Rectangular si necesita texto explicativo legible a distancia. Cuadrado si el pictograma es suficiente o el espacio es limitado.
Clase A 280 mcd/m² para edificios estratégicos (UNE 23035-4 alta exigencia). Clase B 108 mcd/m² estándar suficiente para la mayoría de instalaciones.
Según distancia de visualización: 297×210/210×210 mm ≤ 10 m; 594×420/420×420 mm hasta 20 m; 891×630/630×630 mm hasta 30 m.
Sin mantenimiento. La luminancia se regenera con luz ambiental.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
La diferencia principal esta en el rendimiento fotoluminiscente medido segun UNE 23035-4:2003. Las señales Clase A tienen una luminancia minima superior tras un periodo de carga: son obligatorias en edificios de publica concurrencia (hospitales, centros comerciales, hoteles) donde la evacuacion puede producirse con iluminacion de emergencia reducida o nula. Las señales Clase B se admiten en entornos con iluminacion de emergencia garantizada y menor exigencia de brillo residual. Ambas deben cumplir la señalizacion UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997 Anexo III.
Una señal fotoluminiscente Clase B, segun UNE 23035:2003, es aquella que cumple los requisitos minimos de luminancia para entornos con iluminacion de emergencia complementaria, como oficinas con grupos electrogenos o instalaciones industriales con alumbrado de seguridad propio. Su funcion es guiar la evacuacion cuando falla el alumbrado normal, aunque con menor autonomia luminosa que la Clase A. Para edificios de alta concurrencia publica o sin iluminacion de emergencia garantizada, se recomienda la Clase A.
El RD 485/1997 Anexo III y la norma UNE-EN ISO 7010:2020 establecen las señales obligatorias en instalaciones con riesgo de incendio. Entre ellas destaca la señal «No utilizar en caso de emergencia» (ISO E019), que debe colocarse en ascensores y montacargas para evitar su uso durante la evacuacion. Las señales de evacuacion (color verde) y las de lucha contra incendios (color rojo) completan la señalizacion PCI obligatoria. Todas deben ser fotoluminiscentes en funcion del nivel de riesgo y del tipo de edificio.
Las señales de evacuacion son de fondo verde con pictograma blanco, segun la codificacion cromatica de la UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997. El verde identifica de forma universal condicion segura o via de escape. La señal «No utilizar en caso de emergencia» sigue este mismo codigo cromatico al estar vinculada a la gestion de la evacuacion. El uso de materiales fotoluminiscentes garantiza la visibilidad siempre, incluso con corte total del suministro electrico, cumpliendo la UNE 23035.
Esta señal debe instalarse de forma visible en puertas de ascensores y montacargas de todos los edificios donde exista riesgo de uso inadvertido durante una evacuacion. El RD 485/1997 Anexo III obliga a senalizar estos elementos en centros de trabajo, y el RD 393/2007 lo extiende a edificios con plan de autoproteccion. Debe ser fotoluminiscente (UNE 23035, Clase A en edificios de publica concurrencia) para cumplir su funcion siempre, especialmente durante cortes de luz. La altura de colocacion debe garantizar visibilidad segun las distancias de observacion definidas en la norma.