Distancia máxima al extintor: 15 metros en cada planta
Guía completa de la distancia máxima legal al extintor en España: 15 m de recorrido horizontal en cada planta según el CTE DB-SI 4 tabla 1.1 + RIPCI Anexo I sec. 1.ª subsec. 4 apdo. 4. Casos especiales: 10 m en riesgo especial alto, 25 m en industrial tipo D. Cómo se mide, ubicación correcta, errores comunes.
La regla general: 15 m de recorrido en cada planta
- Recorrido máximo horizontal desde cualquier origen de evacuación al extintor: 15 m
- Por planta (no para todo el edificio)
- Norma: CTE DB-SI 4 tabla 1.1 + RIPCI Anexo I subsec 4 apdo 4
El recorrido máximo desde cualquier punto del sector de incendio (origen de evacuación) hasta el extintor más cercano es de 15 metros horizontales en cada planta, medidos como recorrido real (no en línea recta sobre el plano).
«Uno de eficacia 21A-113B: A 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.»
— CTE DB-SI 4 tabla 1.1 (verbatim BOE).
«Su distribución será tal que el recorrido máximo horizontal, desde cualquier punto del sector de incendio, que deba ser considerado origen de evacuación, hasta el extintor, no supere 15 m.»
— RIPCI Anexo I, sección 1.ª, subsección 4 «Extintores de incendio», apartado 4 (verbatim BOE).
Cómo se mide la distancia
- Se mide como recorrido real, no en línea recta sobre el plano
- Esquivando tabiques, muebles, mostradores, columnas
- Horizontal (sin contar subidas/bajadas por escaleras)
La distancia se mide siguiendo el recorrido real que haría una persona caminando desde cualquier punto del sector hasta el extintor más cercano, sin atravesar tabiques.
Reglas de medición:
- Recorrido real: el trayecto que haría una persona normalmente, esquivando muebles fijos, columnas, mostradores y tabiques. NO se mide en línea recta sobre el plano.
- Horizontal: solo distancia en plano horizontal. No se suma altura por escaleras ni rampas largas.
- Por planta: cada planta del edificio se evalúa por separado. No se cuenta la distancia entre extintores de plantas distintas.
- Desde cualquier origen de evacuación: cualquier punto del sector de incendio donde pueda haber una persona en condiciones normales debe quedar a ≤ 15 m de un extintor.
Riesgo especial: 10 m en locales de riesgo alto
- Locales/zonas de riesgo especial alto: 10 m (no 15)
- Locales/zonas de riesgo medio o bajo: 15 m (regla general)
- Un extintor en el EXTERIOR del local junto a la puerta + interiores adicionales
Cuando un local se clasifica como zona de riesgo especial (cap. 2 sec SI 1 del CTE), las distancias cambian: el riesgo alto baja el máximo a 10 m.
«Un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a la puerta de acceso, el cual podrá servir simultáneamente a varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se instalarán además los extintores necesarios para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el exterior, no sea mayor que 15 m en locales y zonas de riesgo especial medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto.»
— CTE DB-SI 4 tabla 1.1 nota (1) verbatim BOE.
| Tipo de local | Distancia máxima al extintor | Ubicación |
|---|---|---|
| General (sin clasificar) | 15 m | Sector de incendio |
| Riesgo especial bajo o medio | 15 m | Interior local + uno exterior junto a la puerta |
| Riesgo especial alto | 10 m | Interior local + uno exterior junto a la puerta |
Industrial RSCIEI: 15 m general, 25 m en configuración tipo D (espacio abierto)
- RSCIEI Anexo III sec 4: 15 m de recorrido horizontal con carácter general
- Configuración tipo D (RSCIEI: establecimientos en espacio abierto): hasta 25 m
- Norma vigente: RD 164/2025 (deroga RD 2267/2004)
En establecimientos industriales rige el RSCIEI (RD 164/2025), no el CTE DB-SI. Las distancias máximas se fijan en el Anexo III sec 4.
«El emplazamiento de los extintores portátiles permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio y su distribución será tal que el recorrido máximo horizontal, desde cualquier punto del sector de incendio hasta el extintor, no supere 15 metros.»
— RSCIEI Anexo III sec 4 apdo 4.4 verbatim BOE.
Particularidad en configuración tipo D (establecimientos en espacios abiertos):
«Se instalarán extintores portátiles en todas las áreas de incendio de los establecimientos industriales (configuración tipo D), excepto en las áreas cuyo nivel de riesgo intrínseco sea bajo 1. La dotación de estos se realizará de acuerdo con lo establecido en los párrafos anteriores, excepto en lo relativo al recorrido máximo hasta uno de ellos, que podrá ampliarse a 25 metros.»
— RSCIEI Anexo III sec 4 apdo 4.5 verbatim BOE.
Ubicación: dónde colocar el extintor además de cumplir distancia
- Cerca de los puntos de mayor probabilidad de iniciarse el incendio
- A ser posible, próximo a las salidas de evacuación
- Sobre paramentos verticales (preferentemente)
- Visible y accesible (no oculto detrás de mobiliario)
Cumplir 15 m no basta: el RIPCI exige además criterios de ubicación. El extintor debe ser visible, accesible y estar bien posicionado respecto al riesgo y a la salida.
Conforme al RIPCI Anexo I subsec 4 apdo 4 verbatim:
- Visible y accesible: no oculto detrás de mobiliario, columnas, plantas decorativas o cortinas.
- Próximo al riesgo: cerca de los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio (cuadros eléctricos, archivo de papel, cocinas, almacenes).
- Cerca de las salidas: a ser posible, próximo a las salidas de evacuación. Cómodo de recoger camino a la salida.
- Sobre paramento vertical: preferentemente sobre soportes fijados a la pared, no en el suelo ni colgado de techo (excepto situaciones justificadas).
- Altura 80–120 cm: la parte superior del extintor entre 80 y 120 cm sobre el suelo (más detalle: guía altura extintores).
Errores comunes en distribución de extintores
- Medir en línea recta sobre el plano en lugar de recorrido real
- No considerar tabiques que cortan recorridos directos
- Olvidar que cada planta se evalúa por separado
- Medir en línea recta. El RIPCI exige recorrido REAL, esquivando tabiques y mobiliario fijo. 15 m en línea recta pueden ser 22 m de recorrido real.
- Confiar en "la planta global". Cada sector de incendio se evalúa por separado. Un extintor cerca de una salida no cubre a todos los puntos del sector si hay tabiques o pasillos largos.
- Olvidar los locales de riesgo especial. Almacenes, cuadros eléctricos > 100 kW, lavanderías, cocinas de hostelería… son locales de riesgo especial y suelen requerir extintor adicional dentro + uno fuera junto a la puerta.
- Distancia OK pero ubicación incorrecta. Aunque la distancia esté dentro del límite, si el extintor queda oculto (detrás de un sofá, un archivador) infringe el requisito de "visible y accesible" del apdo. 4.
- Industrial tipo D > 25 m. En espacios abiertos industriales (D) el límite sube a 25 m, pero superarlo sigue siendo infracción.
Preguntas frecuentes sobre distancia a extintores
¿Cuál es la distancia máxima entre extintores?
La normativa NO fija una "distancia entre extintores" directa. Fija una distancia máxima desde cualquier origen de evacuación hasta el extintor más cercano: 15 m en cada planta (CTE DB-SI 4 tabla 1.1 + RIPCI Anexo I subsec 4 apdo 4). En la práctica eso significa que la separación máxima entre 2 extintores adyacentes ronda los 30 m, pero depende de la geometría del local.
¿Cuál es la distancia máxima al extintor en un edificio?
15 metros de recorrido horizontal desde cualquier origen de evacuación, en cada planta. Norma: CTE DB-SI 4 tabla 1.1.
¿Y en locales de riesgo especial?
En locales de riesgo especial bajo o medio: 15 m. En locales de riesgo especial alto: 10 m. Además se exige un extintor en el exterior junto a la puerta. CTE DB-SI 4 tabla 1.1 nota (1).
¿Cuál es la distancia en industriales?
15 m con carácter general en industriales (RSCIEI Anexo III sec 4). En configuración tipo D (espacios abiertos) el límite sube a 25 m (RSCIEI Anexo III sec 4 apdo 4.5).
¿Cómo se mide la distancia? ¿En línea recta?
NO en línea recta. Se mide como recorrido real horizontal, esquivando tabiques, muebles fijos, columnas. La verbatim del RIPCI dice "recorrido máximo horizontal desde cualquier punto del sector hasta el extintor".
¿Se cuenta la subida/bajada por escaleras?
No. Cada planta se evalúa por separado. La regla 15 m es horizontal en cada planta, no entre plantas.
¿Qué pasa si el extintor está a 16 m?
Incumple la norma — basta colocar un extintor adicional en la zona afectada para reducir el recorrido máximo. En inspección, una distancia superior a 15 m supone desviación que debe corregirse en plazo.
¿Cambió la distancia con el RD 164/2025?
No para CTE DB-SI 4 (edificios no industriales): los 15 m del CTE no se modifican. En industriales RSCIEI: el RD 164/2025 reescribe el RSCIEI completo, pero mantiene los 15 m generales y los 25 m en tipo D del Anexo III sec 4.