Señal de uso obligatorio de calzado antiestático con pictograma circular fondo azul conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y RD 485/1997 Anexo III. Fabricada en materiales de alta resistencia para entornos industriales con riesgo de descargas electrostáticas (ESD). Indica visualmente la obligación de usar calzado antiestático o ESD en el área señalizada.
|
|
|
La señal de uso obligatorio de calzado antiestático debe instalarse en cualquier area de trabajo con riesgo de descarga electrostática: fabricacion electronica, laboratorios, almacenes de explosivos, plantas quimicas o salas de servidores donde una chispa electrostatica puede provocar danos materiales o personales. Segun el RD 485/1997 Anexo III, el empresario esta obligado a senalizar con pictograma normalizado toda zona que requiera un EPI especifico, y el calzado antiestático o ESD (conforme a EN ISO 20345 con propiedad antistatica segun EN 13287) es considerado EPI de categoria II. El pictograma de esta senal sigue el codigo de UNE-EN ISO 7010:2020 — fondo azul, forma circular — garantizando reconocimiento inmediato por cualquier trabajador o visitante. Instalarla correctamente cubre la obligacion legal, reduce el riesgo de descargas ESD no controladas y refuerza la cultura de seguridad del centro.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
El uso de calzado antiestático es obligatorio cuando la evaluacion de riesgos del puesto identifica peligro de descarga electrostatica que pueda dañar componentes electronicos, inflamar atmosferas explosivas o provocar caidas por chispa. El RD 485/1997 Anexo III exige senalizar visualmente esas zonas, y el RD 773/1997 obliga al empresario a proporcionar el EPI adecuado. La senal de calzado antiestático indica de forma inequivoca que esa area requiere el equipo sin excepcion.
El calzado antiestático disipa la electricidad estatica de forma controlada (resistencia de suela entre 100 kΩ y 1.000 MΩ segun EN ISO 20345), evitando acumulacion de carga en el usuario. El termino ESD (Electrostatic Discharge) hace referencia al mismo concepto aplicado a entornos de electronica sensible; su resistencia suele ser algo menor para mayor disipacion. Ambos se diferencian del calzado dielectrico (que aisla completamente) y del conductor (sin resistencia apreciable). La senal OB-1235 aplica tanto a calzado marcado como antistattico como ESD.
En Europa el calzado antistattico debe cumplir EN ISO 20345:2022 (requisitos generales de calzado de seguridad) con la propiedad antistatica definida en EN 13287 para el ensayo de deslizamiento y dispersion de carga. La marca CE es obligatoria como EPI de categoria II. El calzado dielectrico referenciado en busquedas relacionadas se rige por EN 50321-1. La norma ASTM 2413 es el estandar equivalente de EE.UU. y no es valida por si sola en el mercado europeo.
El pictograma normalizado es el codigo M008 de la norma UNE-EN ISO 7010:2020: circulo de fondo azul con figura de bota. Este formato de señal de obligacion (fondo azul, borde y pictograma blancos) es el unico reconocido por el RD 485/1997 Anexo III para señalizar obligaciones de EPI en centros de trabajo españoles. Usar pictogramas no normalizados no exime de responsabilidad ante una inspeccion de trabajo.
Debe situarse en todos los accesos al area de riesgo (puertas, pasillos de entrada, delimitations de zona ESD) a una altura que permita lectura comoda, generalmente entre 1,50 m y 1,80 m del suelo, tal como recomienda el RD 485/1997. En areas amplias se complementa con senales en el suelo o en puntos intermedios. Instalarla antes de la linea de acceso garantiza que el trabajador o visitante pueda calzarse correctamente antes de entrar al area con riesgo de descarga.