La falta de señalización de evacuación obligatoria conforme RD 485/1997 + RD 513/2017 (instalaciones de PCI) constituye infracción grave LISOS art. 12.16 (2.046–40.985 €). En instalaciones de uso público, además incumple el CTE DB-SI sección 3 y bloquea la licencia de actividad municipal.
Una señal fotoluminiscente esta fabricada con pigmentos que absorben la energia luminosa del entorno (luz natural o artificial) y la reemiten en la oscuridad. En señales de evacuacion, la norma UNE 23034 exige que la luminancia residual sea superior a 2 mcd/m² durante al menos 10 minutos tras apagarse la luz, lo que permite localizar la salida aunque falle el suministro electrico sin necesidad de pilas ni cableado adicional.
Las señales fotoluminiscentes son placas o carteles que brillan en la oscuridad sin fuente de energia propia. Son obligatorias en todos los recorridos de evacuacion de centros de trabajo segun el RD 485/1997 Anexo III, y en instalaciones con sistemas de proteccion contra incendios segun el RD 513/2017. Tambien las exige el CTE DB-SI seccion 3 en edificios de uso publico. Su uso se combina o sustituye a la señalizacion con luz de emergencia segun el nivel de riesgo.
La señalizacion fotoluminiscente es el conjunto de placas, flechas y pictogramas que guian la evacuacion sin consumo electrico. En España se regula principalmente por la UNE-EN ISO 7010:2020 (pictogramas normalizados), la UNE 23034 (requisitos de luminancia y duracion de la emision) y el RD 485/1997. Los pictogramas deben corresponder exactamente a los simbolos normalizados; la flecha ascendente hacia la derecha con figura equivale al simbolo E002 de ISO 7010.
Deben ser fotoluminiscentes todas las señales que indican salidas de emergencia, recorridos de evacuacion, pulsadores de alarma y equipos de PCI situados en zonas sin iluminacion de seguridad permanente. Concretamente, las flechas direccionales, los carteles de salida de emergencia, los extintores y los bocas de incendio equipadas deben cumplir la clase de fotoluminiscencia exigida por la UNE 23034 y estar ubicadas segun el RD 485/1997 Anexo III y el RD 513/2017 art. 11.
La flecha horizontal hacia la derecha indica que la salida se encuentra en un recorrido recto en esa direccion, mientras que la flecha ascendente hacia la derecha (este producto) senala una salida accesible subiendo y girando a la derecha, tipica en escaleras, rampas o cambios de nivel. Utilizar el cartel incorrecto infringe la UNE-EN ISO 7010:2020 y puede inducir a error en la evacuacion; el instalador debe seleccionar el pictograma que refleje con exactitud la geometria real del recorrido.