La señal de zona de refugio (EYS-313) identifica el espacio protegido donde las personas con movilidad reducida esperan asistencia durante la evacuación de un edificio en caso de incendio. Fabricada en fotoluminiscente Clase A (UNE 23034), cumple UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997 Anexo III. Obligatoria en edificios sujetos al CTE DB-SI.
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CLASE A
280 milicandelas
Mayor luminancia residual
Edificios estratégicos |
CLASE B
108 milicandelas
Estándar UNE 23035
Uso general |
![]() Cuadrado · mm × mm
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![]() Rectangular · mm × mm
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Pictograma fotoluminiscente «Zona de refugio» según UNE 23034:2023 y UNE-EN ISO 7010 (E024).
La falta de señalización de evacuación obligatoria conforme RD 485/1997 + RD 513/2017 (instalaciones de PCI) constituye infracción grave LISOS art. 12.16 (2.046–40.985 €). En instalaciones de uso público, además incumple el CTE DB-SI sección 3 y bloquea la licencia de actividad municipal.
Una zona de refugio es un espacio protegido contra el fuego, ubicado en cada planta de un edificio junto a la cabeza de escaleras protegidas, donde las personas con movilidad reducida aguardan asistencia durante la evacuacion. El CTE DB-SI lo define como sector de incendio independiente con resistencia al fuego suficiente. La señal EYS-313 lo identifica visualmente conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y RD 485/1997 Anexo III.
El CTE DB-SI sección 3 obliga a prever zonas de refugio en edificios de uso hospitalario, administrativo, residencial publico y otros de ocupacion elevada cuando existen plantas sobre rasante con usuarios de movilidad reducida. Cada zona debe estar señalizada y contar con intercomunicacion bidireccional con el puesto de control. La señal normalizada (pictograma E007 de UNE-EN ISO 7010:2020) es obligatoria en el acceso a dicho espacio.
Ambos terminos designan el mismo concepto: el espacio protegido donde personas con discapacidad esperan evacuacion asistida. La denominacion area de refugio es mas frecuente en normativa internacional (ISO), mientras que zona de refugio es el termino que recoge el CTE DB-SI en Espana. La señal EYS-313 emplea el pictograma internacionalmente reconocido conforme a UNE-EN ISO 7010:2020, valido en ambos contextos normativos.
El CTE DB-SI no fija un numero exacto universal: el calculo depende de la ocupacion de cada planta y del numero de usuarios de movilidad reducida previsto. Como referencia, se debe garantizar una plaza por cada 100 ocupantes (o fraccion) en edificios de uso hospitalario. Cada zona de refugio debe estar señalizada con EYS-313 e incluir sistema de intercomunicacion conforme al DB-SI comentado vigente.
Si. El RD 485/1997 Anexo III exige que las señales de evacuacion sean fotoluminiscentes cuando no se garantiza iluminacion de emergencia suficiente. Ademas, la UNE 23034 regula los requisitos de fotoluminiscencia Clase A para señales de evacuacion en edificios. La EYS-313 esta fabricada en material que cumple ambas exigencias, asegurando visibilidad durante un corte electrico en caso de incendio.