Señal de prohibicion fotoluminiscente para ascensores y montacargas en zonas con riesgo de incendio. Fabricada en material PVC luminiscente o resopal, cumple UNE-EN ISO 7010:2020, UNE 23035 y el RD 485/1997 Anexo III. Disponible en Clase A y Clase B segun nivel de senalizacion requerido.
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CLASE A
280 milicandelas
Mayor luminancia residual
Edificios estratégicos |
CLASE B
108 milicandelas
Estándar UNE 23035
Uso general |
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La señal «No utilizar en caso de incendio» es un elemento de senalizacion de emergencia indispensable en edificios con ascensores o montacargas, ya que su uso durante un incendio puede resultar fatal por cortes de suministro electrico o colapso estructural. Segun el RD 485/1997 Anexo III, toda señal de seguridad laboral debe ser fotoluminiscente cuando la iluminacion de emergencia pueda ser insuficiente, requisito que desarrolla la norma UNE 23035 en cuanto a clases de persistencia luminosa. El pictograma E002 definido en la UNE-EN ISO 7010:2020 garantiza una lectura inmediata e inequivoca incluso en condiciones de humo o baja visibilidad. La clase del material fotoluminiscente (A o B) debe elegirse en funcion de la distancia de lectura, la altura de instalacion y el nivel de iluminacion ambiental del recinto. Instalada correctamente, esta señal de prohibicion forma parte del plan de senalizacion contra incendios del edificio y contribuye a reducir la responsabilidad del titular frente a la Inspeccion de Trabajo.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
El RD 485/1997 Anexo III obliga a emplear señales fotoluminiscentes siempre que la iluminacion artificial pueda fallar o ser insuficiente durante una emergencia. La norma UNE 23035 concreta los requisitos de persistencia luminosa por clases: en rutas de evacuacion largas o recintos con poca luz ambiental se exige Clase B, mientras que espacios bien iluminados pueden emplear Clase A. Esto aplica a cualquier centro de trabajo, edificio de publica concurrencia e instalacion industrial.
Durante un incendio nunca debes usar el ascensor ni el montacargas. Un corte electrico puede dejar la cabina bloqueada entre plantas, y el humo se acumula con rapidez en los huecos verticales. Por ello la señal luminiscente «No utilizar en caso de incendio» (pictograma E002, UNE-EN ISO 7010:2020) debe colocarse de forma visible junto a cada ascensor, siendo una obligacion recogida en el RD 485/1997 y en la normativa de proteccion contra incendios.
Si. Segun el RD 485/1997 Anexo III y el Codigo Tecnico de la Edificacion (DB SI), las señales de evacuacion y emergencia deben ser visibles incluso con la iluminacion general apagada, por lo que deben ser fotoluminiscentes o estar iluminadas de forma permanente. La señal «No utilizar en caso de incendio» forma parte de este conjunto de senalizacion obligatoria en cualquier edificio con ascensores o recorridos de evacuacion verticales.
Las señales luminiscentes o fotoluminiscentes absorben luz ambiental y la emiten en la oscuridad, permitiendo la lectura del mensaje de seguridad sin electricidad. La norma UNE 23035 las clasifica en Clase A (emision minima para distancias cortas) y Clase B (mayor persistencia y brillo, recomendada en zonas de riesgo alto o visibilidad reducida). El material base puede ser PVC rigido, vinilo adhesivo o resopal segun el soporte de instalacion.
Debe situarse junto a cada puerta de acceso al ascensor, en todas las plantas, a una altura que garantice su visibilidad (habitualmente entre 1,50 m y 1,80 m del suelo). El RD 485/1997 Anexo III exige que la señal sea facilmente perceptible desde la zona de espera. En recintos con humo potencial, el uso de material fotoluminiscente conforme a UNE 23035 asegura la lectura incluso cuando la iluminacion de emergencia no haya entrado en funcionamiento todavia.