Señal de prohibicion de remolques con formato circular, borde rojo y banda diagonal conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997. Fabricada en materiales rigidos de alta durabilidad (PVC, aluminio o poliestireno), esta señal indica de forma clara que esta prohibido arrastrar o circular con remolque en el area señalizada, aplicable en instalaciones industriales, recintos privados y entornos deportivos.
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La señal «Prohibidos los remolques» es una señal de prohibicion de categoria circular — borde rojo, fondo blanco y banda diagonal — diseñada para delimitar zonas donde ningun vehiculo puede acceder arrastrando un remolque, independientemente de su masa o numero de ejes. Su uso es habitual en recintos deportivos, parkings privados, areas logísticas y centros de trabajo donde la maniobrabilidad o la seguridad de las instalaciones lo exigen. Fabricada conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y a las especificaciones de señalizacion de seguridad del RD 485/1997, garantiza visibilidad y reconocimiento inmediato. La prohibicion se extiende a cualquier tipo de conjunto articulado: remolques de un solo eje, de dos ejes o caravanas, con independencia de la normativa de remolques de la DGT vigente sobre carnets o masas maximas. Instalarla correctamente cubre la obligacion del empresario de señalizar adecuadamente las vias de circulacion interna segun el Anexo III del RD 485/1997.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Si. La señal «Prohibidos los remolques» aplica a cualquier vehiculo que arrastre un remolque, con independencia del numero de ejes. Un remolque de un solo eje queda igualmente excluido del area señalizada. La prohibicion es absoluta dentro del recinto donde se instala y no distingue entre remolques ligeros (menos de 750 kg) o pesados, ni entre vehiculos de motor, motos o vehiculos de tres ruedas.
La DGT regula los remolques de hasta 750 kg de masa maxima autorizada en el Reglamento General de Vehiculos (RD 2822/1998) y el Reglamento General de Circulacion. En via publica, estos remolques pueden conducirse con permiso de conduccion B sin necesidad de habilitacion adicional. No obstante, esta señal opera en el ambito privado o industrial, donde el titular de la instalacion puede prohibir su acceso con independencia de lo que permita la normativa viaria general.
Segun la normativa de la DGT, los remolques de mas de 750 kg de MMA requerian hasta hace poco el permiso B96 (conjunto hasta 4.250 kg) o el permiso BE para conjuntos superiores. Con los cambios de la nueva normativa europea, el permiso B96 puede estar sujeto a revision. En cualquier caso, esta señal de prohibicion aplica con independencia del tipo de carnet: si el area esta señalizada, ningun vehiculo con remolque puede circular por ella.
En via publica la DGT permite en determinadas condiciones el uso de remolque en moto, siempre que el conjunto cumpla las homologaciones tecnicas y los limites de masa. Sin embargo, cuando existe una señal «Prohibidos los remolques» instalada segun UNE-EN ISO 7010:2020 y RD 485/1997, la prohibicion afecta a todos los vehiculos — incluyendo motos y triciclos — que pretendan acceder arrastrando cualquier tipo de remolque.
El Anexo III del RD 485/1997 establece que las señales de prohibicion deben colocarse en el punto de acceso o inicio de la zona restringida, siendo claramente visibles antes de que el vehiculo entre en el area afectada. La altura de instalacion debe permitir su visibilidad sin obstaculos; en vias de circulacion interna se recomienda situarlas entre 1,80 m y 2,20 m sobre el nivel del suelo, aunque el criterio definitivo lo fija la evaluacion de riesgos del centro de trabajo.