Señal OMI marítima para identificar el cortafuegos en respiradero de espacios de carga, fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18) y al Convenio SOLAS Capítulo II-2. Materiales homologados con pictograma normalizado que garantiza la visibilidad y el control inmediato del elemento de compartimentación contra el fuego en cualquier condición de navegación.
El cortafuegos en respiradero de espacios de carga es un componente crítico de seguridad contra incendios a bordo: su compuerta o cortina de cierre impide la propagación de llamas y gases entre compartimentos cuando se activa el sistema de control de humos y fuego. La Resolución IMO A.760(18) y el Convenio SOLAS Cap. II-2 exigen señalizar con exactitud la ubicación y el funcionamiento de cada elemento de compartimentación, incluido este tipo de compuertas sobre respiraderos. La ITC-MAB 6 concreta los requisitos de instalación para buques de bandera española. Sin una señal correctamente colocada, la tripulación no puede actuar con rapidez durante una emergencia, comprometiendo tanto la seguridad del buque como el despacho ante la Capitanía Marítima. Nuestra señal emplea materiales resistentes a la humedad marina y al calor, garantizando legibilidad en las condiciones más exigentes.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
Un cortafuegos a bordo es un elemento de compartimentacion —compuerta, cortina o damper— que cierra automaticamente o de forma manual una abertura (como un respiradero de espacios de carga) para impedir que el fuego y los gases calientes se propaguen entre zonas del buque. El Convenio SOLAS Cap. II-2 regula su diseño, materiales y señalizacion obligatoria para garantizar una respuesta eficaz en emergencias.
Cuando se detecta fuego o humo, la compuerta cortafuegos del respiradero se activa —por fusible termico, accionamiento manual o sistema automatico— bloqueando el paso de aire y llamas hacia o desde el espacio de carga. La señal OMI A.760(18) indica exactamente la posicion del dispositivo para que la tripulacion pueda verificar su estado o accionarlo de forma manual sin perdida de tiempo durante la emergencia.
El termino cortafuegos forestal hace referencia a fajas de terreno despejado que frenan la propagacion de incendios en masa vegetal. En el ambito maritimo-SOLAS, un cortafuegos es un elemento constructivo (compuerta, damper o cortina) instalado en aberturas de la estructura del buque. Ambos cumplen la misma funcion logica —interrumpir la propagacion del fuego— pero se rigen por normativas completamente distintas: IMO A.760(18) e ITC-MAB 6 para el entorno naval.
Segun la Resolucion IMO A.760(18) y la ITC-MAB 6, la señal debe colocarse en la proximidad inmediata del respiradero señalizado, en lugar visible desde la ruta de acceso habitual de la tripulacion. Debe quedar libre de obstrucciones y ser legible bajo iluminacion de emergencia. La altura de montaje y el tamaño del pictograma deben cumplir los criterios de visibilidad establecidos en la normativa para garantizar una identificacion rapida del elemento de control contra incendios.
La ausencia de señalizacion OMI obligatoria en elementos como el cortafuegos de respiradero de carga es una deficiencia detectable en cualquier inspeccion de Capitania Maritima o PSC (Port State Control). Conforme a la ITC-MAB 6 y al RDL 2/2011 (Ley de Puertos del Estado), puede suponer retencion del buque, imposibilidad de zarpe y apertura de expediente sancionador. Regularizar la señalizacion antes de cada inspeccion es la medida preventiva mas sencilla y economica.