Señal de prohibicion de velocidad maxima 20 km/h con pictograma circular de borde rojo y banda diagonal, conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y RD 485/1997. Fabricada en materiales rigidos homologados (PVC, aluminio o polipropileno) para uso en centros de trabajo, aparcamientos, naves industriales y vias urbanas donde la normativa indica circular a 20 km/h como velocidad permitida maxima.
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La señal de velocidad maxima 20 km/h (codificada como R-301 en el catalogo de señales de trafico y regulada por UNE-EN ISO 7010:2020 en entornos laborales) es una señal de prohibicion que indica a conductores y operarios que no pueden circular por encima de esa velocidad permitida en la zona señalizada. Su pictograma —cifra negra sobre fondo blanco, borde rojo y banda diagonal— es de lectura inmediata y universalmente reconocido en España y Europa. En centros de trabajo como almacenes, muelles de carga, naves industriales o aparcamientos privados, el RD 485/1997 Anexo III obliga a señalizar los limites de velocidad para proteger a peatones y vehiculos que conviven en el mismo espacio. En ciudad, la DGT aplica el limite de 20 km/h en zonas de prioridad peatonal y calles de plataforma unica. Nuestra señal homologada esta disponible en varios materiales y tamaños para adaptarse a cada instalacion.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Es una señal de prohibicion conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y al codigo de circulacion español (R-301). Indica que ningun vehiculo puede superar los 20 km/h en el tramo o zona señalizada. Su pictograma circular con borde rojo y banda diagonal es de obligado cumplimiento tanto en vias publicas urbanas como en centros de trabajo (almacenes, naves, aparcamientos) regulados por el RD 485/1997.
En España la DGT establece 20 km/h como velocidad maxima en zonas de prioridad peatonal, calles de plataforma unica y areas de convivencia en ciudad. En entornos industriales y centros de trabajo, el limite de 20 km/h puede fijarse por el responsable de seguridad cuando la coexistencia de peatones y vehiculos lo requiera, debiendo señalizarse obligatoriamente segun el RD 485/1997 Anexo III para cumplir la normativa de prevencion de riesgos laborales.
La señal R-301 es de prohibicion: fija un techo de velocidad que no se puede superar (en este caso 20 km/h). La señal de velocidad minima (R-410) obliga a circular por encima de una velocidad determinada. Ambas son señales circulares, pero la R-301 tiene borde rojo y banda diagonal mientras que la de velocidad minima tiene fondo azul. En señalizacion industrial ambas deben cumplir UNE-EN ISO 7010:2020.
La DGT mantiene en vigor los limites urbanos establecidos en 2021: 20 km/h en calles de plataforma unica y zonas de prioridad peatonal, 30 km/h en calles de un carril por sentido y 50 km/h en vias de dos o mas carriles. Estos limites se señalizan con la señal R-301 de la velocidad correspondiente. Para instalaciones privadas e industriales, la obligacion de señalizar velocidades maximas deriva del RD 485/1997 y no de la normativa DGT.
Segun el Reglamento General de Circulacion, los turismos y motocicletas pueden superar en 20 km/h la velocidad maxima generica de la via (no el limite señalizado) unicamente durante la maniobra de adelantamiento en carreteras convencionales con carril adicional habilitado para ello. Esta excepcion no aplica cuando existe una señal R-301 de velocidad maxima expresamente instalada, ya que dicha señal tiene caracter de prohibicion absoluta en la zona señalizada.