Señal de aseos mixtos (unisex) con texto en Braille y altorrelieve, fabricada en acero con acabado de alto contraste cromático. Cumple la UNE 170002 y el RD 173/2010 sobre condiciones de accesibilidad en edificios, garantizando la identificación del espacio compartido por todas las personas con independencia de su género o capacidad visual.
Los aseos mixtos o unisex son espacios públicos habilitados para el uso de todas las personas sin distinción de sexo o identidad de género, y su correcta identificación es una obligación legal en edificios de uso público. La señal BR-020 integra pictograma compartido, texto en Braille y relieve táctil conforme a la norma UNE 170002, que regula los requisitos de accesibilidad para la rotulación en entornos edificados, y al RD 173/2010, que establece las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación. Fabricada en acero inoxidable, ofrece un contraste cromático adecuado para personas con baja visión y garantiza la legibilidad táctil para personas ciegas o con discapacidad visual. Su instalación en aseos de uso público, hoteles, centros sanitarios, espacios de ocio y edificios corporativos permite además dar respuesta a los principios de accesibilidad cognitiva promovidos por la Ley 8/2024, facilitando la comprensión del espacio a cualquier usuario.
Un aseo mixto o unisex es un espacio sanitario de uso público disponible para todas las personas con independencia de su sexo biológico o identidad de género. Elimina la distinción tradicional entre aseo de hombres y de mujeres, ofreciendo un espacio compartido que favorece la inclusión. En edificios de uso público, su señalización debe cumplir la UNE 170002 y el RD 173/2010 para garantizar la accesibilidad universal.
Reciben distintas denominaciones según el contexto: aseo mixto, baño unisex, aseo compartido o aseo de género neutro. En el ámbito de la señalización accesible, la rotulación debe reflejar de forma clara y no discriminatoria el carácter compartido del espacio. La señal BR-020 incorpora el pictograma de aseo mixto con texto en Braille y altorrelieve, facilitando la identificación a personas con o sin discapacidad visual.
La normativa española contempla la señalización obligatoria de aseos diferenciados por sexo, aseos adaptados para personas con movilidad reducida y aseos mixtos o unisex. El RD 173/2010 exige que toda señal identificativa de aseos en edificios de uso público incluya información en Braille, altorrelieve y contraste cromático suficiente, mientras que la UNE 170002 detalla los parámetros técnicos de tamaño de celda Braille, fuente y altura de instalación.
Las dos referencias principales son la UNE 170002, que especifica los requisitos técnicos de la señalización accesible (Braille normalizado, altorrelieve, contraste cromático minimo 0,3 de factor de reflexion) y el RD 173/2010, que obliga a su instalación en edificios de publica concurrencia. Adicionalmente, la Ley 8/2024 sobre accesibilidad cognitiva refuerza la necesidad de pictogramas comprensibles en entornos de uso público como aseos mixtos o compartidos.
Los aseos mixtos con señalización accesible responden a dos necesidades simultáneas: inclusión de género y accesibilidad universal. Desde el punto de vista legal, el RD 173/2010 y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (RDL 1/2013) obligan a señalizar cualquier aseo de uso público con Braille, altorrelieve y contraste. Desde el punto de vista social, eliminan barreras para personas trans, no binarias o acompanantes de personas dependientes, ampliando la accesibilidad del espacio a todas las personas.