Cartel fotoluminiscente de prohibicion de pulverizar agua con pictograma circular, borde rojo y banda diagonal conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y RD 485/1997. Fabricado en material fotoluminiscente de alta visibilidad, garantiza la correcta señalizacion de zonas con equipos o instalaciones sensibles al agua en entornos industriales, almacenes y centros de trabajo.
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El cartel «Prohibido pulverizar agua» (F930) indica que el uso de agua como agente extintor o de limpieza puede causar electrocución, cortocircuito o daño al equipo en zonas con instalación eléctrica activa. Se aplica en: cuadros eléctricos generales, centros de transformación, salas de generadores, maquinaria industrial en tensión, servidores y datacenters, laboratorios con equipos eléctricos sensibles. Pictograma normalizado UNE-EN ISO 7010 P016 con barra diagonal sobre símbolo de manguera/chorro.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
luminancia a 10 minutos
✓ IDEAL PARA
Norma UNE 23035-4 — la más alta
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
luminancia a 10 minutos
✓ IDEAL PARA
Norma UNE 23035 — cumple mínimo legal
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Clase B es la opción más práctica y económica: cumple el mínimo legal exigido por RD 485/1997 + UNE 23035, suficiente en la mayoría de proyectos. Elige Clase A solo si tu instalación es estratégica, si necesitas mayor visibilidad residual prolongada, o si la normativa interna del cliente la exige.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
El tamaño y la distancia de colocacion de los carteles de prohibicion se determinan mediante la UNE 23033-1:2019, que establece los criterios de superficie minima del pictograma en funcion de la distancia maxima de observacion. Complementariamente, el RD 485/1997 Anexo III fija los requisitos cromaticos y formales para señales de prohibicion: fondo blanco, pictograma negro y borde con banda diagonal en rojo. Cumplir ambas referencias garantiza la validez legal de la señalizacion en centros de trabajo españoles.
La norma UNE 23033-1:2019 es un documento con derechos de propiedad intelectual gestionado por AENOR; su descarga gratuita no es legal. Puede adquirirse directamente en el portal de AENOR o consultarse en bibliotecas tecnicas especializadas. Para verificar que los carteles de señalizacion cumplen esta norma, el propio producto debe indicar la referencia normativa en su ficha tecnica o etiquetado.
Si. La UNE 23033-2 complementa a la parte 1 con requisitos adicionales de señalizacion para casos especificos, como señales fotoluminiscentes en condiciones de emergencia. Para carteles de prohibicion fotoluminiscente como este, resulta especialmente relevante verificar los niveles de luminancia residual exigidos, que deben mantenerse el tiempo suficiente para garantizar la visibilidad tras un corte de suministro electrico, tal como exige tambien la UNE-EN ISO 7010:2020.
El cartel fotoluminiscente absorbe la luz ambiental y la emite progresivamente en la oscuridad, lo que lo hace imprescindible en zonas donde pueda producirse un corte de luz o en vias de evacuacion. El cartel de PVC estandar solo es visible con iluminacion activa. Para señales de prohibicion en cuadros electricos o salas tecnicas —donde un fallo de corriente es un escenario real— la version fotoluminiscente ofrece mayor nivel de seguridad y cumple con los requisitos de señalizacion de emergencia del RD 485/1997.
Esta señal es obligatoria en zonas de extincion de clase electrica o con materiales reactivos al agua, como centros de datos, cuadros de distribucion electrica, almacenes de productos quimicos y archivos documentales. Segun el RD 485/1997 y los criterios de señalizacion de seguridad, debe instalarse junto a los equipos de extincion inadecuados para el riesgo presente y en los accesos a las zonas afectadas, asegurando su visibilidad desde la distancia de aproximacion del operario.