Señal marítima OMI A.760(18) para identificar el punto de accionamiento de un aplicador de agua nebulizada, fabricada en materiales fotoluminiscentes o rígidos conformes a la ITC-MAB 6 y al Convenio SOLAS Capítulo II-2. Obligatoria en buques con sistemas de extinción por agua nebulizada de baja presión o alta presión integrados en el plan PCI del vessel.
El sistema de agua nebulizada (water mist) es tecnología PCI moderna que usa alta presión (35-200 bar) para crear nube de gotas microscópicas (50-200 µm) que extinguen fuegos por enfriamiento y desplazamiento de oxígeno con muy poco agua. Aplicación típica en buques: sala de máquinas (alternativa a CO₂ inundación, evita riesgo asfixia), cabinas de pasaje en cruceros, cocinas industriales a bordo, almacenes. Aprobado por IMO MSC.265(84) y SOLAS Cap. II-2. La señal OMI-9750 identifica la ubicación de aplicadores manuales adicionales al sistema fijo.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.
Un sistema de extinción por agua nebulizada proyecta gotas de tamaño muy reducido (generalmente Dv0,99 < 1000 µm) a través de boquillas o aplicadores especializados. El mecanismo de extincion se basa en tres efectos simultáneos: enfriamiento rápido del foco de fuego, desplazamiento del oxígeno circundante y atenuación de la radiación térmica. El resultado es una proteccion contra incendios altamente eficiente con un consumo de agua muy inferior al de los rociadores convencionales, lo que lo hace especialmente idóneo en espacios de máquinas y alojamientos a bordo.
La distinción principal es el tamaño de gota: el agua pulverizada convencional produce gotas superiores a 1000 µm, mientras que la agua nebulizada (water mist) genera gotas de menor diámetro que incrementan la superficie de contacto y potencian la evaporación. Esto se traduce en mayor eficiencia de extincion con menor volumen de agua descargado. En contexto marítimo, los sistemas de baja presion (como Marioff HI-FOG) y los de alta presión aplican este principio bajo los requisitos del Convenio SOLAS Cap. II-2 y la MSC/Circ.1432.
En el ámbito marítimo, los sistemas de agua nebulizada están regulados por el Convenio SOLAS Capítulo II-2 (regla 10) y las directrices MSC/Circ.1165 y MSC/Circ.1432 de la IMO. La señalización de estos sistemas debe cumplir la Resolución IMO A.760(18) sobre símbolos de equipos contra incendios. En buques de bandera española, la ITC-MAB 6 desarrolla los requisitos específicos de señalización a bordo, incluyendo materiales fotoluminiscentes y dimensiones mínimas de los carteles.
Un aplicador de agua nebulizada es la boquilla o dispositivo terminal del sistema PCI que atomiza el caudal de agua en gotas de pequeño diámetro. En sistemas de baja presion (hasta 12,5 bar) y alta presión (hasta 200 bar), el diseño de la boquilla determina el patrón de distribución, la division de tamano de gota y el caudal descargado. La señal OMI A.760(18) del aplicador permite identificar visualmente cada punto de descarga en los planos de incendios del buque y en la propia instalación, facilitando la intervención de la tripulación y de los inspectores de Capitanía.
Según la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18), las señales de los sistemas de extincion por agua nebulizada deben situarse junto al punto de accionamiento manual o en la válvula de sección correspondiente, en lugar visible y a la altura adecuada para su lectura rápida. Deben ser fotoluminiscentes o retroiluminadas cuando se ubiquen en espacios con riesgo de corte de energía. La señal debe aparecer también en los planos generales de lucha contra incendios exigidos por el Convenio SOLAS Cap. II-2, regla 15.