Señal marítima OMI para la localización del equipo de respiración de emergencia a bordo. Fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2, con materiales fotoluminiscentes de alta durabilidad aptos para ambientes marinos.
En entornos marítimos, la correcta identificación del equipo de respiración de emergencia puede resultar determinante en situaciones de emergencia a bordo. La señal OMI OMI-2140 cumple con la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y las exigencias del Convenio SOLAS Cap. II-2, garantizando que los trabajadores y tripulantes localicen de inmediato los equipos de proteccion respiratoria —ya sean equipos de circuito abierto (SCBA) o de oxigeno autonomo— en situaciones de emergencia. Su diseño estandarizado, con simbolo ISO reconocible a nivel internacional, asegura la trazabilidad ante inspecciones de Capitania Maritima y facilita el despacho del buque sin incidencias.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
Un equipo de respiracion de emergencia (ERE) es un dispositivo que suministra aire u oxigeno autonomo al usuario cuando la atmosfera del compartimento es irrespirable o desconocida. En el ambito maritimo, el Convenio SOLAS Cap. II-2 y la ITC-MAB 6 exigen su presencia en zonas especificas del buque, junto con la señalizacion OMI que lo identifica, para garantizar la seguridad de la tripulacion en situaciones de emergencia.
El equipo SCBA (Self-Contained Breathing Apparatus) opera en circuito abierto: suministra aire comprimido desde una botella y expulsa el aire espirado al exterior, ofreciendo total autonomia. El equipo semiautonomo combina suministro de aire externo con una reserva interna limitada. La señal OMI OMI-2140 identifica la ubicacion de ambos tipos conforme a la Resolucion IMO A.760(18), independientemente del modelo instalado a bordo.
En buques de bandera española, los equipos de proteccion respiratoria y su señalizacion quedan regulados principalmente por la Resolucion IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Cap. II-2. Ademas, el RD 485/1997 Anexo III establece criterios generales de señalizacion de seguridad aplicables al entorno laboral maritimo. El incumplimiento puede derivar en infraccion segun la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011).
Los mas habituales a bordo son los equipos de circuito abierto (SCBA) con botella de aire comprimido, los aparatos de oxigeno autonomo de circuito cerrado y los equipos de escape de emergencia (EEBD). Su eleccion depende del tipo de buque y las zonas de riesgo definidas por el Convenio SOLAS Cap. II-2. Sea cual sea el tipo instalado, la señal OMI A.760(18) correspondiente debe estar colocada de forma visible en el punto de almacenamiento.
La ITC-MAB 6 y la Resolucion IMO A.760(18) exigen que las señales de equipo de respiracion de emergencia se instalen directamente sobre o junto al armario o soporte donde se almacena el equipo, en zonas de maquinas, espacios de carga y corredores de emergencia. Deben ser claramente visibles incluso con humo o iluminacion reducida, por lo que se recomienda el uso de materiales fotoluminiscentes conformes con la norma UNE-EN ISO 7010:2020.