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OMI-9590

Señal / cartel OMI marítima — Bocina sistema de extinción por empape

SKU: OMI-9590

Señal marítima OMI que identifica la bocina del sistema de extinción por empape, fabricada conforme a la Resolución IMO A.760(18) e ITC-MAB 6. Materiales fotoluminiscentes o rígidos homologados garantizan visibilidad en condiciones de emergencia a bordo, cumpliendo el Convenio SOLAS Cap. II-2 sobre sistemas fijos de extinción de incendios en buques.

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Material
En stock
SEÑAL OMI · FIRE CONTROL
Pictograma rojo sobre fondo amarillo (UNE-EN ISO 17631)
Señalización marítima OMI · Fire control plans
Bocina sistema de extinción por empape
OMI-9590 · 150×150 mm

¿Por qué señalizar la bocina de empape?

Los sistemas de extinción por empape utilizan agua en descarga masiva para sofocar incendios en zonas críticas del buque, como campanas de cocinas, salas de maquinaria o bodegas. Localizar con rapidez la bocina de activación puede ser decisivo durante la evacuación: la señal OMI homologada, exigida por la Resolución IMO A.760(18) y la ITC-MAB 6, normaliza el diseño visual para que cualquier tripulante o inspector identifique el elemento de accionamiento al instante. Su colocación es obligatoria en buques sujetos al Convenio SOLAS Cap. II-2 y forma parte de los planes de seguridad contra incendios revisados en cada despacho de Capitanía Marítima.

Clase A vs Clase B vs No fotoluminiscente

⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
Premium fotoluminiscente
Buques de pasaje, ferries con evacuaciones complejas, instalaciones estratégicas.
✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
Fotoluminiscente uso general
Carga, mercante, pesca, recreo. Cumple SOLAS y mínimo legal UNE 23035-4.
NO FOTOLUMINISCENTE
PVC BLANCO
Adhesivo blanco intemperie sin propiedades fotoluminiscentes.
Identificación en zonas siempre iluminadas, embarcaciones recreo, etiquetado.
💡 ¿Cuál elegir?

Clase B cubre el mínimo legal exigido por SOLAS y UNE 23035-4 — suficiente en buques mercantes, de carga y pesca. Elige Clase A si el armador o autoridad portuaria exige luminancia premium (transporte de pasajeros, ferries, plataformas offshore). PVC blanco solo si la señal no entra en plan SOLAS y solo se usa para identificación interna.

Aplicaciones a bordo

  • Buques de pasaje y ferries — Clase A obligatorio en vías de evacuación.
  • Buques de carga, portacontenedores, mercantes — Clase B para señalización general SOLAS.
  • Pesqueros — Clase B en castillete, cubierta y zona de bote.
  • Embarcaciones de recreo — Clase B o PVC blanco según tamaño y autoridad.
  • Plataformas offshore, FSO/FPSO — Clase A en evacuación y zonas de seguridad.

Materiales disponibles

  • PVC adhesivo Clase A o B — Adhesivo industrial para pegado directo sobre superficies lisas (mamparos, puertas, escotillas).
  • PVC rígido / plancha 1 mm Clase A o B — Sustrato semi-rígido para fijación mecánica o adhesivo de doble cara.
  • PVC adhesivo blanco intemperie no fotoluminiscente — Económico, exterior, para identificación que no requiera luminancia residual.

Normativa aplicable

  • IMO A.760(18) — Resolución sobre símbolos relacionados con dispositivos y medios de salvamento
  • IMO A.952(23) — Símbolos gráficos para planos de control de incendios a bordo (fire control)
  • UNE-EN ISO 17631 — Buques y tecnología marina. Símbolos para planos de control de incendios
  • UNE-EN ISO 24409 — Buques y tecnología marina. Diseño y colocación de signos de seguridad
  • UNE 23035-4 — Señalización fotoluminiscente. Productos fotoluminiscentes
  • SOLAS — Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar

Sanciones por no señalizar correctamente

En buques de bandera española, la falta de señalización OMI requerida por la ITC-MAB 6 y la Resolución IMO A.760(18) impide el despacho de la Capitanía Marítima y constituye infracción de la Ley de Puertos del Estado (RDL 2/2011): multa 60–300.000 € según gravedad + imposibilidad de zarpe hasta corregir.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un sistema de extinción de incendios por empape?

Un sistema de extinción por empape descarga grandes volúmenes de agua de forma uniforme sobre una superficie para inundar y sofocar el fuego. Se emplea habitualmente en bodegas de carga, salas de maquinaria y zonas de campanas de cocinas de buques. La bocina es el dispositivo sonoro o manual que activa la descarga; señalizarla correctamente conforme a la Resolución IMO A.760(18) y al Convenio SOLAS Cap. II-2 es obligatorio para facilitar su localización durante una emergencia.

¿Un sistema de extinción de incendios puede ser activado por sonido?

Tecnologías experimentales han demostrado que ondas de sonido de baja frecuencia pueden interrumpir la combustión en condiciones controladas de laboratorio. Sin embargo, los sistemas de extinción homologados a bordo bajo SOLAS Cap. II-2 se basan en agentes físicos o químicos: agua, CO2, polvo o gases limpios. La bocina señalizada con esta placa OMI es el dispositivo de aviso o accionamiento del sistema de empape, no un mecanismo de extinción por audio.

¿El extintor de CO2 tiene bocina de descarga y para qué sirve?

Sí. Los extintores de CO2 incorporan una bocina difusora que expande y dirige el gas hacia la base de las llamas, evitando además quemaduras por frío en el operario. Aunque la función es diferente a la bocina de activación de un sistema de empape, ambos elementos deben estar claramente señalizados a bordo: la normativa IMO A.760(18) e ITC-MAB 6 establecen pictogramas específicos para cada uno y su correcta identificación es revisada en las inspecciones de Capitanía Marítima.

¿Cuáles son los métodos de extinción de incendios reconocidos?

Los cuatro métodos fundamentales son: enfriamiento (reducir temperatura con agua), sofocación (eliminar oxígeno), dilución o eliminación del combustible y inhibición química de la reacción en cadena. El sistema de empape actúa principalmente por enfriamiento y sofocación. Conocer estos principios ayuda a la tripulación a seleccionar el agente correcto y a interpretar la señalización OMI dispuesta en cada zona del buque conforme a SOLAS Cap. II-2.

¿Es obligatoria la señal OMI de bocina de extinción por empape en todos los buques?

La obligación aplica a los buques sujetos al Convenio SOLAS Cap. II-2 que dispongan de sistemas fijos de extinción por empape. La ITC-MAB 6 desarrolla estos requisitos para buques de bandera española, remitiendo a los pictogramas estandarizados de la Resolución IMO A.760(18). La señal debe colocarse junto a cada bocina o punto de accionamiento y estar en perfecto estado de visibilidad; su ausencia puede bloquear el despacho de la embarcación por la Capitanía Marítima.

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