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Agua potable
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Agua potable

SKU: EYS-341

Señal de agua potable fabricada conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997 Anexo III, con fotoluminiscencia UNE 23034 clase A. Indica puntos de toma e instalaciones donde el agua es apta para consumo humano. Disponible en materiales rígidos y adhesivos de alta durabilidad para uso en industria, instalaciones públicas y depósitos de agua potable.

1.87 +IVA
Medidas
Material
Clase
En stock
CLASE A
280 milicandelas
Mayor luminancia residual
Edificios estratégicos
CLASE B
108 milicandelas
Estándar UNE 23035
Uso general
Evacuación y salvamento · Rutas de evacuación
Señalización fotoluminiscente · Clase A y Clase B
UNE 23034:2023 · UNE-EN ISO 7010 · EYS-341
EYS-341 Cuadrado
Cuadrado · mm × mm
210 x 210 mm d ≤ 10 m
420 x 420 mm 10 – 20 m
630 x 630 mm 20 – 30 m
EYS-341 Rectangular
Rectangular · mm × mm
297 x 210 mm 10 – 20 m
594 x 420 mm 20 – 30 m
891 x 630 mm 20 – 30 m
d = distancia de visualización (metros)
Señal fotoluminiscenteUNE 23034:2023UNE-EN ISO 7010EYS-341Clase A y Clase BCuadrado y Rectangular

Agua potable

Pictograma fotoluminiscente «Agua potable» según UNE-EN ISO 7010 (E015).

¿Para qué sirve esta señal?
Identifica un punto de agua potable apto para consumo humano. Distingue de fuentes de agua no potable o industrial. Obligatorio en centros de trabajo con afluencia de personal según RD 486/1997.
Cómo instalarla
Sobre o junto al punto de agua, a 1,7-2,0 m.
Obligatoriedad y normativa
UNE-EN ISO 7010, RD 486/1997, RD 140/2003 (calidad aguas consumo), UNE 23035-4.

Materiales disponibles

PVC 1 mm (Clase A) / PVC 0,8 mm (Clase B)
Estándar para interiores.
Plancha 1 mm / PVC Adhesivo
PVC luminiscente con adhesivo en cara frontal.
Aluminio 0,8 mm Intemperie
Para exteriores, garajes o ambientes industriales.

Normativa aplicable

  • UNE 23034:2023 — Señalización de seguridad · Vías de evacuación.
  • UNE-EN ISO 7010 — Símbolos gráficos · Señales de seguridad.
  • UNE 23035-4 — Productos fotoluminiscentes.
  • RD 485/1997 — Señalización seguridad y salud en el trabajo.
  • CTE DB-SI 3 — Documento Básico Seguridad en caso de Incendio · Evacuación.
  • CTE DB-SUA — Seguridad de Utilización y Accesibilidad.

Sanciones por no señalizar correctamente

La falta de señalización de evacuación obligatoria conforme RD 485/1997 + RD 513/2017 (instalaciones de PCI) constituye infracción grave LISOS art. 12.16 (2.046–40.985 €). En instalaciones de uso público, además incumple el CTE DB-SI sección 3 y bloquea la licencia de actividad municipal.

Preguntas frecuentes

¿Que diferencia hay entre agua potable y agua no potable en una instalacion?

El agua potable es aquella apta para consumo humano y animal sin causar problemas de salud, segun la definicion reconocida a nivel europeo. El agua no potable se usa en circuitos industriales, refrigeracion o contra incendios y no puede ingerirse. En instalaciones donde ambos circuitos coexisten, el RD 485/1997 Anexo III obliga a señalizarlos de forma inequivoca mediante senales homologadas UNE-EN ISO 7010 para evitar errores que comprometan la salud de los trabajadores.

¿Como saber si el agua de una instalacion industrial es potable?

La forma mas segura es combinar analisis de calidad del agua conforme a los parametros del Real Decreto 3/2023 (transposicion de la Directiva 2020/2184/UE) con una señalizacion clara en el punto de toma. Si la instalacion cuenta con depositos propios, estos deben estar identificados y el agua debe cumplir criterios de aptitud para consumo humano. La senal homologada UNE-EN ISO 7010 en cada grifo o toma es la evidencia visual que exige la inspeccion de trabajo.

¿Que ocurre si se bebe agua no potable en el trabajo?

Consumir agua no potable puede provocar gastroenteritis, intoxicaciones por metales pesados o contaminacion microbiologica, dependiendo del origen del circuito. Desde el punto de vista legal, si la empresa no ha señalizado correctamente los puntos de agua segun el RD 485/1997 Anexo III, es responsable del daño y puede ser sancionada por infraccion grave conforme al art. 12.16 de la LISOS. La señalizacion correcta es la primera barrera preventiva.

¿Cual es la normativa que regula la señal de agua potable en España?

La señalizacion de agua potable en centros de trabajo esta regulada principalmente por el RD 485/1997 Anexo III, que establece los requisitos de señalizacion de seguridad e higiene. El simbolo grafico debe cumplir la norma UNE-EN ISO 7010:2020, que armoniza los pictogramas a nivel europeo. En instalaciones con riesgo de incendio o afluencia publica, tambien aplica el RD 513/2017 para instalaciones de PCI y el CTE DB-SI en edificios.

¿Donde se coloca la señal de agua potable en depositos e instalaciones?

La señal debe colocarse en cada punto de toma, grifo, surtidero o deposito cuya agua sea apta para consumo humano, especialmente cuando en la misma instalacion existen circuitos de agua industrial o contra incendios. Se recomienda instalarla a altura de vision comoda (entre 1,50 m y 1,80 m sobre el suelo) y en materiales resistentes a la humedad. En instalaciones con escasa iluminacion, la version fotoluminiscente clase A (UNE 23034) garantiza la visibilidad incluso con luz de emergencia.

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