Señal marítima OMI para generador de emergencia fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capítulo II-2. Identifica con precisión la ubicación del grupo electrógeno de emergencia a bordo, garantizando la localización inmediata de esta fuente de energía crítica en caso de apagón o fallo del suministro principal. Disponible en materiales fotoluminiscentes y rígidos homologados para entornos náuticos.
En cualquier buque sujeto al Convenio SOLAS, el generador eléctrico de emergencia —ya sea un grupo electrógeno diésel o un sistema de alimentación alternativo— debe estar señalizado de forma inequívoca para que la tripulación lo localice sin demora durante un apagón o situación de crisis. La Resolución IMO A.760(18) fija los pictogramas normalizados, los colores y las dimensiones mínimas de cada señal a bordo, mientras que la ITC-MAB 6 traslada esos requisitos al ámbito de la flota española, exigiendo que la señal esté colocada en el espacio de máquinas o en el punto de acceso al cuadro de potencia de emergencia. El incumplimiento bloquea el despacho en Capitanía Marítima. Los materiales homologados —fotoluminiscentes, rígidos o autoadhesivos resistentes al combustible y la humedad— garantizan la legibilidad incluso cuando el motor principal ha fallado y la iluminación convencional está fuera de servicio. Señalizar correctamente el generador eléctrico de emergencia no es un detalle accesorio: es el primer paso para que la fuente de energía de reserva cumpla su función cuando más importa.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
Un generador de emergencia es una fuente de energía eléctrica autónoma, habitualmente un grupo electrógeno diésel, que entra en funcionamiento automáticamente cuando el suministro eléctrico principal del buque falla. El Convenio SOLAS Capítulo II-2 lo exige para mantener operativos los sistemas de seguridad críticos —alumbrado de emergencia, radiocomunicaciones, gobierno y contra incendios— durante un apagón total. La señal OMI IMO A.760(18) identifica su ubicación exacta a bordo.
Según el Convenio SOLAS Capítulo II-1, el generador de energía de emergencia es el equipo capaz de alimentar de forma independiente los servicios esenciales del buque durante un mínimo de tiempo establecido en función del tipo de embarcación. Debe situarse fuera del espacio de máquinas principal, tener arranque automático y contar con señalización normalizada conforme a la Resolución IMO A.760(18) e ITC-MAB 6 para que cualquier miembro de la tripulación lo localice de inmediato.
La conexión de un generador de emergencia a bordo debe realizarla personal cualificado siguiendo el proyecto eléctrico aprobado por la Administración Marítima. El cuadro de conmutación automática (ATS) transfiere la carga al grupo electrógeno en segundos tras detectar el fallo de red. La señal OMI correspondiente —conforme a IMO A.760(18)— debe colocarse junto al acceso al cuadro de potencia de emergencia y en el local del generador para facilitar la intervención rápida de la tripulación.
En la flota española, la señalización del generador eléctrico de emergencia está regulada por la Resolución IMO A.760(18) —que define pictogramas y dimensiones—, la ITC-MAB 6 —que la incorpora al ordenamiento nacional— y el Convenio SOLAS Capítulo II-2. La Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011) tipifica su ausencia como infracción que puede impedir el zarpe y acarrear multas de hasta 300.000 €.
La señal OMI para generador de emergencia puede fabricarse en soporte fotoluminiscente (acumula luz y emite en la oscuridad, ideal para espacios de máquinas), rígido en PVC o aluminio resistente a la humedad y al combustible, o en vinilo autoadhesivo homologado para superficies metálicas. En todos los casos, los colores y el pictograma deben ajustarse exactamente a la Resolución IMO A.760(18) para superar la inspección de Capitanía Marítima.