Señal ADR para el transporte de materias radiactivas fisionables (Clase 7) por carretera. Fabricada en materiales resistentes homologados, identifica bultos e IBC que contienen material radiactivo inestable con capacidad de fisión nuclear. Cumple con el Acuerdo Europeo ADR y el RD 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.
Materias radiactivas (Clase 7). Categoría FISSILE — fisibles.
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ESTÁNDAR BULTOS
100 × 100 mm
Etiqueta estándar para identificar bultos, embalajes y contenedores pequeños conforme ADR 5.2.
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PLACA-ETIQUETA
300 × 300 mm
Placa-etiqueta para vehículos, cisternas, contenedores y vagones de mercancías peligrosas (ADR 5.3).
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El transporte de mercancías peligrosas sin etiquetado ADR correcto constituye infracción según el RD 97/2014: multas leves 1.001–30.000 €, graves 30.001–90.000 €, muy graves 90.001–600.000 €. Inmovilización del vehículo + responsabilidad penal del cargador y transportista.
La Clase 7 ADR engloba todas las materias radiactivas, es decir, sustancias cuya actividad especifica supera 70 kBq/kg y que emiten radiacion ionizante de forma espontanea. Incluyen isotopos inestables usados en medicina nuclear, industria o generacion de energia. Dentro de esta clase, la subclasificacion FISSILE identifica materiales como el uranio-235 o el plutonio-239, capaces de sostener una reaccion de fisión en cadena, lo que exige medidas de seguridad adicionales durante el transporte segun el Acuerdo Europeo ADR y el RD 97/2014.
El ADR distingue tres tipos de bultos industriales para el transporte de materias radiactivas (Clase 7): Tipo IP-1 (sin requisitos especiales de resistencia), Tipo IP-2 (mayor resistencia mecanica e impermeabilidad) y Tipo IP-3 (maxima resistencia estructural). Ademas, existen bultos excepcionales, de Tipo A y de Tipo B para materiales de mayor actividad. Cuando el contenido es fisionable, cada bulto debe llevar adicionalmente la etiqueta FISSILE, independientemente de la categoria de radiacion (I, II o III).
La etiqueta de Clase 7 Categoria II-AMARILLA se aplica cuando el indice de transporte del bulto es mayor que 0 pero no superior a 1, y la tasa de dosis maxima en la superficie supera 5 µSv/h sin exceder 500 µSv/h. Coexiste con la etiqueta FISSILE cuando el material es fisionable. La categoria determina las restricciones de estiba y agrupamiento en el vehiculo. El Acuerdo ADR y el RD 97/2014 exigen que ambas etiquetas sean claramente visibles en cada cara del bulto o contenedor durante todo el transporte.
Una materia radiactiva en forma especial es aquella que, bien siendo solida no dispersable, bien estando encapsulada en una capsula sellada, cumple los ensayos de impacto, percusion, flexion y calor del Acuerdo ADR (seccion 2.2.7.2.3.1). Esta condicion reduce el riesgo de dispersion del material en caso de accidente. Aunque la forma especial facilita ciertos tramites de clasificacion, si el isótopo es fisionable, la señal FISSILE Clase 7 sigue siendo obligatoria, ya que el riesgo de criticidad es independiente del estado fisico del material.
Un ejemplo tipico de mercancia peligrosa Clase 7 fisionable es el hexafluoruro de uranio enriquecido (UF6) o los elementos combustibles de reactores nucleares que contienen uranio-235 o plutonio-239. Tambien entran en esta categoria ciertos isotopos usados en aplicaciones industriales y de investigacion. Su transporte por carretera en Espana requiere vehiculos habilitados, documentacion ADR completa y la señal FISSILE homologada segun el RD 97/2014, ademas de notificacion previa a la autoridad competente en muchos casos.