La senal ADR de cantidad limitada identifica mercancias peligrosas embaladas bajo el regimen de exencion LQ del Acuerdo Europeo ADR y del RD 97/2014. Fabricada en materiales resistentes a la manipulacion y condiciones de transporte, es de uso obligatorio en los embalajes exteriores que contienen materias peligrosas en cantidades parciales sujetas a esta exencion.
Etiqueta de “cantidad limitada” según ADR — rombo blanco con triángulos negros.
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ESTÁNDAR BULTOS
100 × 100 mm
Etiqueta estándar para identificar bultos, embalajes y contenedores pequeños conforme ADR 5.2.
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PLACA-ETIQUETA
300 × 300 mm
Placa-etiqueta para vehículos, cisternas, contenedores y vagones de mercancías peligrosas (ADR 5.3).
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100×100 mm para etiquetar bultos individuales (cajas, bidones, sacos). 300×300 mm para placas-etiqueta en vehículos, cisternas, contenedores y vagones (ADR 5.3.1).
PVC adhesivo para bultos consumibles de un solo uso. PVC 0,7 mm rígido para fijación mecánica en embalajes reutilizables. Aluminio 0,8 mm para placas-etiqueta sobre vehículos y cisternas (resistencia a intemperie, presión, abrasión).
Sí, los pictogramas y colores son conformes al Anexo A del ADR vigente, sección 5.2 (etiquetado) y 5.3 (rotulado de unidades de transporte). Compatible también con RID, IMDG y IATA DGR.
Según ADR 1.4.2, el expedidor es responsable de la correcta clasificación y del etiquetado de los bultos. El transportista es responsable del placa-etiqueta de la unidad de transporte (vehículo, cisterna, contenedor).
Sí — para medidas no estándar, otros números ONU o placas naranjas (ADR-140) personalizadas con códigos específicos, consulta con nosotros.
El transporte de mercancías peligrosas sin etiquetado ADR correcto constituye infracción según el RD 97/2014: multas leves 1.001–30.000 €, graves 30.001–90.000 €, muy graves 90.001–600.000 €. Inmovilización del vehículo + responsabilidad penal del cargador y transportista.
La cantidad limitada (LQ) es un regimen de exencion parcial del Acuerdo ADR que permite transportar por carretera ciertas mercancias peligrosas embaladas en pequenas cantidades sin cumplir todos los requisitos generales del ADR. Para acogerse a esta exencion, los embalajes exteriores deben llevar la etiqueta de cantidad limitada (rombo negro sobre fondo blanco) y respetar los limites de cantidad por envase interior y por embalaje exterior fijados en la tabla 3.2 del ADR. El RD 97/2014 recoge estas disposiciones en el ordenamiento juridico espanol.
Ambos regimenes permiten exenciones en el transporte de mercancias peligrosas, pero con alcance distinto. Las cantidades limitadas (LQ, capitulo 3.4 ADR) reducen requisitos de documentacion, embalaje y formacion, pero siguen exigiendo la etiqueta LQ visible en el embalaje. Las cantidades exceptuadas (EQ, capitulo 3.5 ADR) conllevan exenciones mas amplias y utilizan una marca diferente con codigo E. Los limites de cantidad por envase son considerablemente menores en el regimen EQ que en el LQ.
La etiqueta de cantidad limitada ADR es un rombo (cuadrado girado 45°) con borde negro sobre fondo blanco que debe fijarse en el embalaje exterior de forma visible, legible y duradera. Segun el Acuerdo ADR seccion 3.4.7, cada embalaje que contenga mercancias peligrosas embaladas bajo el regimen LQ debe llevar esta marca. No es necesario adjuntar la etiqueta de peligro de la clase correspondiente ni la placa naranja al vehiculo cuando se cumplen todos los requisitos del regimen de cantidades limitadas.
No existe un limite de kilos unico: depende de la clase ADR y del codigo LQ asignado a cada materia en la tabla 3.2 del ADR, que fija la cantidad maxima por envase interior y por embalaje exterior. Ademas, la cantidad total por unidad de transporte en regimen LQ no puede superar los limites del punto 3.4.13 ADR. Por su parte, el capitulo 1.1.3.6 ADR regula la exencion por cantidades totales transportadas (valores de punto critico). Consulte siempre la tabla 3.2 para cada UN especifico antes de aplicar cualquier exencion.
Si. El Codigo IMDG (transporte maritimo de mercancias peligrosas) incorpora un regimen equivalente de cantidades limitadas con requisitos de etiquetado similares al ADR, aunque los limites de cantidad por envase pueden diferir. Si la cadena de transporte combina carretera y maritimo, la etiqueta LQ debe cumplir simultaneamente con el Acuerdo ADR y con el Codigo IMDG segun el modo que aplique en cada tramo, garantizando la trazabilidad del embalaje en toda la ruta.