Cartel fotoluminiscente «Hidrante exterior» fabricado conforme a UNE-EN ISO 7010 y UNE 23035 (fotoluminiscencia Clase A), con los valores de luminancia exigidos por el RD 485/1997 Anexo III. Señalización homologada para identificar hidrantes de columna y enterrados en instalaciones de lucha contra incendios, apta para centros de trabajo, polígonos industriales y espacios de uso público.
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CLASE A
280 milicandelas
Mayor luminancia residual
Edificios estratégicos |
CLASE B
108 milicandelas
Estándar UNE 23035
Uso general |
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Los hidrantes exteriores son elementos críticos de las instalaciones de lucha contra incendios: si no se localizan de inmediato, los equipos de extinción pierden segundos decisivos. Por eso el RD 485/1997 Anexo III obliga a señalizarlos con carteles normalizados y el modelo de pictograma queda fijado por la UNE-EN ISO 7010. Además, la señal debe ser fotoluminiscente Clase A (conforme a UNE 23035) para garantizar visibilidad en cortes de luz o situaciones de humo. Este cartel cumple todos esos requisitos: pictograma homologado, materiales de alta durabilidad y valores de luminancia certificados. Válido tanto para hidrantes de columna húmeda como para hidrantes enterrados, y compatible con la normativa vigente en centros de trabajo, industria y edificios de pública concurrencia.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
La señal «Hidrante» indica la ubicación exacta de una toma de agua para extinción de incendios conectada a la red de abastecimiento. Su pictograma está normalizado por la UNE-EN ISO 7010 y su colocación es obligatoria según el RD 485/1997 Anexo III, de modo que los equipos de emergencia y los bomberos localicen el punto de toma de forma inmediata, incluso en condiciones de baja visibilidad.
El RD 485/1997 Anexo III y la norma UNE 23035 exigen que las señales de seguridad ubicadas en vías de evacuación y junto a medios de extinción sean fotoluminiscentes (Clase A como mínimo) para garantizar su visibilidad durante un fallo de la iluminación ordinaria. Quedan incluidas las señales de hidrantes, extintores, bocas de incendio equipadas (BIE) y salidas de emergencia, entre otras.
Los hidrantes exteriores se rigen principalmente por el RD 513/2017 (Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios) y la norma UNE-EN 14384 para hidrantes de columna. La señalización que los identifica debe cumplir el pictograma de la UNE-EN ISO 7010 y los requisitos fotoluminiscentes de la UNE 23035, con obligación de instalación establecida en el RD 485/1997.
No. La señal de hidrante no regula el tráfico por sí misma, pero los hidrantes deben mantenerse accesibles en todo momento: obstruirlos puede constituir una infracción grave de la normativa de seguridad contra incendios y del Reglamento General de Circulación. En vía pública, la zona próxima suele estar complementada con señalización vertical o marcas viales de prohibición de estacionamiento.
Un hidrante es una toma fija conectada a la red de abastecimiento donde se acoplan mangueras o camiones cisterna; puede ser de columna (sobre rasante) o enterrado (bajo arqueta). Un monitor de incendios es un dispositivo orientable que proyecta agua o espuma directamente sobre el fuego a gran caudal, utilizado sobre todo en instalaciones industriales y aeropuertos. Ambos son medios de extinción distintos y requieren su propia señalización normalizada conforme a UNE-EN ISO 7010.