Señal fotoluminiscente de advertencia que indica que la estructura principal carece de estabilidad al fuego, fabricada conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y los niveles de emisión fotoluminiscente exigidos por UNE 23035. Materiales disponibles en PVC rígido, poliestireno y aluminio con tratamiento retardante. Su colocación es obligatoria en los supuestos establecidos por el RD 485/1997, Anexo III, para informar a equipos de intervención y al personal de la edificación sobre la resistencia al fuego de los elementos estructurales.
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CLASE A
280 milicandelas
Mayor luminancia residual
Edificios estratégicos |
CLASE B
108 milicandelas
Estándar UNE 23035
Uso general |
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La protección estructural en caso de incendio es uno de los pilares del CTE DB-SI (Seguridad en caso de Incendio) y del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RSCIEI, Real Decreto 2267/2004). Cuando una edificación o instalación industrial presenta una estructura cuya resistencia al fuego no alcanza los valores requeridos, la normativa obliga a señalizarlo de forma visible y permanente para que los equipos de emergencia y el propio personal conozcan ese riesgo antes de intervenir. Esta señal luminiscente, que cumple las exigencias cromáticas y fotométricas de UNE-EN ISO 7010:2020 y los niveles de emisión regulados por UNE 23035, garantiza la legibilidad incluso en condiciones de humo o fallo del alumbrado. Su instalación correcta contribuye directamente a los planes de autoprotección exigidos por la guía técnica de aplicación del RSCIEI (Industria.gob.es) y forma parte de la documentación básica que inspecciones de trabajo y bomberos comprueban en visitas de control.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
La proteccion estructural en caso de incendio hace referencia a la capacidad de los elementos portantes de un edificio o instalacion industrial para mantener su funcion durante un tiempo determinado bajo la accion del fuego, expresado como R 30, R 60, R 90, etc. Cuando esa resistencia es insuficiente o no esta certificada, el CTE DB-SI y el RSCIEI (RD 2267/2004) exigen advertirlo mediante senalizacion visible para que bomberos y equipos de emergencia extremen precauciones al acceder al inmueble y para que el plan de evacuacion contemple esa limitacion.
La norma UNE 23035 clasifica los materiales fotoluminiscentes en tres categorias (A, B y C) segun la luminancia residual que emiten tras la carga con luz. Para senalizacion de seguridad contra incendios y evacuacion se requiere generalmente la clase B o superior, que garantiza la visibilidad durante al menos 60 minutos tras el corte del alumbrado. Esta clasificacion se aplica sobre los soportes exigidos por UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997, Anexo III.
Las senales luminiscentes o fotoluminiscentes absorben energia luminosa del entorno (luz natural o artificial) y la emiten en la oscuridad sin necesidad de electricidad ni pilas. Las retroiluminadas, en cambio, requieren una fuente de luz continua. La ventaja de las fotoluminiscentes reside en su funcionamiento autonomo, lo que las hace idoneas para zonas con riesgo de corte electrico, como las cubierta por el RSCIEI o los edificios regulados por el CTE DB-SI. Su fabricacion y medicion se rigen por UNE 23035 y UNE-EN ISO 7010:2020.
Si. La UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997, Anexo III asignan colores de seguridad especificos: rojo para equipos de lucha contra incendios y prohibicion, amarillo para advertencia de peligro y verde para evacuacion y salvamento. En el caso de senales de advertencia estructural, como la carencia de estabilidad al fuego, se emplea el triangulo amarillo con pictograma negro, garantizando maxima visibilidad incluso en condiciones de humo o baja luminosidad gracias al substrato fotoluminiscente.
La obligacion principal procede del Real Decreto 2267/2004 (RSCIEI), que regula la seguridad contra incendios en establecimientos industriales, y de su guia tecnica de aplicacion publicada por el Ministerio de Industria. Complementariamente, el CTE DB-SI establece los requisitos de resistencia al fuego de la estructura. Cuando un establecimiento no alcanza los niveles de estabilidad exigidos, debe advertirlo mediante senalizacion conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y RD 485/1997, Anexo III, de modo que quede constancia documental ante inspecciones y planes de autoproteccion.