Señal de advertencia de peligro por productos químicos con fondo amarillo y pictograma negro en forma triangular, conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997 Anexo III. Fabricada en materiales fotoluminiscentes, vinilo adhesivo o aluminio según aplicación. Indica la presencia de agentes químicos peligrosos con riesgos de toxicidad aguda, irritación o daño a la salud en entornos laborales y almacenes.
|
|
|
Pictograma triangular amarillo de advertencia de peligro normalizado por UNE-EN ISO 7010. Identifica zonas con peligro. productos químicos para prevenir accidentes laborales. Conforme RD 485/1997 sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dos formatos: pictograma fijo para pared (125×125 a 660×660 mm en 4 materiales) y adhesivo triangular pequeño (50 a 148 mm) para pegar directamente sobre maquinaria o equipos.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Los productos químicos peligrosos pueden provocar toxicidad aguda, irritación de piel y mucosas, quemaduras químicas, sensibilización respiratoria o efectos cancerígenos. El RD 374/2001 sobre agentes químicos establece que el grado de riesgo depende de la concentración del agente, la vía de exposición (inhalación, contacto dérmico o ingestión) y el tiempo de exposición. La señal de peligro indica a los trabajadores la necesidad de usar EPI adecuados y seguir los procedimientos de seguridad antes de manipular estas sustancias.
Los pictogramas de peligro son símbolos gráficos normalizados por el Reglamento CLP (CE) n.º 1272/2008 y la norma UNE-EN ISO 7010:2020 que comunican el tipo de riesgo de forma visual e inmediata. En señalización de seguridad, el triángulo de fondo amarillo con pictograma negro indica advertencia o peligro. En etiquetado de productos, los rombos rojos del CLP informan sobre peligros como toxicidad aguda, corrosión, inflamabilidad o peligro medioambiental. Ambos sistemas son complementarios y obligatorios en los lugares de trabajo conforme al RD 485/1997.
Los peligros químicos se clasifican en peligros físicos (inflamables, explosivos, comburentes), peligros para la salud (toxicidad aguda, irritación, sensibilización, carcinogenicidad) y peligros medioambientales. El RD 485/1997 Anexo III exige señalizar aquellos riesgos que no puedan eliminarse por medios técnicos u organizativos. Cada tipo de peligro dispone de su señal específica dentro del catálogo UNE-EN ISO 7010, debiendo elegirse la que corresponda al agente químico presente en cada zona de trabajo.
Debe instalarse en todos los accesos y zonas donde se manipulen, almacenen o puedan liberarse agentes químicos peligrosos: entradas a laboratorios, almacenes de productos químicos, áreas de mezcla o dosificación y puntos de carga. El RD 485/1997 art. 7 exige que las señales sean visibles, bien iluminadas y de tamaño adecuado a la distancia de observación. La altura de colocación recomendada es entre 1,7 y 2 m sobre el suelo para garantizar visibilidad sin obstrucciones.
El control de contaminantes químicos sigue la jerarquía de medidas preventivas del RD 374/2001: primero eliminación o sustitución del agente peligroso, luego medidas de ingeniería (ventilación, encapsulado), después medidas organizativas (limitación de exposición, rotacion de personal) y, finalmente, EPI y señalización. La señal de peligro por productos químicos es la ultima barrera de advertencia y debe ir acompañada de fichas de datos de seguridad (FDS) accesibles y formacion especifica a los trabajadores conforme al RD 374/2001 art. 8.