+34 985 31 90 55

¡Oferta!
TB-060

Señal / cartel de Ley Antitabaco — Prohibida la venta a menores de 18 años

SKU: TB-060

Cartel oficial de prohibición de venta de tabaco y productos relacionados a menores de 18 años, obligatorio en todos los puntos de venta conforme a la Ley 28/2005 y su modificación por la Ley 42/2010. Fabricado en materiales duraderos aptos para uso interior en establecimientos de consumo, estancos, supermercados y cualquier punto de venta que comercialice bebidas alcohólicas o productos de tabaco.

1.41 +IVA
Medidas
Material
En stock
LEY ANTITABACO
Cartel obligatorio Ley 42/2010
Espacios sin humo · Ley 42/2010
Prohibida la venta a menores de 18 años
TB-060

¿Qué establecimientos deben exhibirlo?

La Ley 42/2010, que modifica la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo, obliga a todos los titulares de establecimientos que vendan tabaco, bebidas alcohólicas u otros productos restringidos a menores a exhibir de forma visible el cartel de prohibición de venta a menores de 18 años. Esta obligación afecta a estancos, supermercados, bares, discotecas, máquinas expendedoras y cualquier punto de consumo o venta de productos regulados. La señal debe colocarse en el mostrador o en un lugar de acceso al público donde quede perfectamente visible. El incumplimiento de esta señalización constituye infracción administrativa sancionable por la autoridad sanitaria autonómica, que realiza inspecciones periódicas. Adicionalmente, el RD 579/2017 sobre envasado de productos del tabaco refuerza el marco regulatorio que justifica la presencia de esta señalización en el entorno de venta.

LEY ANTITABACOSeñalización DiversaTB-060

Características

  • Cartel obligatorio. Locales cerrados de pública concurrencia, lugares de trabajo, etc.
  • 2 medidas disponibles. 210×148 mm y 297×210 mm según ubicación
  • PVC adhesivo o PVC 0,7 mm. Pegado directo o atornillado/colgado
  • Texto legal completo. Referencia Ley 42/2010 + BOE 31 diciembre

Normativa aplicable

  • Ley 42/2010 — Modifica Ley 28/2005 medidas sanitarias frente al tabaquismo
  • Ley 28/2005 — Medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta

Preguntas frecuentes

¿Que ley prohíbe la venta de tabaco y alcohol a menores de 18 años en España?

En España, la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo y su modificación por la Ley 42/2010 prohíben expresamente la venta de tabaco a menores de 18 años. Para el alcohol, diversas normativas autonómicas y estatales, como la Ley 2/1995, de 2 de marzo, contra la venta y publicidad de bebidas alcohólicas a menores, establecen la misma restricción. Ambas prohibiciones deben señalizarse de forma visible en el establecimiento.

¿Es obligatorio colocar un cartel de prohibida la venta de alcohol a menores de 18 años?

Sí. La Ley 42/2010 y la normativa autonómica de consumo obligan a los titulares de establecimientos a exhibir un cartel visible que informe de la prohibición de venta de bebidas alcohólicas y productos de tabaco a menores de 18 años. Su ausencia puede ser sancionada como infracción leve, grave o muy grave según la autoridad sanitaria competente. El cartel debe situarse en el mostrador o en un lugar de acceso habitual al público.

¿Se aplica esta prohibicion tambien a las bebidas energeticas?

Varias comunidades autónomas, siguiendo las recomendaciones del Gobierno, han legislado o están legislando para prohibir la venta de bebidas energéticas a menores. Aunque la normativa estatal no las recoge aún de forma unificada, algunas administraciones ya exigen señalización específica. Se recomienda comprobar la normativa autonómica aplicable y, en caso de duda, exhibir el cartel de prohibición de venta a menores también para este tipo de productos.

¿Existen restricciones horarias para la venta de alcohol ademas de la prohibicion a menores?

Sí. Muchas comunidades autónomas establecen horarios de prohibición de venta de alcohol, habitualmente a partir de las 22:00 o 23:00 horas en establecimientos de alimentación y venta al menor. Estas restricciones horarias son independientes de la prohibición por edad y también suelen requerir señalización visible en el punto de venta conforme a la normativa autonómica de consumo y prevención del alcohol.

¿Donde se coloca el cartel de prohibida la venta a menores de 18 años en el establecimiento?

La Ley 42/2010 y las guías de las autoridades sanitarias indican que el cartel debe ubicarse en un lugar perfectamente visible para el consumidor, preferiblemente en el mostrador de caja, en el acceso al establecimiento o junto a los expositores de tabaco y bebidas alcohólicas. El objetivo es que cualquier comprador —y el propio dependiente— recuerde la obligación legal antes de realizar la transacción.

Accesorios y productos relacionados

Señal / cartel de Ley Antitabaco — 4 pictogramas combinado

Señal de Ley Antitabaco con 4 pictogramas combinado,
SKU: TB-050
1.41 +IVA
+IVA

Señal / cartel de Ley Antitabaco — Prohibida venta tabaco menores (advertencia salud)

Cartel oficial de prohibida la venta de tabaco
SKU: TB-080
1.41 +IVA
+IVA

Señal / cartel de Ley Antitabaco — Prohibido consumir productos del tabaco (cigarrillos electrónicos)

Señal TB-030 para la prohibición de consumo de
SKU: TB-030
1.41 +IVA
+IVA

Señal / cartel de Ley Antitabaco — Combinado prohibido fumar y cigarrillos electrónicos

Cartel combinado prohibido fumar y cigarrillos electrónicos homologado
SKU: TB-040
1.41 +IVA
+IVA

Señal / cartel de Ley Antitabaco — Prohibido consumir productos del tabaco

Cartel oficial de prohibicion de consumo de productos
SKU: TB-020
1.41 +IVA
+IVA

Señal / cartel de Ley Antitabaco — Prohibida venta cigarrillos electrónicos a menores

Señal TB-070 de prohibición de venta de cigarrillos
SKU: TB-070
1.41 +IVA
+IVA
Expertos en Protección Contra Incendios y Sistemas de Seguridad