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Señal / cartel ADR — Gases inflamables. División 2.1 (llama blanca)

SKU: ADR-027

Señal de mercancías peligrosas ADR — Gases inflamables, División 2.1 con símbolo de llama blanca sobre fondo rojo y cifra identificativa de clase. Fabricada en materiales resistentes a la intemperie, cumple los requisitos de etiquetado del Acuerdo Europeo ADR y del RD 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera. Aplicable a gases como butano, propano y otros gases con peligro de inflamación.

0.68 +IVA
Referencia ADR
En stock
ETIQUETA ADR · MERCANCÍAS PELIGROSAS
Gases inflamables. División 2.1 (llama blanca)
Transporte ADR/RID/IMDG/IATA · Etiquetado
ADR-027 — Gases inflamables. División 2.1 (llama blanca)
Disponible en 100×100 y 300×300 mm

Etiqueta ADR ADR-027

Gases inflamables (Clase 2.1). Variante con llama blanca sobre rombo rojo.

Medidas disponibles

ESTÁNDAR BULTOS
100 × 100 mm
Etiqueta estándar para identificar bultos, embalajes y contenedores pequeños conforme ADR 5.2.
PLACA-ETIQUETA
300 × 300 mm
Placa-etiqueta para vehículos, cisternas, contenedores y vagones de mercancías peligrosas (ADR 5.3).

Materiales disponibles

  • PVC Adhesivo — Etiqueta autoadhesiva para pegado directo sobre embalajes, cajas, bidones y bultos. Económico.
  • PVC 0,7 mm — Lámina semi-rígida para fijación mecánica o cinta de doble cara. Mayor durabilidad.
  • Aluminio 0,8 mm — Placa metálica lacada para vehículos, cisternas y contenedores. Resistente a intemperie, lavado a presión y abrasión.

Aplicaciones

  • Bultos y embalajes — 100×100 mm sobre cajas, bidones, sacos según ADR 5.2.
  • Cisternas, vehículos, contenedores — 300×300 mm en placas-etiqueta laterales y traseras (ADR 5.3).
  • Vagones de ferrocarril — Placas-etiqueta según RID.
  • Transporte marítimo — Etiquetas IMDG en contenedores marítimos y cisternas portátiles.
  • Carga aérea — Etiquetas DGR IATA en bultos para aéreo.

Normativa aplicable

  • ADR 2025 — Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera. Vigente desde 1 enero 2025.
  • RID — Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril.
  • IMDG Code — Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMO).
  • IATA DGR — Dangerous Goods Regulations (transporte aéreo).
  • RD 97/2014 — Reglamento nacional sobre transporte terrestre de mercancías peligrosas (transposición ADR a España).

Preguntas frecuentes

¿Qué medida debo elegir?

100×100 mm para etiquetar bultos individuales (cajas, bidones, sacos). 300×300 mm para placas-etiqueta en vehículos, cisternas, contenedores y vagones (ADR 5.3.1).

¿Qué material para qué uso?

PVC adhesivo para bultos consumibles de un solo uso. PVC 0,7 mm rígido para fijación mecánica en embalajes reutilizables. Aluminio 0,8 mm para placas-etiqueta sobre vehículos y cisternas (resistencia a intemperie, presión, abrasión).

¿La etiqueta cumple ADR 2025?

Sí, los pictogramas y colores son conformes al Anexo A del ADR vigente, sección 5.2 (etiquetado) y 5.3 (rotulado de unidades de transporte). Compatible también con RID, IMDG y IATA DGR.

¿Quién es responsable del etiquetado?

Según ADR 1.4.2, el expedidor es responsable de la correcta clasificación y del etiquetado de los bultos. El transportista es responsable del placa-etiqueta de la unidad de transporte (vehículo, cisterna, contenedor).

¿Se puede pedir personalizado?

Sí — para medidas no estándar, otros números ONU o placas naranjas (ADR-140) personalizadas con códigos específicos, consulta con nosotros.

Sanciones por no señalizar correctamente

El transporte de mercancías peligrosas sin etiquetado ADR correcto constituye infracción según el RD 97/2014: multas leves 1.001–30.000 €, graves 30.001–90.000 €, muy graves 90.001–600.000 €. Inmovilización del vehículo + responsabilidad penal del cargador y transportista.

Preguntas frecuentes

¿La clase 2.1 del ADR es realmente inflamable?

Sí. Según la clasificación del Acuerdo ADR, la División 2.1 incluye exclusivamente gases inflamables: aquellos que a 20 °C y presión estándar de 101,3 kPa forman mezclas inflamables con el aire en un rango de concentración de al menos 13 puntos porcentuales, o cuyo límite superior de inflamabilidad supera el 12 %. Ejemplos típicos son el butano, el propano y el hidrógeno. La etiqueta de llama blanca sobre fondo rojo es su identificación visual obligatoria en el transporte.

¿Qué son los gases inflamables de clase 2 del ADR?

La Clase 2 del ADR agrupa todos los gases y se subdivide en tres divisiones según su peligro principal: División 2.1 (inflamables), División 2.2 (no inflamables, no tóxicos) y División 2.3 (tóxicos). Los gases inflamables de clase 2 son mercancías peligrosas que presentan riesgo de ignición o explosión; se identifican con etiqueta de fondo rojo y llama blanca, tal como establece el RD 97/2014 y la parte 5 del ADR relativa a procedimientos de expedición.

¿En qué se diferencia la División 2.1 de la División 2.2?

La diferencia es el peligro de inflamación. La División 2.1 corresponde a gases inflamables (etiqueta roja con llama blanca), mientras que la División 2.2 engloba gases no inflamables y no tóxicos, como el nitrógeno o el dióxido de carbono (etiqueta verde). Ambas categorías son mercancías peligrosas de clase 2, pero sus requisitos de etiquetado, señalización del vehículo y medidas de seguridad difieren según el Acuerdo ADR y el RD 97/2014.

¿Qué diferencia hay entre la etiqueta de clase 2.1 y la etiqueta inflamable clase 3?

Ambas etiquetas comparten el símbolo de llama y el fondo rojo, pero identifican peligros distintos. La etiqueta de clase 3 corresponde a líquidos inflamables (gasolina, disolventes), mientras que la etiqueta de División 2.1 identifica gases inflamables (butano, propano). La cifra en la esquina inferior —3 o 2— y el estado físico de la mercancía son los elementos que permiten diferenciarlas. Usar la etiqueta incorrecta constituye infracción según el RD 97/2014.

¿Qué ocurre con sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables?

Las sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables no se clasifican en la División 2.1, sino en la Clase 4.3 del ADR (sustancias que, en contacto con el agua, emiten gases inflamables). Su etiqueta es de fondo azul con llama negra o blanca. El transportista debe utilizar la señal y el panel de peligro específicos de la clase 4.3, distintos de los de la División 2.1, para cumplir el RD 97/2014 y evitar sanciones por etiquetado incorrecto.

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