bomba de achique o su accionamiento.