El Documento Básico DB-SI del Código Técnico de la Edificación establece las exigencias de seguridad contra incendios que debe cumplir cualquier edificio no industrial en España. Texto consolidado vigente desde el 10 de mayo de 2025 tras la modificación del RD 164/2025: sectores de incendio, evacuación, instalaciones PCI obligatorias y resistencia al fuego de la estructura.
¿Qué es el CTE DB-SI y qué regula?
- Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio del Código Técnico de la Edificación
- Aplica a edificios NO industriales (residencial, sanitario, docente, etc.)
- Última modificación: RD 164/2025 (vigor 10/05/2025)
El DB-SI es el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio del CTE (Código Técnico de la Edificación, RD 314/2006). Aplica a cualquier edificio no industrial en España y establece la dotación obligatoria de PCI, los recorridos de evacuación, los sectores de incendio y la resistencia al fuego de la estructura.
El DB-SI traduce las exigencias básicas de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE) en requisitos verificables. Es el documento que arquitectos, ingenieros y técnicos PCI consultan para proyectar y certificar instalaciones contra incendios en edificios.
Versión vigente: texto consolidado tras la modificación del RD 164/2025, en aplicación desde el 10 de mayo de 2025.
DB-SI vs RIPCI vs RSCIEI — qué regula cada uno
| Reglamento | Qué regula | Cuándo aplica |
|---|---|---|
| CTE DB-SI (RD 314/2006 + RD 164/2025) | Diseño: qué instalaciones PCI son obligatorias, dotación, sectores, recorridos, resistencia estructura | Cualquier edificio no industrial (residencial, oficinas, comercial, sanitario, docente, pública concurrencia, aparcamiento) |
| RIPCI (RD 513/2017) | Equipos: cómo se diseñan, instalan, mantienen e inspeccionan los equipos PCI | Ciclo de vida del equipo (fabricación, instalación, mantenimiento, inspección decenal) |
| RSCIEI (RD 164/2025) | Establecimientos industriales: NRI, tipo edificio, dotación específica industria | Naves, fábricas, talleres, almacenes con QT ≥ 3×10⁶ MJ y V > 500 m³ |
Las 6 secciones del DB-SI
- SI 1 — Propagación interior (sectorización, riesgo especial)
- SI 3 — Evacuación de los ocupantes
- SI 4 — Instalaciones de PCI (extintores, BIE, detección)
- SI 5 — Intervención de bomberos
- SI 6 — Resistencia al fuego de la estructura
El DB-SI se organiza en seis secciones técnicas. Tras el RD 164/2025 las seis se mantienen; los cambios son internos (sobre todo en SI 1, tablas 1.1 y 2.1).
SI 1 — Propagación interior
- Sectores de incendio según uso y altura del edificio
- Resistencia al fuego EI 60 / EI 90 / EI 120
- Locales de riesgo especial bajo / medio / alto
Regula la compartimentación en sectores de incendio, los locales y zonas de riesgo especial y la reacción al fuego de materiales constructivos. Tras el RD 164/2025, introduce el concepto de Carga de Fuego Total ponderada y corregida (QT) y la regla de salto a uso Almacén.
Superficie máxima de sector de incendio (DB-SI 1 tabla 1.1)
| Uso del edificio o zona | Sector máx. (m² construidos) |
|---|---|
| Residencial Vivienda | 2.500 |
| Administrativo | 2.500 |
| Comercial (general) | 2.500 |
| Comercial (centro con extinción automática, altura evac. ≤ 10 m) | 10.000 |
| Residencial Público (hoteles, hostales) | 2.500 |
| Docente (edificio > 1 planta) | 4.000 |
| Docente (planta única) | Sin compartimentar |
| Hospitalario (hospitalización/UCI) | 1.500 |
Elementos separadores entre viviendas: como mínimo EI 60.
Locales de riesgo especial (DB-SI 1 tabla 2.1)
Cada local se clasifica como riesgo bajo, medio o alto según superficie, volumen o potencia. La tabla determina además la resistencia al fuego del recinto que aísla esos locales del resto del edificio.
| Local | Riesgo bajo | Riesgo medio | Riesgo alto |
|---|---|---|---|
| Talleres/almacenes combustibles, archivos, depósitos libros | 100 < V ≤ 200 m³ | 200 < V ≤ 400 m³ | V > 400 m³ |
| Almacén de residuos | 5 < S ≤ 15 m² | 15 < S ≤ 30 m² | S > 30 m² |
| Aparcamiento ≤ 100 m² o vivienda unifamiliar | En todo caso | — | — |
| Cocinas (potencia P, kW) | 20 < P ≤ 30 | 30 < P ≤ 50 | P > 50 |
| Lavanderías, vestuarios, camerinos | 20 < S ≤ 100 m² | 100 < S ≤ 200 m² | S > 200 m² |
| Sala de calderas (kW útil) | 70 < P ≤ 200 | 200 < P ≤ 600 | P > 600 |
| Sala de máquinas frigorífica (halogenado) | — | P ≤ 400 kW | P > 400 kW |
| Centro de transformación. Por potencia total | P<2.520 kVA | 2.520<P<4.000 kVA | P>4.000 kVA |
| Centro de transformación. Por potencia en cada trafo | P<630 kVA | 630<P<1.000 kVA | P>1.000 kVA |
| Trasteros (Residencial Vivienda) | 50 < S ≤ 100 m² | 100 < S ≤ 500 m² | S > 500 m² |
| Imprenta/reprografía (Administrativo) | 100 < V ≤ 200 m³ | 200 < V ≤ 500 m³ | V > 500 m³ |
Resistencia al fuego de locales de riesgo especial (tabla 2.2)
- Riesgo bajo: estructura R 90, recintos EI 90, puertas EI₂ 45-C5, recorrido ≤ 25 m
- Riesgo medio: estructura R 120, recintos EI 120, vestíbulo de independencia + 2 puertas EI₂ 30-C5, recorrido ≤ 25 m
- Riesgo alto: estructura R 180, recintos EI 180, vestíbulo de independencia + 2 puertas EI₂ 45-C5, recorrido ≤ 25 m
SI 2 — Propagación exterior
DB-SI 2 — Propagación exterior: cómo limitar el salto del fuego entre edificios contiguos y a través de la fachada y la cubierta.
Los elementos verticales que separan edificios distintos deben ser al menos EI 120. La separación horizontal entre puntos de fachada que no alcancen EI 60 depende del ángulo formado por los planos exteriores: 3,00 m enfrentadas paralelas, 2,75 m a 45°, 2,50 m a 60°, 2,00 m a 90°, 1,25 m a 135° y 0,50 m a 180°.
La cubierta debe ser REI 60 en una franja de 0,50 m de anchura medida desde el edificio colindante, y en una franja de 1,00 m sobre el encuentro con la cubierta de todo elemento compartimentador de un sector de incendio o de un local de riesgo especial alto. Como alternativa: prolongar la medianería o el elemento compartimentador 0,60 m por encima del acabado de la cubierta.
SI 3 — Evacuación de los ocupantes
- Recorridos máximos de evacuación según uso
- Anchura mínima de salidas y escaleras
- Señalización de evacuación UNE 23034:1988; fotoluminiscente serie UNE 23035 (partes 1, 2 y 4; mantenimiento parte 3)
Regula el dimensionado de las vías de evacuación, los recorridos máximos hasta una salida (tabla 3.1), el cálculo de la ocupación, la señalización y el control de humo.
Recorridos máximos de evacuación (DB-SI 3 tabla 3.1)
| Configuración | Distancia máxima |
|---|---|
| Planta con una sola salida — regla general | ≤ 25 m |
| Planta con una sola salida — uso Aparcamiento | 35 m |
| Salida directa al exterior con ocupación ≤ 25 personas (o espacio al aire libre) | 50 m |
| Planta con más de una salida — regla general | ≤ 50 m |
| Zonas con ocupantes que duermen, hospitalización/UCI, escuela infantil/primaria | 35 m |
| Espacios al aire libre con riesgo irrelevante | 75 m |
| Desde origen hasta punto con dos recorridos alternativos | 15 m solo en plantas de hospitalización o tratamiento intensivo (uso Hospitalario); en el resto, la longitud máxima admisible para una sola salida (25/35/50 m según uso) |
Las longitudes admiten un incremento del 25 % cuando el sector está protegido con instalación automática de extinción (DB-SI 3 tabla 3.1, nota 1).
Cálculo de ocupación (DB-SI 3 tabla 2.1)
La ocupación se calcula aplicando una densidad por uso. Algunos valores clave (m²/persona):
- Residencial Vivienda (plantas de vivienda): 20 m²/persona
- Oficinas: 10 m²/persona en zonas de trabajo; 2 m²/persona en zonas de público
- Comercial: 2 m²/persona en áreas de venta en planta sótano, baja o entreplanta; 3 m²/persona en áreas de venta en otras plantas; 5 m²/persona en áreas de venta sin gran afluencia
- Pública concurrencia: 0,25 m²/persona en zonas de espectadores de pie; 0,5 m²/persona en discotecas y en zonas de espectadores sentados sin asientos definidos; 1 m²/persona en zonas de público de pie en bares y cafeterías; 1,5 m²/persona sentado en bares/restaurantes
- Hospitalario: 15 m²/persona en zonas de hospitalización; 10 m²/persona en servicios ambulatorios y de diagnóstico; 20 m²/persona en zonas de tratamiento a pacientes internados; 2 m²/persona en salas de espera
- Docente: 1,5 m²/persona en aulas (excepto escuelas infantiles); 2 m²/persona en aulas de escuelas infantiles y salas de lectura; 5 m²/persona en laboratorios, talleres, gimnasios y salas de dibujo; 10 m²/persona en el conjunto de la planta o del edificio
SI 4 — Instalaciones de protección contra incendios
- Dotación mínima de extintores, BIE, columna seca, hidrantes
- Sistemas de detección y alarma según uso y superficie
- Sistemas fijos de extinción en cocinas (UNE-EN 17446) con el RD 164/2025
La tabla 1.1 del DB-SI 4 establece la dotación obligatoria de instalaciones PCI según el uso del edificio: extintores, BIE, columna seca, detección, alarma, hidrantes, rociadores y ascensor de emergencia.
Dotación común a todos los usos
- Extintores portátiles: uno de eficacia mínima 21A-113B a un recorrido máximo de 15 metros en cada planta desde todo origen de evacuación, y en cada zona de riesgo especial.
- BIE en zonas de riesgo especial alto con materias combustibles sólidas: tipo 45 mm con carácter general; tipo 25 mm únicamente en edificios de uso Residencial Vivienda (Tabla 1.1 nota 2).
- Ascensor de emergencia: cuando la altura de evacuación > 28 m (uso Hospitalario en hospitalización/UCI: > 15 m).
- Instalación automática de extinción en todo edificio con altura de evacuación > 80 m; cocinas con potencia > 20 kW en Hospitalario/Residencial Público o > 50 kW en otros usos; centros de transformación con líquido inflamable refrigerante de P > 1.000 kVA (630 kVA si está en pública concurrencia).
Dotación específica por uso (DB-SI 4 tabla 1.1)
| Uso | BIE 25 mm | Columna seca | Detección + alarma | Rociadores |
|---|---|---|---|---|
| Residencial Vivienda | — | h evac. > 24 m | Sistema general si h > 50 m | — |
| Administrativo (oficinas) | S > 2.000 m² | h > 24 m | Alarma > 1.000 m² · Detección > 2.000 m² (todo si > 5.000 m²) | — |
| Residencial Público (hoteles) | S > 1.000 m² o > 50 plazas | h > 24 m | Detección + alarma si S > 500 m² | h evac. > 28 m o S > 5.000 m² |
| Hospitalario | En todo caso | h > 15 m | En todo caso (detector + pulsador + alarma local + general; tel. directo a bomberos si > 100 camas) | Riesgo especial |
| Docente | S > 2.000 m² | h > 24 m | Alarma > 1.000 m² · Detección > 2.000 m² (todo si > 5.000 m²) | — |
| Comercial | S > 500 m² | h > 24 m | Alarma > 1.000 m² · Detección > 2.000 m² | Área pública venta > 1.500 m² + densidad carga fuego > 500 MJ/m² |
| Pública concurrencia | S > 500 m² | h > 24 m | Alarma + megafonía si ocupación > 500 personas · Detección > 1.000 m² | — |
| Aparcamiento | S > 500 m² (excepto robotizados) | > 3 plantas bajo rasante o > 4 sobre rasante | Detección si S > 500 m² · Pulsadores siempre si robotizado | Siempre si robotizado |
Hidrantes exteriores
Un hidrante entre 1.000–10.000 m² construidos (Comercial, Pública concurrencia deportivos), entre 2.000–10.000 m² (Residencial Público, cines/teatros/auditorios/discotecas) o entre 5.000–10.000 m² (Residencial Vivienda, Administrativo, Docente, Aparcamiento). En todos los usos, uno adicional por cada 10.000 m² extra.
SI 5 — Intervención de bomberos
DB-SI 5 — Intervención de bomberos: condiciones de aproximación y acceso para los servicios de extinción.
Los edificios con altura de evacuación descendente superior a 9 m deben disponer de un espacio de maniobra junto a la fachada de accesos con anchura mínima libre de 5 m. Los huecos accesibles desde el exterior deben mantenerse a una distancia máxima de 25 m entre ejes verticales de huecos consecutivos.
En general se exige ascensor de emergencia cuando la altura de evacuación supera los 28 m (DB-SI 4 tabla 1.1). En uso Hospitalario el umbral es 15 m en zonas de hospitalización y tratamiento intensivo.
SI 6 — Resistencia al fuego de la estructura
- Resistencia al fuego de pilares, vigas, forjados, muros portantes
- Tabla 3.1 según uso y altura del edificio
- Materiales aplicados en estructura: pinturas intumescentes, morteros, etc.
Tabla 3.1: clase R mínima de los elementos estructurales según uso y altura de evacuación. Tabla 3.2: clase R mínima para zonas de riesgo especial.
Estructura general (tabla 3.1)
| Uso | Sótano | h ≤ 15 m | h ≤ 28 m | h > 28 m |
|---|---|---|---|---|
| Vivienda unifamiliar | R 30 | R 30 | — | — |
| Residencial Vivienda / Público, Docente, Administrativo | R 120 | R 60 | R 90 | R 120 |
| Comercial, Pública concurrencia, Hospitalario | R 120 (R 180 si h > 28 m) | R 90 | R 120 | R 180 |
| Aparcamiento (exclusivo o sobre otro uso) | R 90 | |||
| Aparcamiento (bajo otro uso) | R 120 (R 180 si robotizado) | |||
Estructura en zonas de riesgo especial (tabla 3.2)
- Riesgo bajo: R 90
- Riesgo medio: R 120
- Riesgo alto: R 180
Novedades del RD 164/2025 en el DB-SI
- Tabla 2.1 reescrita con concepto QT (carga fuego total)
- Salto a uso Almacén si V>500 m³ y QT≥3×10⁶ MJ
- Cambios en SI 4 sobre cocinas comerciales
El RD 164/2025 (BOE núm. 87 de 10 de abril de 2025) modifica el DB-SI con cambios acotados pero importantes. Vigente desde el 10 de mayo de 2025, con régimen transitorio para licencias en trámite.
- Tabla 1.1 SI 1 (sectores): nuevo guion que obliga a sector independiente cuando una zona de uso Almacén tiene QT ≥ 3 × 10⁶ MJ.
- Tabla 2.1 SI 1 (locales de riesgo especial): cabecera reescrita para introducir literalmente la Carga de Fuego Total ponderada y corregida QT [MJ] calculada según el anexo I del RSCIEI.
- Nota (1) de la tabla 2.1 — regla del salto a uso Almacén: si un almacén accesorio supera simultáneamente V > 500 m³ y QT ≥ 3 × 10⁶ MJ, deja de ser zona de riesgo especial y pasa a regirse por el RSCIEI completo (NRI, tipo edificio, dotación Anexo III).
- El resto del DB-SI (tablas 1.1 SI 4, tablas SI 6, recorridos SI 3) no se modifica. Los cambios sobre equipos (BIE Pmáx 9 bar, eficacia extintores, mantenimiento) van por el RIPCI vía Disposición final primera del RD 164/2025, no por el DB-SI.
- Licencias solicitadas antes del 10/05/2025: no se aplica el nuevo DB-SI (sigue la versión consolidada anterior).
- Licencias entre 10/05/2025 y 10/11/2025: opción voluntaria — el titular elige DB-SI antiguo o nuevo.
- Licencias desde 10/11/2025: obligatoriamente el DB-SI con redacción RD 164/2025.
Preguntas frecuentes sobre el CTE DB-SI
¿Aplica el CTE DB-SI a una vivienda unifamiliar?
Sí, parcialmente. El DB-SI aplica a obras de edificación de viviendas unifamiliares: SI 6 tabla 3.1 fija R 30 en sótano y R 30 en plantas sobre rasante ≤ 15 m. La tabla 2.1 SI 1 clasifica como local de riesgo especial bajo el aparcamiento de la vivienda unifamiliar. No hay exigencias adicionales de BIE, detección, rociadores o hidrantes en vivienda unifamiliar — solo extintores en el aparcamiento.
¿Aplica el CTE DB-SI a una reforma de local existente?
Sí, con matices. El DB-SI (Introducción III, apartado 9-11) establece que en obras de reforma con mantenimiento de uso, el DB se aplica a los elementos modificados por la reforma siempre que ello suponga mayor adecuación. Si la reforma altera la ocupación o los elementos de evacuación, el DB se aplica también a estos. Las obras de reforma no pueden menoscabar las condiciones de seguridad preexistentes, aunque sean menos estrictas que el DB-SI actual.
¿Cuál es la diferencia entre CTE DB-SI, RIPCI y RSCIEI?
CTE DB-SI define qué instalaciones son obligatorias en un edificio (dotación, recorridos, sectores). RIPCI (RD 513/2017) define cómo se diseñan, instalan y mantienen los equipos (BIE 25 mm UNE-EN 671-1, mantenimiento trimestral por empresa habilitada, etc.). RSCIEI (RD 164/2025) aplica a establecimientos industriales y tiene su propia dotación específica según NRI y tipo de edificio.
¿Aplica el CTE DB-SI a establecimientos industriales?
No. El propio DB-SI lo excluye literalmente: "excluyendo los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales". Para uso industrial aplica el RSCIEI aprobado por el RD 164/2025 (que deroga el RD 2267/2004). Si en una nave industrial conviven usos secundarios (administrativo, comercial, pública concurrencia) que superen ciertos umbrales, esas zonas sí se rigen por DB-SI como sectores independientes.
¿Cuándo un almacén pasa a considerarse "uso Almacén" en lugar de local de riesgo especial?
Cuando se cumplen simultáneamente dos condiciones (DB-SI tabla 2.1 nota 1, modificado por RD 164/2025): V > 500 m³ (volumen construido) y QT ≥ 3 × 10⁶ MJ (carga de fuego total ponderada y corregida, calculada según el anexo I del RSCIEI). Excepciones explícitas: las áreas públicas de venta en uso Comercial y los archivos abiertos integrados en uso Administrativo nunca saltan a uso Almacén.
¿A qué distancia máxima debe estar un extintor en un edificio?
15 metros de recorrido horizontal real desde cualquier origen de evacuación hasta el extintor más cercano (DB-SI 4 tabla 1.1). Eficacia mínima 21A-113B. Esta regla no ha sido modificada por el RD 164/2025.
¿A partir de qué superficie es obligatoria una BIE 25 mm?
Depende del uso del edificio (DB-SI 4 tabla 1.1):
- Comercial y Pública concurrencia: S > 500 m²
- Aparcamiento: S > 500 m² (excepto robotizados)
- Residencial Público (hoteles, hostales): S > 1.000 m² o más de 50 plazas de alojamiento
- Administrativo y Docente: S > 2.000 m²
- Hospitalario: en todo caso
¿Cuál es el recorrido máximo de evacuación?
Con una sola salida, 25 m (general); 35 m en aparcamiento; 50 m si la salida directa al exterior tiene ocupación ≤ 25 personas. Con más de una salida, 50 m (general); 35 m en zonas con ocupantes que duermen, hospitalización/UCI o escuela infantil/primaria; 75 m en espacios al aire libre con riesgo irrelevante. Las longitudes se pueden aumentar un 25 % cuando el sector tiene instalación automática de extinción.
¿Cuándo se exige proyecto técnico de PCI?
Siempre que la obra requiera licencia municipal de obra mayor (LOE art. 2 + CTE Parte I art. 6). En instalaciones PCI específicamente, el art. 3.3 del RIPCI exige proyecto técnico cuando se instalen sistemas detallados en su Anexo I: detección automática, BIE, columna seca, rociadores, hidrantes, etc. En establecimientos industriales (RSCIEI 2025 art. 4), proyecto siempre salvo S < 300 m² con todo riesgo bajo y sin medidas suplementarias.
¿Cuándo se exige un ascensor de emergencia?
Con carácter general, cuando la altura de evacuación > 28 m (DB-SI 4 tabla 1.1). En uso Hospitalario en hospitalización/UCI, el umbral baja a 15 m de altura de evacuación.
¿Cuándo son obligatorios los rociadores automáticos?
En cualquier edificio con altura de evacuación > 80 m. En cocinas con potencia > 20 kW (Hospitalario/Residencial Público) o > 50 kW (resto de usos). En Residencial Público con altura > 28 m o superficie > 5.000 m². En Comercial cuando el área pública de venta supera 1.500 m² y la densidad de carga de fuego > 500 MJ/m². En aparcamientos robotizados, en todo caso.
¿Cuál es la resistencia al fuego mínima de la estructura?
Depende del uso y de la altura de evacuación (DB-SI 6 tabla 3.1). Ejemplos: vivienda unifamiliar R 30; Residencial Vivienda R 60 hasta 15 m, R 90 hasta 28 m, R 120 si > 28 m; Comercial / Pública concurrencia / Hospitalario R 90 hasta 15 m, R 120 hasta 28 m, R 180 si > 28 m; Aparcamiento R 90 (R 120 si está bajo otro uso, R 180 si robotizado).
¿Cuándo entra en vigor el nuevo CTE DB-SI?
El CTE DB-SI modificado por el RD 164/2025 entró en vigor el 10/05/2025 con un periodo de aplicación voluntaria de seis meses. Para licencias presentadas a partir del 10/11/2025 es de aplicación obligatoria, conforme a la disposición transitoria séptima del RD 164/2025.
Catálogo PCI conforme al CTE DB-SI
- Catálogo serior.com conforme a CTE DB-SI
- Señalización fotoluminiscente, extintores, BIE, detectores
- Marcado CE + normas UNE armonizadas
Equipos homologados RIPCI y CTE DB-SI para proyectos de edificación: extintores 21A-113B, BIE 25 mm, alumbrado de emergencia, señalización de evacuación, racores de columna seca, sistemas de detección.
Otras normativas relacionadas
- RIPCI (mantenimiento de las instalaciones del DB-SI)
- RSCIEI para uso industrial
- Normativa específica de cada equipo (extintores, BIE, etc.)