Señal de prohibición que indica que está prohibido permanecer debajo de la carga durante operaciones de elevación y manutención. Fabricada conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997, con diseño circular de borde rojo y banda diagonal sobre fondo blanco. Disponible en distintos materiales y medidas para adaptarse a cualquier entorno industrial o logístico.
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En operaciones de carga con puentes-grúa, carretillas elevadoras o equipos de izado, la zona bajo la carga suspendida representa uno de los riesgos más graves del entorno industrial. La señal de prohibido permanecer debajo de la carga es una medida de señalización de prohibicion de obligado uso según el RD 485/1997, Anexo III, que obliga a señalizar cualquier riesgo que no haya podido eliminarse por medios técnicos. Su diseño —círculo con borde rojo y banda diagonal— cumple íntegramente el estándar UNE-EN ISO 7010:2020, garantizando reconocimiento inmediato incluso en condiciones de baja visibilidad. El cartel debe instalarse de forma visible en el área de trabajo afectada: muelles de carga, talleres, almacenes, obras y cualquier punto donde se realicen maniobras de elevacion con cargas suspendidas. Elegir el material adecuado —rígido, adhesivo o fotoluminiscente— y las medidas correctas es clave para garantizar la legibilidad a la distancia requerida y cumplir con la normativa vigente.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Esta señal indica que esta prohibido situarse o permanecer bajo cargas suspendidas durante cualquier operacion de elevacion o transporte con maquinaria de manutención. Su simbolo —circulo blanco con borde rojo, banda diagonal y figura de una carga sobre una persona— sigue el estandar UNE-EN ISO 7010:2020 y es de reconocimiento inmediato a nivel internacional. Su presencia es obligatoria en zonas donde exista riesgo de caida de objetos elevados, conforme al RD 485/1997.
Las señales de prohibicion se identifican por su forma circular con borde rojo, fondo blanco y banda diagonal roja que atraviesa el simbolo. Segun la UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997 Anexo III, este diseño es universal y obliga a no realizar la accion representada. Ejemplos comunes son: prohibido fumar, prohibido el paso a personas no autorizadas, o la propia señal de prohibido permanecer debajo de la carga. El texto complementario puede añadirse bajo el simbolo para reforzar el mensaje.
Debe instalarse en todos los puntos de acceso y trabajo donde se realicen maniobras de elevacion: muelles de carga, zonas de puente-grua, areas de carretillas elevadoras y talleres con equipos de izado. El RD 485/1997 exige que la señal sea visible desde la distancia de riesgo y que no quede obstruida. Se recomienda colocarla a una altura entre 1,5 y 2 m sobre el nivel del suelo para garantizar su lectura inmediata por cualquier trabajador que acceda a la zona.
Segun el RD 485/1997 Anexo II y la normativa UNE-EN ISO 7010:2020, las señales de seguridad se clasifican en cuatro categorias principales: prohibicion (circulo rojo), advertencia o peligro (triangulo amarillo), obligacion (circulo azul) y salvamento o emergencia (rectangulo verde). La señal de prohibido permanecer debajo de la carga pertenece al grupo de prohibicion y su uso es complementario a las medidas tecnicas de prevencion de riesgos laborales.
La señal de prohibido permanecer debajo de la carga se fabrica en distintos materiales segun el entorno de uso: PVC rigido para interiores secos, aluminio para ambientes agresivos o exteriores, vinilo adhesivo para superficies planas y poliestireno fotoluminiscente para zonas con riesgo de fallo de iluminacion. Las medidas habituales van desde 105×105 mm hasta 300×300 mm o formatos personalizados, debiendo elegirse en funcion de la distancia de observacion para garantizar la legibilidad exigida por el RD 485/1997.