Señal marítima OMI (SKU: OMI-9525) para identificar el dispositivo de control remoto de cierre de ventilación en zonas comunes a bordo. Fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18), la ITC-MAB 6 y el Convenio SOLAS Capítulo II-2, en materiales homologados de alta resistencia para entornos marinos. Obligatoria en buques sujetos a inspección de Capitanía Marítima.
El control remoto de cierre de ventilación en zonas comunes es un elemento crítico dentro de los sistemas de lucha contra incendios a bordo: al activarse, corta el suministro de aire que alimenta la propagación del fuego a través de aberturas y conductos de extracción. La Resolución IMO A.760(18) y el Convenio SOLAS Cap. II-2 exigen que cada dispositivo de accionamiento esté identificado con la señal normalizada correspondiente, visible desde la distancia requerida y colocada de forma que no pueda confundirse con otros mandos. Según la ITC-MAB 6, las señales deben disponerse en los puestos de control, escaleras y mamparos próximos al dispositivo, garantizando su localización inmediata en situaciones de emergencia. El uso de materiales fotoluminiscentes o reflectantes homologados asegura la legibilidad incluso con iluminación de emergencia reducida, condición habitual cuando una bomba contra incendios ya está en operación y los sistemas eléctricos secundarios han conmutado.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
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NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
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Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.
En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.
La señalización del cierre de ventilación a bordo está regulada por la Resolución IMO A.760(18), que establece los símbolos normalizados para sistemas de seguridad marítima, y por el Convenio SOLAS Capítulo II-2, que define los requisitos de los sistemas de control de incendios. En España, la ITC-MAB 6 concreta su aplicación en buques de bandera española, exigiendo que cada dispositivo de accionamiento remoto esté claramente identificado con la señal OMI correspondiente antes del despacho por Capitanía Marítima.
El sistema de control remoto de cierre de ventilacion permite interrumpir el flujo de aire en conductos y aberturas de zonas comunes desde un puesto centralizado, sin necesidad de acceder físicamente al dispositivo. Al activarse, los dámpers o compuertas cortan la extraccion de aire, limitando el oxígeno disponible para la combustión y retardando la propagacion del fuego. Esta accion debe poder ejecutarse a distancia conforme al SOLAS Cap. II-2, y el punto de mando ha de estar señalizado con la señal OMI normalizada.
Un sistema de control de ventilacion a bordo es el conjunto de conductos, compuertas, extractores y mandos que gestionan la circulacion de aire en espacios habitables, escaleras, zonas de maquinas y areas comunes. En contexto de seguridad contra incendios, su funcion critica es poder aislar o detener la extraccion de aire de manera remota cuando se detecta un siniestro, segun exige el SOLAS Cap. II-2. El dispositivo de cierre y su señal OMI son componentes obligatorios de este sistema.
En caso de incendio, el cierre de ventilacion se activa desde el puesto de control remoto señalizado con la señal OMI A.760(18), accionando las compuertas cortafuego o dámpers instalados en los conductos que comunican con las zonas comunes. Es fundamental que el operador localice rapidamente el mando gracias a la señal normalizada, especialmente en condiciones de humo o visibilidad reducida. La ITC-MAB 6 especifica que estos dispositivos deben disponerse a una distancia y altura accesibles desde los puestos de emergencia.
La Resolucion IMO A.760(18) define simbolos especificos para cada funcion del sistema de ventilacion: apertura, cierre, control remoto y dispositivos de extraccion. Para el control remoto de cierre en zonas comunes, el simbolo normalizado corresponde al SKU OMI-9525, diferenciado de los mandos de espacios de maquinas o bodegas. Existen variantes en distintos materiales y formatos (rigido, adhesivo, fotoluminiscente) adaptados a las condiciones de cada ubicacion a bordo, siempre respetando las dimensiones minimas establecidas por la normativa.