La señal de prohibido el paso es un pictograma de prohibición con forma circular, borde rojo y banda diagonal, conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997. Indica que el acceso está restringido a personal autorizado, siendo obligatoria en entornos industriales, almacenes y zonas de riesgo. Disponible en materiales rígidos y adhesivos para uso profesional.
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La señal Prohibido el paso (PR-3020) es un pictograma normalizado de prohibición genérica que impide el acceso de personas no autorizadas a una zona determinada. Pertenece al código gráfico UNE-EN ISO 7010 (P004 No entry) y se aplica en salas técnicas, cuadros eléctricos, centros de transformación, almacenes con productos químicos, zonas de carga y descarga, áreas con grúas o carretillas, laboratorios, cubiertas y trabajos en altura. Su uso es obligatorio en centros de trabajo según RD 485/1997 cuando el acceso no autorizado genera riesgo laboral.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
La señal de prohibido el paso indica que el acceso a una zona concreta está restringido y solo pueden entrar personas expresamente autorizadas. Su pictograma circular con borde rojo y banda diagonal está normalizado por la UNE-EN ISO 7010:2020 para garantizar su comprensión universal en entornos industriales, almacenes y cualquier área de riesgo controlado.
El símbolo circular con borde rojo y banda diagonal es el formato gráfico estándar de todas las señales de prohibición según la norma UNE-EN ISO 7010:2020. Comunica que la acción representada en el pictograma interior —en este caso, el paso de personas— queda totalmente prohibida. Este diseño es reconocible internacionalmente sin necesidad de texto adicional.
Según el RD 485/1997, Anexo III, la señal debe instalarse en lugar bien visible, preferentemente a la altura de la visual del trabajador (aproximadamente 1,5-1,8 m), en el acceso o perímetro de la zona restringida. Debe mantenerse limpia y legible en todo momento. Para exteriores o zonas húmedas se recomienda material rígido resistente a la intemperie; en superficies lisas puede emplearse formato adhesivo de alta adherencia.
Sí. El RD 485/1997 obliga a señalizar con carteles de prohibición los accesos a zonas donde exista riesgo para personas no autorizadas: maquinaria en funcionamiento, áreas de carga y descarga, recintos eléctricos o depósitos de productos peligrosos, entre otros. La ausencia de esta señalización puede constituir una infracción grave según el artículo 12.16 de la LISOS.
La expresión equivalente en inglés es “No entry” o “Authorized personnel only”, dependiendo del contexto. En señalización internacional conforme a UNE-EN ISO 7010:2020, el pictograma es reconocido sin necesidad de texto, lo que facilita su uso en entornos multinacionales. Para exportaciones o instalaciones con trabajadores de distintas nacionalidades, el diseño normalizado elimina barreras idiomáticas.