Señal maritima OMI A.760(18) para identificacion de puerta de incendios abisagrada Clase A con autocierre, obligatoria en buques sujetos al Convenio SOLAS Cap. II-2 e ITC-MAB 6. Fabricada en materiales homologados resistentes a la corrosion y condiciones de trabajo naval, garantiza la localizacion inmediata del elemento cortafuegos en cualquier condicion de emergencia a bordo.
Las puertas de incendios abisagradas Clase A con autocierre son elementos criticos en la compartimentacion contra incendios de buques mercantes, ferrys y plataformas offshore. La Resolucion IMO A.760(18) establece los simbolos graficos normalizados que deben acompañar a estos elementos, mientras que el Convenio SOLAS Cap. II-2 exige que cada puerta cortafuegos quede correctamente identificada para facilitar la evacuacion y las maniobras de control de incendio. La señal OMI-9140 indica de forma inequivoca la presencia de una hoja abisagrada con cierre automatico, diferenciandola de puertas correderas u otras tipologias. El autocierre es el mecanismo que garantiza que la puerta vuelve a su posicion de sellado tras cada paso, elemento esencial en caso de incendio para contener humos y llamas. Segun la ITC-MAB 6, esta señalizacion es preceptiva en todos los buques de bandera española que operen bajo normativa SOLAS, y debe mantenerse visible, legible y en buen estado de conservacion durante toda la vida util del elemento.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
El Convenio SOLAS Cap. II-2 clasifica las divisiones resistentes al fuego en tres categorias principales: Clase A (resistencia 60 min, estancas a llamas y humo), Clase B (resistencia 30 min) y Clase C (sin requisito de resistencia termica). Dentro de cada clase existen subtipos segun el indice de aislamiento termico (A-0, A-15, A-30, A-60). La señal OMI-9140 corresponde especificamente a puertas Clase A abisagradas, que son las de mayor exigencia en mamparos y cubiertas principales.
Si. La Resolucion IMO A.760(18) y el SOLAS Cap. II-2 Regla 9 exigen que las puertas de incendios Clase A incorporen un dispositivo de autocierre que las mantenga cerradas o las devuelva automaticamente a la posicion de sellado. Este mecanismo — tambien llamado cierrapuertas — es fundamental para evitar la propagacion de llamas, gases y humo entre compartimentos. Las puertas con retenedor magnetico deben liberarse automaticamente en caso de alarma de incendio.
Las puertas de emergencia y cortafuegos a bordo deben cumplir la Regla II-2/9 del Convenio SOLAS, los codigos FTP (Fire Test Procedures, Resolucion MSC.307(88)) para ensayos de resistencia al fuego, y la ITC-MAB 6 en buques de bandera española. La señalizacion asociada debe ajustarse a los simbolos normalizados de la Resolucion IMO A.760(18). Adicionalmente, el codigo ISM exige registros de mantenimiento de estos elementos como parte del sistema de gestion de seguridad.
Las puertas cortafuego de 1 hoja (abisagrada simple) son las mas habituales en pasillos y camarotes, mientras que las puertas de 2 hojas o doble hoja se instalan en accesos de mayor anchura como garajes de vehiculos o zonas de carga. Ambas tipologias pueden ser Clase A segun SOLAS, pero requieren señales OMI diferenciadas. La señal OMI-9140 identifica especificamente la configuracion abisagrada de hoja unica con autocierre. En puertas dobles, cada hoja debe contar con su propio mecanismo de cierre y la señalizacion debe reflejar correctamente la tipologia instalada.
La ausencia o deterioro de la señalizacion OMI en puertas Clase A puede motivar observaciones o deficiencias en inspecciones del Estado Rector del Puerto (PSC) bajo el Memorando de Paris, con posibilidad de detencion del buque hasta subsanar. En buques de bandera española, la ITC-MAB 6 exige que toda señalizacion se mantenga legible y en buen estado; su incumplimiento constituye infraccion sancionable por Capitania Maritima conforme al RDL 2/2011.