Señal normalizada para identificar la ubicación del equipo autónomo de respiración (SCBA), fabricada en materiales fotoluminiscentes conforme a UNE 23034 y al pictograma oficial UNE-EN ISO 7010:2020. De uso obligatorio en instalaciones sujetas al RD 485/1997 Anexo III y al RD 513/2017, garantiza la localización inmediata del equipo en atmósferas con déficit de oxígeno, espacios confinados y entornos de intervención de bomberos.
|
CLASE A
280 milicandelas
Mayor luminancia residual
Edificios estratégicos |
CLASE B
108 milicandelas
Estándar UNE 23035
Uso general |
![]() Cuadrado · mm × mm
|
![]() Rectangular · mm × mm
|
Pictograma fotoluminiscente «Equipo autónomo de respiración» según UNE 23034:2023.
La falta de señalización de evacuación obligatoria conforme RD 485/1997 + RD 513/2017 (instalaciones de PCI) constituye infracción grave LISOS art. 12.16 (2.046–40.985 €). En instalaciones de uso público, además incumple el CTE DB-SI sección 3 y bloquea la licencia de actividad municipal.
Un equipo de respiración autónomo (SCBA, Self-Contained Breathing Apparatus) es un aparato de circuito abierto que suministra aire comprimido desde una botella portátil, independizando al usuario de la atmósfera exterior. Se usa en intervenciones de bomberos, rescate y trabajos en atmósferas con déficit de oxígeno o contaminadas por gases. Su señalización en el punto de almacenamiento es obligatoria conforme al RD 485/1997 Anexo III.
En España, la señalización de estos equipos se rige por el RD 485/1997 Anexo III (señales de seguridad en el trabajo) y el RD 513/2017 para instalaciones PCI. El pictograma debe cumplir UNE-EN ISO 7010:2020 y el soporte fotoluminiscente la norma UNE 23034. El equipo en sí debe contar con marcado CE conforme a la Directiva 89/686/CEE o el Reglamento UE 2016/425 sobre EPI.
El equipo autónomo (SCBA) lleva su propia botella de aire comprimido y no depende de ninguna fuente externa, lo que permite total libertad de movimiento. El equipo semiautónomo combina una pequeña reserva de aire con suministro por línea, limitando el radio de acción. Para intervenciones en espacios confinados o en incendios, se recomienda el equipo autónomo por su mayor autonomía y seguridad.
El RD 485/1997 y la Guía Técnica del INSST exigen señalizar la ubicación del equipo autónomo en recintos con riesgo de atmósfera deficiente en oxígeno o tóxica: silos, depósitos, alcantarillas, bodegas de barco, túneles y salas de máquinas, entre otros. La señal fotoluminiscente conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 garantiza su localización incluso con alumbrado de emergencia reducido.
La señal debe instalarse directamente sobre el punto de almacenamiento o en el acceso inmediato al mismo, a una altura y ángulo que garanticen visibilidad desde la distancia de uso prevista, tal como establece el RD 485/1997 Anexo III apdo. 2. En instalaciones PCI sujetas al RD 513/2017, la señalización debe mantenerse libre de obstáculos y revisarse periódicamente para asegurar la correcta fotoluminiscencia conforme a UNE 23034.