La falta de señalización de evacuación obligatoria conforme RD 485/1997 + RD 513/2017 (instalaciones de PCI) constituye infracción grave LISOS art. 12.16 (2.046–40.985 €). En instalaciones de uso público, además incumple el CTE DB-SI sección 3 y bloquea la licencia de actividad municipal.
La version grande v2 presenta unas dimensiones superiores a la version estandar, lo que aumenta la distancia de lectura efectiva segun los criterios de la UNE-EN ISO 7010:2020. Esta escala es especialmente util en pasillos anchos, naves industriales o espacios con alta densidad de ocupantes, donde la norma recomienda adaptar el tamano del panel a la distancia de observacion para garantizar una identificacion rapida del recorrido de evacuacion.
Si. El RD 485/1997 Anexo III establece que las senales de evacuacion deben ser visibles incluso en ausencia de luz artificial. La UNE 23034 y el CTE DB-SI seccion 3 concretan que los materiales fotoluminiscentes clase A son la solucion homologada para cumplir este requisito sin depender de alimentacion electrica auxiliar, algo critico en situaciones de emergencia real.
Si. El panel cumple con el RD 513/2017, que regula el Reglamento de instalaciones de proteccion contra incendios, y con la UNE-EN ISO 7010:2020, que define el simbolo grafico estandarizado internacionalmente. Ambas referencias son exigidas en las inspecciones de PCI y en las revisiones de licencia de actividad en instalaciones industriales y de uso publico.
Los carteles rojos iluminados (tipo cartel salida flecha rojo) requieren conexion electrica permanente o bateria; si falla el suministro, pierden visibilidad. Los paneles fotoluminiscentes clase A segun UNE 23034 no necesitan energia: acumulan luz ambiental y la emiten durante horas en la oscuridad. El RD 485/1997 Anexo III admite ambas soluciones, pero muchas inspecciones de PCI y el CTE DB-SI priorizan la fotoluminiscencia por su autonomia total.
Segun el RD 485/1997 Anexo III y el CTE DB-SI seccion 3, las senales de evacuacion deben instalarse en cada punto del recorrido donde el ocupante pueda tener duda sobre la direccion a seguir, y como maximo cada 20-25 m en pasillo recto. La flecha hacia arriba indica continuar en la misma direccion o subir. Deben colocarse a una altura que garantice visibilidad por encima de posibles obstaculos o humos, generalmente entre 2 y 2,5 m del suelo.