Señal ADR para el transporte por carretera de materias y objetos explosivos de las divisiones 1.1, 1.2 y 1.3 (clase 1 de mercancías peligrosas). Fabricada según los requisitos del Acuerdo Europeo ADR y el RD 97/2014; disponible en aluminio, PVC rígido y vinilo adhesivo para su instalación en vehículos, contenedores y embalajes.
Materias y objetos explosivos (Clase 1). Divisiones 1.1 (riesgo de explosión en masa), 1.2 (riesgo de proyección), 1.3 (riesgo de incendio con onda expansiva pequeña).
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ESTÁNDAR BULTOS
100 × 100 mm
Etiqueta estándar para identificar bultos, embalajes y contenedores pequeños conforme ADR 5.2.
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PLACA-ETIQUETA
300 × 300 mm
Placa-etiqueta para vehículos, cisternas, contenedores y vagones de mercancías peligrosas (ADR 5.3).
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100×100 mm para etiquetar bultos individuales (cajas, bidones, sacos). 300×300 mm para placas-etiqueta en vehículos, cisternas, contenedores y vagones (ADR 5.3.1).
PVC adhesivo para bultos consumibles de un solo uso. PVC 0,7 mm rígido para fijación mecánica en embalajes reutilizables. Aluminio 0,8 mm para placas-etiqueta sobre vehículos y cisternas (resistencia a intemperie, presión, abrasión).
Sí, los pictogramas y colores son conformes al Anexo A del ADR vigente, sección 5.2 (etiquetado) y 5.3 (rotulado de unidades de transporte). Compatible también con RID, IMDG y IATA DGR.
Según ADR 1.4.2, el expedidor es responsable de la correcta clasificación y del etiquetado de los bultos. El transportista es responsable del placa-etiqueta de la unidad de transporte (vehículo, cisterna, contenedor).
Sí — para medidas no estándar, otros números ONU o placas naranjas (ADR-140) personalizadas con códigos específicos, consulta con nosotros.
El transporte de mercancías peligrosas sin etiquetado ADR correcto constituye infracción según el RD 97/2014: multas leves 1.001–30.000 €, graves 30.001–90.000 €, muy graves 90.001–600.000 €. Inmovilización del vehículo + responsabilidad penal del cargador y transportista.
La clase 1 del ADR se divide en seis divisiones (1.1 a 1.6) en funcion del tipo de peligro predominante. Las divisiones 1.1, 1.2 y 1.3 son las de mayor riesgo: detonacion en masa, proyeccion de fragmentos e incendio intenso, respectivamente. Las divisiones 1.4, 1.5 y 1.6 corresponden a materias y objetos con peligro menor o muy insensibles. Cada division exige su propia señal de etiquetado conforme al Acuerdo Europeo ADR y al RD 97/2014.
Division 1.1: sustancias u objetos con peligro de explosion en masa (afecta practicamente toda la carga de forma instantanea). Division 1.2: peligro de proyeccion de fragmentos sin explosion en masa. Division 1.3: peligro de incendio intenso con efecto limitado de onda expansiva o proyeccion. Esta clasificacion determina las distancias de seguridad, la documentacion de transporte y el tipo de vehiculo exigido por el Acuerdo Europeo ADR.
La clase 1, division 1.1 identifica materias y objetos explosivos con peligro de explosion en masa: una detonacion puede afectar la totalidad de la carga de forma practicamente instantanea. Son ejemplos tipicos dinamita, TNT y algunos artificios militares. El ADR y el RD 97/2014 imponen restricciones muy estrictas de cantidad, vehiculo, ruta y documentacion para este grupo, ademas del etiquetado visible con la señal de la division 1.1.
Tanto el Acuerdo Europeo ADR (transporte por carretera) como el Codigo IMDG (transporte maritimo) dividen la clase 1 en seis divisiones (1.1 a 1.6) con criterios de clasificacion armonizados por la ONU. Sin embargo, las señales visuales, los grupos de compatibilidad y algunos requisitos operativos difieren entre modos de transporte, por lo que es imprescindible utilizar la etiqueta especifica al modo: señal ADR para carretera y etiqueta IMDG para via maritima.
Segun el Acuerdo Europeo ADR, las etiquetas de peligro deben fijarse en dos lados opuestos del bulto o contenedor de forma visible, legible y duradera durante todo el transporte. En vehiculos cisterna o vehiculos completos, ademas se colocan placas-etiqueta en los costados y la parte trasera. El RD 97/2014 exige que la señalizacion sea indeleble y que resista las condiciones climaticas habituales sin perder legibilidad.